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Ayudas Claras
Subvenciones Galicia Servicios sociales
Servicios sociales Galicia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones IRPF 0,7% a entidades sociales en Galicia

Subvenciones para que entidades sociales realicen programas de interés general en Galicia

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Xunta de Galicia para que entidades sociales realicen programas de interés general
Para quién
Entidades del tercer sector de acción social sin ánimo de lucro, la Cruz Roja Española y sus agrupaciones
Cuánto
  • El importe máximo por programa o proyecto depende de la línea de actuación y del ámbito de la entidad (local/provincial o autonómico). El importe mínimo que puedes solicitar por programa o proyecto es de 5.000€.
    Línea de actuaciónÁmbito local o provincialÁmbito autonómico
    I. Familia, infancia y dinamización demográfica60.000€130.000€
    II. Inclusión social · necesidades básicas60.000€500.000€
    II. Inclusión social · personas sin hogar225.000€225.000€
    II. Inclusión social · resto de programas50.000€200.000€
    III y VII. Autonomía personal (discapacidad / mayores y dependientes)40.000€300.000€
    VI. Igualdad y violencia de género75.000€75.000€
    IV y VIII. Inversión (discapacidad / mayores y dependientes)50.000€150.000€
    V. Inversión (exclusión social)50.000€150.000€
    IX. Inversión (infancia, protección y reforma juvenil)50.000€50.000€
    Importe mínimo por programa o proyecto: 5.000€. El número máximo de programas y proyectos varía según la línea y el ámbito de la entidad.
Qué cubre
  • Programas de interés general con fines de carácter social desarrollados en Galicia
  • Proyectos de inversión y adecuación de centros y unidades de atención
Requisitos
  • Eres una entidad del tercer sector de acción social, o la Cruz Roja Española
  • Estás legalmente constituida con dos años de antelación a la publicación de la convocatoria e inscrita en el registro autonómico correspondiente
  • No tienes ánimo de lucro: no repartes beneficios y tu patrimonio se destina a fines sociales si te disuelves
  • Tus estatutos recogen como fines institucionales la realización de programas sociales de naturaleza similar a los que solicitas
  • Acreditas experiencia y especialización de al menos dos años en Galicia gestionando un programa de la misma línea a la que te presentas
  • Para programas de las líneas I, II, III y VII y proyectos de inversión, estás inscrita en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Desarrolla los programas o proyectos en el territorio de Galicia durante el año 2027
  • Presenta la documentación justificativa antes del 16 de marzo de 2028
  • Suscribe una póliza de seguro de accidentes y de responsabilidad civil a favor del personal voluntario que participe
  • Comunica cualquier otra ayuda que recibas para la misma finalidad, indicando su naturaleza e importe
  • Mantén el cumplimiento de los requisitos durante todo el periodo de ejecución del programa o proyecto
Cuándo
  • Abre: 26 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 27 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad del tercer sector de acción social sin ánimo de lucro
  • Estás legalmente constituida desde hace al menos dos años
  • Estás inscrita en el registro autonómico de entidades de servicios sociales
  • Vas a desarrollar programas sociales en el territorio de Galicia
  • Tienes experiencia de al menos dos años gestionando programas similares en Galicia
  • Eres una empresa, una persona física o una entidad con ánimo de lucro
  • Eres una universidad, un partido político o un colegio profesional
  • Eres una cámara de comercio, un sindicato o una organización empresarial
  • Eres un organismo o entidad de derecho público vinculado a una Administración
  • Quieres pedir menos de 5.000€ para un programa o proyecto

Cuánto puedes recibir

El importe que puedes recibir depende de la línea de actuación a la que te presentes y del ámbito de tu entidad. Como mínimo puedes solicitar 5.000€ por programa o proyecto, y el máximo por programa o proyecto va desde 40.000€ hasta 500.000€ según la línea y si tu entidad es de ámbito local/provincial o autonómico.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que cumples los requisitos y que estás inscrita en el registro correspondiente

  2. Cubre el formulario de solicitud y prepara los anexos exigidos

  3. Presenta la solicitud electrónicamente en la sede electrónica de la Xunta de Galicia

  4. Si te lo requieren, subsana la solicitud o aporta los documentos que falten en el plazo indicado

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud (Anexo II)
  • Declaración responsable de no estar incursa en las prohibiciones para obtener subvenciones
  • Declaración responsable de carecer de ánimo de lucro
  • Declaración responsable de experiencia y especialización en la gestión de programas de la línea correspondiente
  • Certificado de cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
  • Certificado de cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Galicia

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar esta ayuda si recibo otras subvenciones para el mismo programa?
Sí, es compatible con otras subvenciones, ayudas o recursos para la misma finalidad de cualquier otra Administración o ente público o privado. La única excepción es la línea VI (igualdad y violencia de género), que es incompatible con las subvenciones a entidades de iniciativa social para programas dirigidos a mujeres en situación de especial vulnerabilidad que convoca anualmente la propia Consellería (BS623D SI427A). En ningún caso la suma de ayudas puede superar el coste del programa; si lo supera, se reduce esta subvención.
¿Cuántos programas puedo presentar?
Depende de la línea de actuación y de si tu entidad es de ámbito local/provincial o autonómico. Cada línea fija un número máximo de programas y un importe máximo por programa. Consulta la convocatoria para tu caso concreto.
¿Cuándo tengo que ejecutar y justificar el programa?
Los programas o proyectos se desarrollan en Galicia durante el año 2027 y la fecha límite para presentar la documentación justificativa es el 16 de marzo de 2028.
¿Puede presentarse una empresa o una persona física?
No. Solo pueden ser beneficiarias entidades del tercer sector de acción social sin ánimo de lucro y la Cruz Roja Española. Quedan excluidas las universidades, partidos políticos, colegios profesionales, cámaras de comercio, sindicatos y organizaciones empresariales.

Fuentes oficiales

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