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Subvenciones a asociaciones vecinales de Zaragoza 2026

Subvención de hasta 3.000€ para proyectos de asociaciones vecinales de Zaragoza

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Zaragoza para proyectos de asociaciones vecinales en sus Juntas Municipales y Vecinales.
Para quién
Asociaciones vecinales con personalidad jurídica propia que actúan en el término municipal de Zaragoza.
Cuánto
Hasta el 100% de los gastos subvencionables, con un máximo de 3.000€ por entidad y un mínimo de 500€. El proyecto presentado no puede superar los 6.000€ de coste.
Qué cubre
  • Las actividades del proyecto que presente la entidad
  • Los gastos de mantenimiento y funcionamiento de la asociación
Requisitos
  • Ser una asociación vecinal con personalidad jurídica propia
  • Desarrollar tu actividad en el término municipal de Zaragoza
  • Estar inscrita en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas al finalizar el plazo de solicitudes
  • Haber justificado las subvenciones de años anteriores otorgadas por el Ayuntamiento de Zaragoza
  • Estar al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Presentar un único proyecto por importe no superior a 6.000€
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecutar el proyecto durante el ejercicio 2026
  • Hacer constar en las actividades que están subvencionadas por el Ayuntamiento de Zaragoza
  • Presentar la cuenta justificativa hasta el 15 de febrero del año siguiente
  • Justificar la totalidad del importe del proyecto presentado o reformulado
  • Comunicar la obtención de otras ayudas para la misma finalidad en un plazo de diez días hábiles
Cuándo
  • Abre: 26 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 24 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación vecinal con personalidad jurídica propia
  • Tu asociación desarrolla su actividad en el término municipal de Zaragoza
  • Estás inscrita en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas
  • Quieres financiar un proyecto de actividades o el mantenimiento de tu entidad
  • Has justificado las subvenciones de años anteriores del Ayuntamiento de Zaragoza
  • No eres una asociación vecinal con personalidad jurídica propia
  • Tu entidad no está inscrita en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas
  • Recibes una subvención directa de carácter nominativo para el mismo objeto
  • Tu proyecto supera los 6.000€ de coste total
  • No estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social

Cuánto puedes recibir

Recibes hasta el 100% de los gastos subvencionables de tu proyecto, con un máximo de 3.000€ y un mínimo de 500€ por entidad. El proyecto que presentes no puede superar los 6.000€ de coste. El importe que te corresponde se calcula de forma proporcional a la puntuación que obtenga tu proyecto en la valoración. Se abona el 80% como anticipo tras la concesión y el 20% restante una vez justificada la subvención; si tu subvención es igual o inferior a 3.000€, el anticipo es del 100%.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la solicitud y la documentación en los modelos oficiales de la convocatoria

  2. Prepara la memoria descriptiva de tu proyecto con su objeto, contenido, cronograma y financiación

  3. Presenta la solicitud de forma electrónica en el Registro General Electrónico del Ayuntamiento de Zaragoza

  4. Si la subvención propuesta es inferior a lo solicitado, podrás reformular el proyecto en 10 días

Documentación necesaria

  • Solicitud en modelo oficial (Anexo I.1)
  • Memoria general de la entidad con resumen de su trayectoria (Anexo I.2)
  • Memoria descriptiva del proyecto a realizar (Anexo I.3)
  • Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias (Anexo I.4)
  • Declaración responsable de cumplir los requisitos de la convocatoria (Anexo I.4)
  • Certificación de la Secretaría sobre la actuación del representante legal (Anexo I.4)
  • Certificación bancaria de titularidad de la cuenta (Anexo I.6)
  • Si solicitas por primera vez, fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal

Preguntas frecuentes

¿Puedo destinar la subvención solo al mantenimiento de la asociación?
Sí, el proyecto puede destinarse íntegramente al sostenimiento y mantenimiento de la entidad, siempre que no recibas del Ayuntamiento u otra administración la cesión gratuita de un inmueble que haga de sede social.
¿Puedo pedir esta ayuda y otra subvención del Ayuntamiento para el mismo proyecto?
No. Los proyectos presentados a esta convocatoria no pueden concurrir a otras convocatorias de la misma o distinta Área del Ayuntamiento de Zaragoza, ni puedes percibir una subvención nominativa para el mismo objeto.
¿Qué pasa si me conceden menos de lo que pedí?
Cuando la subvención propuesta sea inferior al importe solicitado, dispones de un plazo de 10 días para reformular el proyecto y ajustar las actividades al importe propuesto.
¿Hasta cuándo tengo que justificar la subvención?
La cuenta justificativa debe presentarse en el Registro General Electrónico del Ayuntamiento de Zaragoza hasta el 15 de febrero del año siguiente.

Fuentes oficiales

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