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Ayudas Claras
Ayudas Madrid Servicios sociales
Servicios sociales Madrid Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas de apoyo escolar y conciliación en Las Rozas

Ayudas para gastos escolares y de conciliación de familias de Las Rozas, hasta el 90% del coste.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Las Rozas para gastos escolares y de conciliación familiar.
Para quién
Familias con hijos en Educación Infantil y Primaria empadronadas en Las Rozas de Madrid.
Cuánto
  • Hasta el 90% del coste del servicio, con un máximo por concepto, curso y persona beneficiaria.
    ConceptoMáximo por curso y persona
    Comedor escolar826€
    Días sin cole520€
    Actividades extraescolares83€
    Material escolar168€
    Ampliación horario escolar83€
    La ayuda no podrá superar el coste total del servicio.
Qué cubre
  • Comedor escolar
  • Días sin cole, material escolar y actividades extraescolares
  • Ampliación del horario escolar
Requisitos
  • El menor está empadronado y reside en Las Rozas antes de la publicación de la convocatoria
  • El menor cursa Educación Infantil (1º a 3º) o Primaria (1º a 6º) en centros de segundo ciclo
  • La renta mensual por persona de tu hogar no supera los 720,01€
  • El patrimonio de tu unidad de convivencia no supera los 26.554,68€
  • Alcanzas el mínimo de 6 puntos en el baremo de valoración
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Las Rozas
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Usa la ayuda efectivamente en el concepto concedido
  • Justifica el gasto en los 10 días naturales siguientes a recibir la ayuda cuando la cobras tú
  • Presenta facturas, pagos y gastos realizados ante el registro del Ayuntamiento
  • Reintegra la cantidad recibida si no justificas el gasto correctamente
  • Comunica cualquier ayuda posterior de otro organismo para el mismo concepto
Cuándo
  • Abre: 29 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 27 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes hijos en Educación Infantil o Primaria
  • Estás empadronado y resides en Las Rozas de Madrid
  • Pagas comedor escolar, días sin cole o actividades extraescolares
  • Necesitas ayuda para material escolar o ampliación de horario
  • La renta mensual por persona de tu hogar no supera los 720,01€
  • Tu hijo está en escuela infantil (no se incluye)
  • La renta mensual por persona de tu hogar supera los 720,01€
  • El patrimonio de tu unidad de convivencia supera los 26.554,68€
  • Estás privado total o parcialmente de la patria potestad del menor
  • Ya recibes de otro organismo una ayuda para el mismo concepto

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo el 90% del coste del servicio, con un tope por curso y persona según el concepto: 826€ en comedor escolar, 520€ en días sin cole, 168€ en material escolar y 83€ tanto en actividades extraescolares como en ampliación de horario. La ayuda nunca puede superar el coste total del servicio y el pago se hace al prestador del servicio.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación bancaria, de ingresos y de gastos de vivienda de la unidad de convivencia

  2. Cumplimenta la solicitud (Anexo I) y la declaración responsable (Anexo II)

  3. Presenta la solicitud de forma telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento o presencial en las oficinas de registro

  4. Si te lo requieren, subsana la documentación que falte en el plazo indicado

Documentación necesaria

  • Solicitud (Anexo I)
  • Declaración responsable (Anexo II)
  • Certificado bancario de titularidad de cuenta, movimientos y saldo medio del último trimestre de los miembros de la unidad de convivencia
  • Presupuesto o factura de la ayuda solicitada
  • Justificante de los ingresos de la unidad de convivencia no acreditados con otros documentos
  • Contrato y gastos de alquiler o hipoteca de la vivienda

Preguntas frecuentes

¿Cubre la ayuda los gastos de escuela infantil?
No. Estas ayudas son para centros escolares de segundo ciclo de Educación Infantil (1º a 3º) y Primaria (1º a 6º); la escuela infantil no se incluye.
¿Quién cobra la ayuda?
El pago de la ayuda económica se hace al prestador del servicio.
¿Puedo pedirla si ya recibo otra ayuda para lo mismo?
No. Es incompatible con otra prestación concedida por otra Administración u organismo público por el mismo concepto, salvo las excepciones previstas en las bases.
¿Qué pasa si no justifico el gasto?
El incumplimiento o la justificación insuficiente conlleva el reintegro de la prestación económica abonada.
¿Cuándo tendré respuesta?
El plazo máximo para resolver y publicar la resolución no puede exceder de 6 meses desde la publicación de la convocatoria; si vence sin resolución, se entiende desestimada por silencio administrativo.

Fuentes oficiales

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