Saltar al contenido
Ayudas Claras
Subvenciones Málaga Servicios sociales
Servicios sociales Málaga Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para asociaciones sociales de Marbella 2026

Subvención de hasta 20.000€ para asociaciones sociales sin ánimo de lucro de Marbella.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Marbella para proyectos sociales de asociaciones sin ánimo de lucro.
Para quién
Asociaciones y entidades de carácter social o benéfico asistencial, sin ánimo de lucro, del municipio de Marbella.
Cuánto
El importe máximo que se puede solicitar y conceder es de 20.000€. La cuantía la fija la comisión de valoración según la puntuación obtenida.
Qué cubre
  • Gastos de los proyectos y actividades de interés social o socio-sanitario que ejecutes en 2026
  • Gastos de alquiler del local de la actividad, con un máximo de 12.000€ anuales o la parte proporcional según los meses
  • Gastos de telefonía e internet y de material de publicidad, cada uno con un tope del 10% del importe concedido
Requisitos
  • Ser una asociación o entidad de carácter social sin ánimo de lucro
  • Estar inscrito en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales
  • Estar inscrito en el Registro de Asociaciones y en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Marbella, con al menos dos años de antigüedad a la fecha de publicación
  • Tener los estatutos adaptados a la normativa de derecho de asociación
  • Que el periodo de ejecución del proyecto sea durante el año 2026
  • Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social y sin deudas tributarias con el Ayuntamiento
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecutar el proyecto durante el año 2026
  • Justificar el proyecto en un plazo máximo de tres meses desde que finalicen las actividades subvencionadas
  • Presentar una memoria explicativa del proyecto y una cuenta justificativa con la relación de gastos
  • Dar publicidad de la subvención recibida y aportar una muestra de la publicidad utilizada
  • Comunicar por escrito a la Delegación de Derechos Sociales cualquier otra subvención que obtengas para el mismo fin
  • Devolver el dinero si no justificas el cumplimiento de las condiciones de la ayuda
Cuándo
  • Abre: 20 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 6 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu asociación o entidad social no tiene ánimo de lucro
  • Desarrolláis proyectos de interés social o socio-sanitario en Marbella
  • Estáis inscritos en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Marbella
  • Vuestra entidad lleva al menos dos años inscrita como entidad de carácter social
  • El proyecto se ejecuta durante el año 2026
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • El presupuesto total de tu proyecto supera los 30.000€
  • Tu entidad tiene una subvención nominativa asignada en este presupuesto municipal
  • No habéis justificado subvenciones recibidas en años anteriores
  • No estáis inscritos en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales

Cuánto puedes recibir

El importe máximo que puedes solicitar y que se te puede conceder es de 20.000€. La cantidad concreta de cada entidad la decide la comisión de valoración según la puntuación que obtenga tu solicitud y los límites de presupuesto de la convocatoria. La subvención no puede superar, sola o sumada a otras ayudas, el coste de la actividad. Se abona en un solo pago por transferencia bancaria tras justificar el cumplimiento, aunque puedes pedir un pago anticipado si lo acreditas.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu entidad cumple los requisitos y que el presupuesto del proyecto no supera los 30.000€

  2. Prepara el proyecto con un presupuesto detallado de gastos e ingresos según el modelo normalizado

  3. Reúne la documentación y los anexos exigidos

  4. Presenta la solicitud por la sede electrónica del Ayuntamiento de Marbella con certificado electrónico

  5. Hazlo dentro de los 15 días naturales siguientes a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia

Documentación necesaria

  • Estatutos o escrituras y documentación de la entidad, salvo que ya consten en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas y declares que no han variado
  • Declaración responsable relativa a otras subvenciones o ayudas (Anexo I)
  • Certificación del acuerdo del órgano competente que autoriza a solicitar la subvención y, en su caso, el pago anticipado (Anexo II)
  • Proyecto concreto con presupuesto pormenorizado de gastos e ingresos según modelo normalizado (Anexo III)
  • Inscripción en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales
  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones

Preguntas frecuentes

¿Cuánto dura el plazo para presentar la solicitud?
El plazo es de quince días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
¿Puedo presentar más de un proyecto?
Puedes presentar varios, pero solo se subvencionará uno: se entiende que la entidad opta por el último que haya tenido entrada en el registro.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, es compatible con otras subvenciones, ayudas o recursos para el mismo fin, siempre que en conjunto no superen el coste de la actividad subvencionada. Debes comunicar por escrito cualquier otra subvención que obtengas.
¿Cómo se paga la subvención?
Se abona en un solo pago por transferencia bancaria, tras justificar el cumplimiento de las condiciones. Puedes solicitar un pago anticipado si acreditas que lo necesitas para ejecutar la actividad.
¿En qué plazo debo justificar la subvención?
Debes justificar el proyecto en un plazo máximo de tres meses contados desde la fecha de finalización de las actividades subvencionadas.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas