Ayuda por nacimiento o adopción en Ortigueira
500€ por cada hijo nacido, adoptado o acogido en 2025 para familias de Ortigueira
Lo que significa
- Qué es
- Ayuda económica del Ayuntamiento de Ortigueira por el nacimiento, adopción o acogimiento de un menor, para impulsar la población del municipio.
- Para quién
- Familias (progenitores, adoptantes o acogedores) empadronadas en Ortigueira que han tenido, adoptado o acogido a un menor.
- Cuánto
- 500€ por cada hijo nacido, adoptado o acogido
- Qué cubre
- Gastos de primera necesidad del menor: higiene, alimentación, ropa, puericultura, transporte o salud
- Requisitos
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- Estar empadronado en Ortigueira en el momento de la solicitud (al menos uno de los progenitores y el menor)
- Que el nacimiento, adopción o acogimiento del menor se haya producido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025
- Comprometerte a mantener el empadronamiento y la residencia efectiva durante 2 años
- Que el menor conviva contigo
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Destinar la ayuda a gastos de primera necesidad del menor (higiene, alimentación, ropa, puericultura, transporte o salud)
- Mantener el empadronamiento y la residencia efectiva en Ortigueira durante 2 años desde la inscripción del menor en el padrón
- Justificar los gastos en el plazo de 2 meses desde la notificación de la concesión
- Comunicar al ayuntamiento si recibes otras ayudas con la misma finalidad
- Cuándo
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- Abre: 20 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 20 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Has tenido un hijo, lo has adoptado o acogido en 2025
- Estás empadronado en Ortigueira junto con el menor
- El menor convive contigo de forma habitual
- Te comprometes a seguir empadronado en Ortigueira durante 2 años
- Estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social
- El nacimiento, adopción o acogimiento se produjo fuera del año 2025
- Ni tú ni el menor estáis empadronados en Ortigueira
- El menor no convive contigo
- No puedes comprometerte a mantener la residencia 2 años en el municipio
Cuánto puedes recibir
Recibes 500€ por cada hijo nacido, adoptado o acogido durante 2025. La ayuda se concede por orden de presentación de solicitudes completas hasta agotar el crédito disponible.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación: el modelo de solicitud, la declaración responsable y los documentos que acrediten el nacimiento, adopción o acogimiento
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Rellena el modelo de solicitud (Anexo I) con tus datos y los del menor
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Presenta la solicitud en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria
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Si te conceden la ayuda, justifica los gastos en los 2 meses siguientes a la notificación
Documentación necesaria
- Modelo de solicitud (Anexo I)
- Declaración responsable (Anexo II)
- Documento de identidad (DNI/NIE/pasaporte) de las personas mayores de edad de la unidad familiar
- Libro de familia o documentación sustitutiva
- Resolución de adopción, acogimiento o tutela (si procede)
- Sentencia y convenio regulador (si procede)
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria
- Delegación de pago a establecimiento suministrador (Anexo III), en casos especiales