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Ayudas Claras
Ayudas Barcelona Económico
Económico Barcelona Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a rehabilitar o construir vivienda en Vilanova de Sau

Hasta 1.000€ por persona y año si rehabilitas un edificio de más de 25 años

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Vilanova de Sau para rehabilitar edificios antiguos o construir vivienda nueva
Para quién
Personas físicas propietarias, arrendatarias o usufructuarias de una vivienda del municipio, y propietarias de viviendas recién construidas
Cuánto
  • El importe depende de la modalidad
    ModalidadImporte de la ayuda
    Rehabilitación de edificio de más de 25 años2% del coste de la rehabilitación, con un máximo de 1.000€ por persona y año
    Vivienda nueva · año de la construcción75% de la cuota del impuesto de bienes inmuebles de la vivienda
    Vivienda nueva · segundo año50% de la cuota del impuesto de bienes inmuebles
    Vivienda nueva · tercer año25% de la cuota del impuesto de bienes inmuebles
    En rehabilitación la ayuda no puede superar la cuota del impuesto sobre instalaciones, construcciones y obras; en vivienda nueva, no puede superar la cuota del impuesto de bienes inmuebles.
Qué cubre
  • Obras de rehabilitación de edificios de más de 25 años en suelo urbano del municipio
  • Construcción de viviendas en suelo urbano del municipio
Requisitos
  • Eres persona física: no se admiten empresas ni entidades
  • Si rehabilitas, llevas al menos un año empadronado en el municipio
  • Si rehabilitas, eres propietario, arrendatario o usufructuario de una vivienda de más de 25 años
  • Si construyes, eres propietario de la vivienda nueva o te empadronas en ella al acabarla
  • El edificio está en suelo urbano y fuera del espacio natural de las Guilleries-Savassona
  • Pides la licencia urbanística de las obras de rehabilitación dentro del año en curso
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Mantente al corriente de tus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Vilanova de Sau
  • Si construyes una vivienda nueva, dala de alta en el catastro el mismo año en que acabas la obra
  • Ejecuta la actuación subvencionada y justifícala con los modelos normalizados que facilita el Ayuntamiento
  • El presupuesto que presentas con la solicitud es vinculante si te conceden la ayuda, aunque se admiten desviaciones entre partidas
  • Sométete a las comprobaciones y al control financiero de la Intervención del Ayuntamiento y aporta la información que te pidan
  • Conserva los justificantes del uso de los fondos durante al menos 6 años desde que acaba el plazo de justificación
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 31 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

La convocatoria no fija un día concreto: dice que el plazo termina el último día del año natural, y esta es la de 2026, así que el último día es el 31 de diciembre de 2026. Conviene confirmarlo con la administración que convoca.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Vas a rehabilitar un edificio de más de 25 años en el municipio
  • Eres propietario, arrendatario o usufructuario de la vivienda que vas a rehabilitar
  • Acabas de construir una vivienda nueva en suelo urbano del municipio
  • Llevas al menos un año empadronado en Vilanova de Sau y quieres rehabilitar
  • Te vas a empadronar en la vivienda que acabas de construir
  • El edificio está dentro del espacio natural de las Guilleries-Savassona
  • El edificio que quieres rehabilitar está fuera del suelo urbano del municipio
  • La vivienda que vas a rehabilitar no supera los 25 años de antigüedad
  • No estás empadronado en Vilanova de Sau ni te vas a empadronar en la vivienda que construyes
  • Solicitas como empresa, asociación u otra entidad: solo se admiten personas físicas

Cuánto puedes recibir

Si rehabilitas un edificio, la ayuda no puede superar el 2% del coste de la rehabilitación, con un máximo de 1.000€ por persona y año. Si construyes una vivienda nueva, cobras el equivalente al 75% de la cuota del impuesto de bienes inmuebles el año de la construcción, el 50% el segundo año y el 25% el tercero. Si una misma obra mezcla rehabilitación y construcción nueva, solo se subvenciona la parte de rehabilitación. El pago se hace de una sola vez, después de presentar los justificantes.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación: tu DNI, la declaración responsable, la escritura o ficha catastral y el volante de empadronamiento

  2. Rellena y firma el modelo normalizado de solicitud, que puedes recoger en las oficinas del Ayuntamiento o en su web

  3. Presenta la solicitud con la documentación en el Registro del Ayuntamiento

  4. Si te requieren corregir algún defecto, subsánalo en diez días hábiles desde el día siguiente a la notificación

  5. Espera la resolución, que se dicta en el plazo de un mes desde que presentas la solicitud

Documentación necesaria

  • Fotocopia del DNI del solicitante y, en su caso, del representante legal
  • Declaración responsable de que cumples los requisitos para ser beneficiario, en modelo normalizado
  • Escritura o ficha catastral que acredite la titularidad de la finca o el usufructo o, en su caso, contrato de arrendamiento o de precarista, para la rehabilitación de edificios
  • Escritura y recibo del impuesto de bienes inmuebles, para la construcción de vivienda nueva
  • Volante de empadronamiento en el municipio de Vilanova de Sau

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si la vivienda nueva tiene varios propietarios?
Solo hay derecho a una subvención por vivienda y año, y se concede a quien figure como contribuyente en el recibo del impuesto de bienes inmuebles.
¿Puedo cobrar otras ayudas públicas para la misma obra?
Sí. Recibir subvenciones de otras administraciones no excluye esta, siempre que la suma no supere el importe de la obra de rehabilitación o la cuota del impuesto de bienes inmuebles del año correspondiente.
¿Qué ocurre si presento la documentación incompleta?
El Ayuntamiento te pedirá que la rectifiques en diez días hábiles desde el día siguiente a la notificación. Si no lo haces, se entiende que desistes de la solicitud.
¿Cuánto tardan en responder?
La resolución se dicta en el plazo de un mes desde que presentas la solicitud, y la concesión se notifica en un máximo de 10 días desde que se aprueba. Si no hay resolución en plazo, la solicitud se entiende denegada.
¿En qué orden se conceden las ayudas?
Por orden de llegada al registro general del Ayuntamiento, dentro de los límites de la convocatoria y hasta agotar el crédito previsto. El órgano competente puede dejar desierto el concurso o no agotar ese crédito.

Fuentes oficiales

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