Programa Reina Letizia: ayudas a estudiantes con discapacidad
Hasta 10.000€ por persona con discapacidad para gastos de su formación durante el curso
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia del Real Patronato sobre Discapacidad para apoyar la formación de personas con discapacidad
- Para quién
- Personas con discapacidad que estudian bachillerato, formación profesional, enseñanzas artísticas, deportivas o universitarias
- Cuánto
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- Hasta 10.000€ por persona, con topes por tipo de gasto
El importe máximo total por persona beneficiaria es de 10.000€.Tipo de gasto Tope Matrícula, mensualidades y tasas de exámenes Hasta 3.000€ Servicios profesionales (interpretación, logopedia, psicología, etc.) Hasta 10.000€ Servicios de asistencia personal Hasta 10.000€ Productos de apoyo (conjunto) Hasta 3.000€
- Hasta 10.000€ por persona, con topes por tipo de gasto
- Qué cubre
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- Matrícula, mensualidades, cuotas y tasas de exámenes de tu formación
- Servicios profesionales de apoyo a tu formación
Servicio Coste/hora máximo Interpretación de lengua de signos 58,00€ Guías intérpretes 58,00€ Mediación comunicativa 58,00€ Logopedia 40,00€ Psicología y psiquiatría 80,00€ Fisioterapia 45,00€ Terapia ocupacional 45,00€ Apoyo o refuerzo a la formación 46,00€ Reeducación pedagógica 46,00€ Asistencia personal 20,00€ - Productos de apoyo como ordenadores, audífonos, software de lectura o equipos adaptados
- Requisitos
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- Tener nacionalidad española o residencia legal en España
- Iniciar o estar cursando alguna de las enseñanzas incluidas en la convocatoria durante el curso 2025-2026
- Acreditar una discapacidad legalmente reconocida en España
Vale con un certificado de grado de discapacidad igual o superior al 33%, tener reconocida una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, o ser persona con capacidad intelectual límite destinataria de medidas de acción positiva para el empleo.
- Estar al corriente de tus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social el último día del plazo de solicitud y durante toda la tramitación
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Destinar la ayuda a los gastos formativos que solicitaste y que sean necesarios para tu proceso formativo
- Comunicar al organismo la anulación de la matrícula o cualquier cambio en las condiciones tenidas en cuenta para la concesión
- Informar de cualquier otra beca o ayuda que recibas con la misma finalidad, en cuanto la conozcas
- Conservar la documentación que justifica la actividad formativa y la compra de bienes o servicios
- Presentar la documentación justificativa en el plazo de un mes desde la publicación de la resolución de concesión
- Devolver los fondos recibidos, con intereses, si procede el reintegro
- Cuándo
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- Abre: 20 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 20 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tienes una discapacidad reconocida igual o superior al 33%
- Tienes nacionalidad española o residencia legal en España
- Vas a cursar bachillerato, formación profesional o enseñanzas artísticas o deportivas
- Estás matriculado en estudios universitarios de grado, máster o doctorado
- Necesitas servicios profesionales o productos de apoyo para tu formación
- Tienes reconocida una pensión de incapacidad permanente o capacidad intelectual límite
- No tienes una discapacidad legalmente reconocida en España
- No vas a cursar ninguna de las enseñanzas incluidas en la convocatoria durante el curso 2025-2026
- No estás al corriente de tus obligaciones con Hacienda o la Seguridad Social
- Ya recibiste ayuda para el mismo producto de apoyo en las dos convocatorias anteriores
Cuánto puedes recibir
Puedes recibir hasta 10.000€ por persona beneficiaria para cubrir gastos de tu formación durante el curso 2025-2026. Dentro de ese máximo hay topes por tipo de gasto: hasta 3.000€ en matrícula, mensualidades y tasas, y hasta 3.000€ para el conjunto de productos de apoyo, además de límites por hora en los servicios profesionales. El pago se realiza a través de una entidad colaboradora y puede efectuarse de forma anticipada.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne tu matrícula formalizada o preinscripción y el certificado que acredite tu discapacidad
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Cumplimenta el formulario de solicitud (Anexo I) y la memoria de gastos solicitados (Anexo II) indicando el importe por cada tipo de gasto
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Adjunta los informes profesionales y certificados que necesites según los gastos que pidas
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Presenta la solicitud y los anexos por el Registro Electrónico de la Administración General del Estado o en una Oficina de Asistencia en Materia de Registro
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Atiende el listado de requerimientos por si tienes que subsanar tu solicitud en plazo
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Si te conceden la ayuda, aporta el certificado de titularidad bancaria en el plazo indicado
Documentación necesaria
- Solicitud (Anexo I)
- Memoria de gastos solicitados (Anexo II)
- Declaración responsable sobre otras ayudas (Anexo III)
- Matrícula formalizada o preinscripción de los estudios del curso 2025-2026
- Certificado o resolución que acredite el grado de discapacidad o la situación equivalente
- Informe de profesionales de la educación, la salud o los servicios sociales que acredite la necesidad de los servicios profesionales solicitados
- Certificado de reconocimiento de la situación de dependencia para gastos de asistencia personal
- Certificado de titularidad bancaria, una vez concedida la ayuda