Subvenciones para asociaciones juveniles de ámbito estatal
Entre 3.000€ y 120.000€ según la puntuación obtenida en la valoración.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Instituto de la Juventud para el mantenimiento y funcionamiento de entidades juveniles estatales.
- Para quién
- Asociaciones juveniles, federaciones, secciones juveniles y entidades que prestan servicios a la juventud de ámbito estatal.
- Cuánto
- Entre 3.000€ (50 puntos) y 120.000€ (100 puntos) según la puntuación obtenida.
- Qué cubre
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- Gastos de mantenimiento y funcionamiento de la sede: alquileres, suministros y seguros
- Retribuciones del personal por su jornada real de trabajo
- Comunicación, material de oficina, servicios profesionales y actos como jornadas o formación
- Requisitos
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- Estás legalmente constituida e inscrita en el registro estatal que te corresponde
- Tu entidad tiene ámbito de actuación estatal según sus estatutos
- Tienes sede abierta y en funcionamiento en varias comunidades autónomas
- Tu entidad carece de fines de lucro
- Has justificado las subvenciones anteriores recibidas del Instituto de la Juventud
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Justifica los gastos mediante cuenta justificativa antes del 31 de enero de 2028
- Destina la ayuda solo a gastos de mantenimiento y funcionamiento de tu estructura central
- Justifica la retención e ingreso en Hacienda por los rendimientos del trabajo
- Acredita el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social del personal laboral
- Devuelve los remanentes de crédito que no apliques a la subvención
- Cuándo
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- Abre: 27 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 24 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación juvenil, federación o confederación de ámbito estatal
- Eres una sección juvenil integrada por miembros de entre 14 y 30 años
- Eres una entidad dedicada en exclusiva a prestar servicios a la juventud
- Tu entidad tiene sede abierta y en funcionamiento en varias comunidades autónomas
- Necesitas cubrir gastos de mantenimiento y funcionamiento de tu sede
- Eres un organismo o entidad pública vinculada a una Administración
- Eres un partido político, colegio profesional o cámara de comercio
- Eres una universidad, federación deportiva o sociedad civil
- Tu entidad persigue fines de lucro
- Solo tienes actividad en una comunidad autónoma
Cuánto puedes recibir
Recibes entre 3.000€ y 120.000€ según la puntuación que obtenga tu solicitud: 3.000€ con 50 puntos (la nota mínima para ser beneficiaria) y hasta 120.000€ con 100 puntos. El importe se calcula repartiendo el crédito de forma proporcional a la puntuación, sin que puedas recibir nunca una cantidad superior a la que hayas solicitado.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne las memorias y la documentación complementaria que exige la convocatoria
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Cumplimenta y presenta la solicitud a través de la aplicación SIGES en la web del Instituto de la Juventud
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Presenta la solicitud dentro del plazo de veinte días hábiles desde la publicación del extracto
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Si te lo requieren, subsana la documentación en el plazo de diez días hábiles
Documentación necesaria
- Solicitud (Anexo I)
- Memoria de las características de la entidad (Anexo II)
- Memoria de los gastos para los que pides subvención (Anexo III)
- Poder de representación del firmante
- Estatutos legalizados
- Documento de inscripción en el registro estatal correspondiente
- Certificación de los directivos de la entidad
- Contrato de propiedad, arrendamiento o cesión de cada sede
- Certificado de funcionamiento de cada sede en varias comunidades autónomas
- Declaración responsable de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social
- Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para ser beneficiario