Becas de comedor, material y extraescolares en Santiago
Becas de comedor, material y extraescolares para familias de Santiago con hijos escolarizados.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia del Ayuntamiento de Santiago de Compostela para comedor escolar, material y actividades extraescolares.
- Para quién
- Familias y unidades de convivencia de Santiago con hijos menores escolarizados en infantil, primaria o educación especial.
- Cuánto
- Comedor (escasez de recursos): hasta 100 €/mes por menor (hasta 180 €/mes en centros de educación especial). Actividades extraescolares: hasta 35 €/mes por menor. Material escolar: hasta 100 € en un pago único. Comedor por conciliación: 45 €/mes por menor. En todos los casos, si el coste justificado es inferior se abona solo ese importe, sin superar el 100 % del coste del servicio.
- Qué cubre
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- El coste del servicio de comedor escolar (en modalidad de fijos mensuales)
- El coste de actividades extraescolares educativas, deportivas, culturales y juveniles en el centro
- El material escolar necesario para el curso en segundo ciclo de infantil (mandilón, chándal, papelería, material fungible)
- Requisitos
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- Estar empadronado y residir de forma efectiva en Santiago de Compostela
- Convivir con los menores para los que solicitas la beca
- Ser progenitor, tutor legal o tener el acogimiento familiar de los menores
- Estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y el ayuntamiento
- No superar los umbrales de renta según la modalidad de beca solicitada
Modalidad A (escasez de recursos): la renta per cápita anual no supera el 100% del IPREM anual (12 pagas) y debes alcanzar un mínimo de 6 puntos en el baremo. Modalidad B (material escolar) y Modalidad C (conciliación): la renta máxima familiar anual no supera 5,5 veces el IPREM anual (12 pagas).
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Autorizar al ayuntamiento a consultar tus datos de renta ante Hacienda, la Agencia Tributaria de Galicia y la Seguridad Social
- Usar el servicio de comedor a diario y asistir a las actividades extraescolares, salvo causa justificada
- Comunicar al Departamento de Servicios Sociales cualquier cambio en las condiciones que motivaron la beca, como las bajas en comedor o actividades
- Mantener al corriente tus obligaciones tributarias durante todo el periodo subvencionable y hasta la justificación
- Pagar puntualmente la diferencia entre el coste del comedor o las actividades y la beca concedida
- Justificar la asistencia y devolver los fondos en los casos previstos en las bases
- Cuándo
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- Abre: 26 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 9 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Estás empadronado y resides en Santiago de Compostela
- Tienes hijos menores a tu cargo escolarizados en el municipio
- Tus hijos cursan infantil de segundo ciclo o primaria
- Tus hijos están en un centro de educación especial del municipio
- Tienes pocos recursos económicos para los gastos escolares
- Ambos progenitores trabajáis y necesitáis conciliar con el comedor
- No estás empadronado ni resides en Santiago de Compostela
- Tus hijos no están escolarizados en centros del municipio
- Tus ingresos superan los umbrales de renta de la convocatoria
- Estás privado de la patria potestad de tus hijos
- La tutela o guarda de los menores la asume la Administración en acogimiento residencial
Cuánto puedes recibir
La cuantía depende de la modalidad. En la beca de comedor por escasez de recursos se abonan hasta 100 €/mes por menor (hasta 180 €/mes si el centro es de educación especial); en actividades extraescolares, hasta 35 €/mes por menor con independencia del número de actividades; en material escolar, hasta 100 € en un único pago según el gasto justificado; y en la beca de comedor por conciliación, 45 €/mes por menor. Si el coste real justificado es inferior a esos topes, se abona solo el importe justificado, y en ningún caso la beca puede superar el 100 % del coste del servicio o actividad.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación y los modelos normalizados que acompañan a las bases
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Presenta la solicitud por vía telemática a través de la sede electrónica del ayuntamiento o del Registro Electrónico Común
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Subsana o mejora tu solicitud si apareces en la lista de personas que deben corregirla, en el plazo señalado
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Espera la publicación de la lista de personas beneficiarias y la resolución
Documentación necesaria
- Modelos normalizados de solicitud que acompañan a las bases
- Certificación de matrícula en las actividades extraescolares (modalidad A para actividades), con la entidad colaboradora, las actividades, sus precios y el periodo
- Declaración jurada (modelo CS004) para renovar la declaración de estar al corriente, tras la publicación de la lista de beneficiarios
- Certificación del centro que acredite la fecha de matriculación (solo en el plazo extraordinario)