Subvenciones IRPF 0,7% a entidades sociales en Galicia
Subvenciones para que entidades sociales realicen programas de interés general en Galicia
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva de la Xunta de Galicia para que entidades sociales realicen programas de interés general
- Para quién
- Entidades del tercer sector de acción social sin ánimo de lucro, la Cruz Roja Española y sus agrupaciones
- Cuánto
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- El importe máximo por programa o proyecto depende de la línea de actuación y del ámbito de la entidad (local/provincial o autonómico). El importe mínimo que puedes solicitar por programa o proyecto es de 5.000€.
Importe mínimo por programa o proyecto: 5.000€. El número máximo de programas y proyectos varía según la línea y el ámbito de la entidad.Línea de actuación Ámbito local o provincial Ámbito autonómico I. Familia, infancia y dinamización demográfica 60.000€ 130.000€ II. Inclusión social · necesidades básicas 60.000€ 500.000€ II. Inclusión social · personas sin hogar 225.000€ 225.000€ II. Inclusión social · resto de programas 50.000€ 200.000€ III y VII. Autonomía personal (discapacidad / mayores y dependientes) 40.000€ 300.000€ VI. Igualdad y violencia de género 75.000€ 75.000€ IV y VIII. Inversión (discapacidad / mayores y dependientes) 50.000€ 150.000€ V. Inversión (exclusión social) 50.000€ 150.000€ IX. Inversión (infancia, protección y reforma juvenil) 50.000€ 50.000€
- El importe máximo por programa o proyecto depende de la línea de actuación y del ámbito de la entidad (local/provincial o autonómico). El importe mínimo que puedes solicitar por programa o proyecto es de 5.000€.
- Qué cubre
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- Programas de interés general con fines de carácter social desarrollados en Galicia
- Proyectos de inversión y adecuación de centros y unidades de atención
- Requisitos
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- Eres una entidad del tercer sector de acción social, o la Cruz Roja Española
- Estás legalmente constituida con dos años de antelación a la publicación de la convocatoria e inscrita en el registro autonómico correspondiente
- No tienes ánimo de lucro: no repartes beneficios y tu patrimonio se destina a fines sociales si te disuelves
- Tus estatutos recogen como fines institucionales la realización de programas sociales de naturaleza similar a los que solicitas
- Acreditas experiencia y especialización de al menos dos años en Galicia gestionando un programa de la misma línea a la que te presentas
- Para programas de las líneas I, II, III y VII y proyectos de inversión, estás inscrita en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Desarrolla los programas o proyectos en el territorio de Galicia durante el año 2027
- Presenta la documentación justificativa antes del 16 de marzo de 2028
- Suscribe una póliza de seguro de accidentes y de responsabilidad civil a favor del personal voluntario que participe
- Comunica cualquier otra ayuda que recibas para la misma finalidad, indicando su naturaleza e importe
- Mantén el cumplimiento de los requisitos durante todo el periodo de ejecución del programa o proyecto
- Cuándo
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- Abre: 26 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 27 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad del tercer sector de acción social sin ánimo de lucro
- Estás legalmente constituida desde hace al menos dos años
- Estás inscrita en el registro autonómico de entidades de servicios sociales
- Vas a desarrollar programas sociales en el territorio de Galicia
- Tienes experiencia de al menos dos años gestionando programas similares en Galicia
- Eres una empresa, una persona física o una entidad con ánimo de lucro
- Eres una universidad, un partido político o un colegio profesional
- Eres una cámara de comercio, un sindicato o una organización empresarial
- Eres un organismo o entidad de derecho público vinculado a una Administración
- Quieres pedir menos de 5.000€ para un programa o proyecto
Cuánto puedes recibir
El importe que puedes recibir depende de la línea de actuación a la que te presentes y del ámbito de tu entidad. Como mínimo puedes solicitar 5.000€ por programa o proyecto, y el máximo por programa o proyecto va desde 40.000€ hasta 500.000€ según la línea y si tu entidad es de ámbito local/provincial o autonómico.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que cumples los requisitos y que estás inscrita en el registro correspondiente
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Cubre el formulario de solicitud y prepara los anexos exigidos
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Presenta la solicitud electrónicamente en la sede electrónica de la Xunta de Galicia
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Si te lo requieren, subsana la solicitud o aporta los documentos que falten en el plazo indicado
Documentación necesaria
- Formulario de solicitud (Anexo II)
- Declaración responsable de no estar incursa en las prohibiciones para obtener subvenciones
- Declaración responsable de carecer de ánimo de lucro
- Declaración responsable de experiencia y especialización en la gestión de programas de la línea correspondiente
- Certificado de cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
- Certificado de cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Galicia