Subvenciones para asociaciones del sector forestal de Asturias
Subvención del 75% o 50% del gasto para asociaciones del sector forestal asturiano
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva de la Consejería de Medio Rural de Asturias para asociaciones del sector forestal
- Para quién
- Asociaciones del sector forestal asturiano constituidas desde hace más de un año
- Cuánto
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- El porcentaje cubierto depende del tipo de actividad
Tipo de actividad Máximo subvencionable Fomento y extensión forestal, publicaciones, cuotas, formación y asistencia a ferias 75% del gasto efectuado Gastos de funcionamiento de la asociación 50% del gasto, hasta 30.000€ por asociación
- El porcentaje cubierto depende del tipo de actividad
- Qué cubre
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- Actuaciones de fomento y extensión forestal
- Publicaciones, cuotas y asistencia de los miembros a cursos de formación técnica forestal
- Asistencia a ferias, congresos o exposiciones y gastos de funcionamiento de la asociación
- Requisitos
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- Ser una asociación del sector forestal
- Estar constituida desde hace más de un año en la fecha de solicitud
- Estar al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- No ser deudor de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas
- No superar los 300.000 euros en ayudas de mínimis en tres ejercicios fiscales
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Justifica la realización de las actividades mediante una cuenta justificativa
- Presenta la justificación en un plazo que no superará los 30 días desde el fin del plazo de realización de la actividad
- Declara otras ayudas solicitadas u obtenidas para el mismo fin
- Devuelve las cantidades recibidas indebidamente si así se requiere
- Facilita los controles administrativos y sobre el terreno que se consideren necesarios
- Cuándo
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- Abre: 26 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: Consulta directamente con la administración
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación del sector forestal asturiano
- Tu asociación está constituida desde hace más de un año
- Realizas actividades de fomento y extensión forestal
- Organizas la asistencia a cursos, ferias o congresos forestales
- Tienes gastos de funcionamiento de tu entidad asociativa
- Eres una persona física o una empresa, no una asociación
- Tu asociación se constituyó hace menos de un año
- No estás al corriente con Hacienda o la Seguridad Social
- Has superado los 300.000 euros en ayudas de mínimis en tres ejercicios fiscales
Cuánto puedes recibir
Recibes un porcentaje del gasto que realices: hasta el 75% para actividades de fomento y extensión forestal, publicaciones, cuotas, formación y asistencia a ferias, y hasta el 50% para los gastos de funcionamiento de la asociación, con un máximo de 30.000 euros por asociación en este último caso. Los gastos de hospedaje, manutención y desplazamiento tienen importes máximos por persona y día.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación exigida y cumplimenta el modelo normalizado de solicitud
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Firma la solicitud por el Presidente o Presidenta de la asociación
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Presenta la solicitud en el Registro General del Principado de Asturias, en el registro de la Consejería o en las Oficinas Comarcales
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Espera la resolución de concesión que te notificará la administración
Documentación necesaria
- Solicitud de ayuda firmada por el Presidente o Presidenta, según modelo normalizado
- Programa y presupuesto de las actividades para las que solicitas la ayuda
- Documento acreditativo de la personalidad del solicitante y, en su caso, de la representación
- Copia de la tarjeta de identificación fiscal
- Declaración relativa a otras ayudas solicitadas u obtenidas para el mismo fin
- Declaración relativa a las ayudas de mínimis concedidas en los últimos tres años
- Declaración de no estar incurso en prohibiciones para obtener subvenciones
- Declaración de haber justificado subvenciones concedidas anteriormente por el Principado de Asturias
- Ficha de acreedores certificada por la entidad bancaria
- Copia auténtica de la escritura de constitución de la asociación y de sus modificaciones
- Balance económico de gastos e ingresos de 2025 (solo para la línea de resto de actividades)
- Certificación de la Secretaría con la relación de socios y la cuota anual (solo para la línea de resto de actividades)