Ayudas LEADER a empresas rurales del Campo Arañuelo
Ayudas a proyectos productivos rurales en el Campo Arañuelo, abiertas hasta el 18 de septiembre de 2026.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva para invertir en empresas y actividades no agrícolas en la comarca rural del Campo Arañuelo.
- Para quién
- Personas físicas, empresas y agrupaciones (incluidas comunidades de bienes) que sean pyme, microempresa o pequeña empresa de la comarca.
- Cuánto
- Consulta directamente con la administración
- Qué cubre
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- Inversiones para crear, ampliar, modernizar, mejorar o trasladar empresas y actividades no agrícolas en el sector industrial, artesanal, de construcción, energía, comercio, comunicaciones, digitalización, turismo, hostelería, ocio, salud, educación o cultura
- Inversiones en transformación y comercialización de productos agrícolas
- Adquisición de equipos con tecnología más avanzada en proyectos de modernización
- Requisitos
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- Tu proyecto se desarrolla en uno de los municipios del Campo Arañuelo y su Entorno
- Si eres empresa, cumples los requisitos para ser microempresa, pequeña o mediana empresa (menos de 250 personas y hasta 50 millones de euros de volumen de negocio o 43 millones de balance)
- No eres una administración pública, corporación ni entidad local
- El proyecto es productivo y finalista: la actividad se completa con las inversiones previstas
- Acreditas la propiedad o capacidad legal de uso de los bienes donde harás la inversión
- No has iniciado las inversiones antes del levantamiento del acta de no inicio
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Mantén el destino de la inversión durante al menos tres años desde el pago final si eres pyme
- Si eres pyme, mantén durante tres años los puestos de trabajo que te hayas comprometido a crear
- Justifica ante la administración el cumplimiento de los requisitos y condiciones que dieron lugar a la ayuda
- Conserva los documentos justificativos del gasto durante los cinco años siguientes al pago final
- Lleva una contabilidad separada o un código contable específico para las operaciones de la ayuda
- Da publicidad del carácter público de la financiación y sométete a las actuaciones de control e inspección
- Cuándo
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- Abre: 20 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 18 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tienes una empresa o eres autónomo en algún municipio del Campo Arañuelo y su Entorno
- Vas a crear una nueva empresa o una nueva actividad en la comarca
- Quieres ampliar, modernizar o mejorar tu negocio rural
- Vas a trasladar tu empresa dentro del ámbito de la comarca
- Tu actividad es industrial, artesanal, comercial, turística o de servicios no agrícola
- Vas a transformar o comercializar productos agrícolas
- Eres una administración pública, corporación o entidad local
- Tu empresa ocupa a 250 o más personas
- Tu empresa supera los 50 millones de euros de volumen de negocio anual
- Tu proyecto está fuera de los municipios del Campo Arañuelo y su Entorno
- Has iniciado las inversiones antes del acta de no inicio
Cuánto puedes recibir
El importe por solicitante no está especificado; consulta directamente con la administración. El porcentaje de ayuda se determina según la puntuación obtenida en la baremación de tu proyecto, respetando los límites establecidos para cada actuación.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la memoria descriptiva normalizada del proyecto y la documentación que acredita tu situación y los criterios de valoración
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Cumplimenta y presenta la solicitud de forma telemática en la sede electrónica del organismo
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Atiende cualquier requerimiento de subsanación, que dispones de diez días hábiles para resolver
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Espera la resolución, que se notificará en un plazo máximo de seis meses desde el fin del plazo de solicitudes
Documentación necesaria
- Solicitud de ayuda (Anexo I)
- Documento acreditativo de la personalidad: copia del NIF si eres persona física, o CIF y documentación de la personalidad jurídica si eres persona jurídica
- Memoria descriptiva normalizada del proyecto de inversión, con previsión de resultados, balances y ratios a tres años
- Documentación acreditativa del cumplimiento de los criterios de valoración
- Declaraciones responsables sobre el cumplimiento de las condiciones y la aceptación de las obligaciones
- Declaración de las ayudas obtenidas o solicitadas de otros organismos y administraciones
- Declaración de PYME, acreditada con el Impuesto sobre Sociedades o IRPF, certificado de vida laboral e informe de plantilla media
- Certificado de situación censal y documento acreditativo de la exención de IVA