Ayudas para suministros básicos del hogar en Coria
Ayuda para pagar luz, gas y agua a residentes en Coria con pocos ingresos, hasta el 11 de diciembre
Lo que significa
- Qué es
- Ayuda económica del Ayuntamiento de Coria para pagar los suministros básicos del hogar a personas con pocos recursos.
- Para quién
- Personas empadronadas y residentes en Coria que carecen de ingresos suficientes para sus suministros básicos.
- Cuánto
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- Importe máximo por año y unidad de convivencia según el número de miembros.
La ayuda por todos los conceptos no puede superar estos importes por anualidad y unidad de convivencia.Miembros de la unidad de convivencia Importe máximo al año Hasta 2 miembros 950,00€ Entre 3 y 4 miembros 1.100,00€ 5 o más miembros 1.200,00€
- Importe máximo por año y unidad de convivencia según el número de miembros.
- Qué cubre
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- Facturas de electricidad, gas natural y gas propano (potencia, consumo, equipos de medida e impuestos)
- Facturas de agua potable, alcantarillado y basura
- Alta y reconexión cuando te han cortado el suministro por impago, y gas butano
- Requisitos
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- Estás empadronado y resides legal y efectivamente en Coria
- Llevas al menos seis meses residiendo en Coria antes de solicitarla
- Eres mayor de edad, o menor huérfano absoluto o emancipado
- Careces de rentas o ingresos suficientes en tu unidad de convivencia
Se suman los ingresos netos de la unidad de los tres meses anteriores y se dividen por tres. Se consideran suficientes cuando superan el 120% del IPREM mensual referido a 14 pagas, incrementado un 8% por cada miembro de la unidad (un 10% por miembro si hay alguien con discapacidad de grado igual o superior al 65% o reconocida la dependencia).
- Solo se abonan facturas con consumo y debidamente justificadas
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Facilita la actuación de los Servicios Sociales y aporta la información que te pidan
- Comunica en un máximo de 10 días hábiles cualquier cambio económico o de convivencia
- Solicita previamente otras prestaciones o ayudas a las que puedas tener derecho
- Consiente la transmisión de tus datos a las empresas suministradoras para tramitar el pago
- Justifica que has destinado la ayuda al gasto que motivó su concesión
- Devuelve las cantidades cobradas indebidamente o no aplicadas a su fin
- Cuándo
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- Abre: 22 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 11 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Estás empadronado y resides legalmente en Coria
- Llevas al menos seis meses residiendo en Coria
- Tus ingresos no llegan para pagar luz, gas o agua
- Tienes facturas pendientes de electricidad, gas natural o propano
- Necesitas ayuda para el alta o reconexión de un suministro cortado
- Quieres ayuda para pagar el gas butano
- Resides de forma permanente en un centro residencial o asistencial
- Convives temporalmente en el domicilio por motivos de estudio
- Estás conectado fraudulentamente a la red de suministro
- No has devuelto cantidades indebidas de esta ayuda de los dos años anteriores
- Tus ingresos superan el umbral de renta establecido
Cuánto puedes recibir
Recibes una ayuda para cubrir tus facturas de suministros básicos cuyo importe máximo depende del tamaño de tu unidad de convivencia: hasta 950,00€ al año hasta 2 miembros, 1.100,00€ entre 3 y 4 miembros y 1.200,00€ a partir de 5 miembros. La cantidad no puede superar el gasto realmente facturado, y solo se abonan facturas con consumo.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación que acredite tu situación y tus facturas
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Rellena la solicitud según el modelo del Anexo I declarando que cumples los requisitos
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Presenta la solicitud durante el plazo abierto, antes de que se agote el crédito
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Aporta la documentación adicional que te requieran para acreditar la situación de necesidad
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Justifica el pago de las facturas en el plazo establecido tras la concesión
Documentación necesaria
- Solicitud según el modelo del Anexo I
- Documentación que acredite las circunstancias alegadas
- Facturas y justificantes de pago de los suministros