Ayuda municipal de Leioa por acogida temporal de niños
Hasta 1.000€ por menor acogido para familias de Leioa; 750€ por programa para asociaciones.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención del Ayuntamiento de Leioa para la acogida temporal de niños de países en desarrollo o afectados por catástrofes.
- Para quién
- Familias y personas empadronadas en Leioa que acogen menores, y asociaciones sin ánimo de lucro que gestionan estos programas.
- Cuánto
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- El importe depende de quién la solicite
Quién solicita Importe máximo Personas o familias de Leioa 1.000€ por cada menor acogido en 2026 Asociaciones sin ánimo de lucro 750€ por programa desarrollado en 2026
- El importe depende de quién la solicite
- Qué cubre
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- Gastos de acogida del menor: traslado, estancia y regreso desde su ciudad de origen, trámites del desplazamiento, seguros de responsabilidad civil, gastos sanitarios y de vestido (no se admiten gastos de alimentación)
- Costes de gestión y administración del programa, para las asociaciones
- Requisitos
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- Estar empadronado en Leioa con una antigüedad mínima de un año, si solicitas como persona o familia
- Realizar la acogida a través de una asociación registrada en el País Vasco con al menos un año de experiencia
- Si solicitas como asociación, estar constituida o inscrita en un registro del País Vasco o de Bizkaia con un año de antelación
- Si solicitas como asociación, tener sede central o delegación permanente en Bizkaia
- Si solicitas como asociación, tener al menos un año de experiencia gestionando programas de acogida temporal
- Tener justificadas y cerradas en plazo las subvenciones anteriores recibidas del Ayuntamiento de Leioa
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Justificar la subvención como máximo el 31 de diciembre de 2026
- Presentar una memoria detallada de la actividad realizada
- Presentar un balance de ingresos y gastos, incluyendo cualquier otra ayuda recibida para la misma actividad
- Aportar las facturas originales de los gastos hasta el importe concedido
- Incluir al Ayuntamiento de Leioa como colaborador en los materiales editados con motivo de la actividad
- Devolver el dinero si no justificas la ayuda dentro del plazo
- Cuándo
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- Abre: 20 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 31 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Estás empadronado en Leioa desde hace al menos un año
- Acoges temporalmente en 2026 a un niño o niña de 6 a 18 años
- El menor viene de un país en desarrollo o afectado por una catástrofe
- Eres una asociación sin ánimo de lucro que gestiona programas de acogida
- Tu asociación tiene sede o delegación permanente en Bizkaia
- No estás empadronado en Leioa o llevas menos de un año
- El menor que acoges tiene menos de 6 o más de 18 años
- No estás al corriente de tus obligaciones tributarias
- Tu asociación se constituyó hace menos de un año
- Buscas cubrir gastos de alimentación del menor
Cuánto puedes recibir
Si eres una persona o familia de Leioa, puedes solicitar como máximo 1.000€ por cada menor que acojas temporalmente durante 2026, presentando una solicitud por cada menor. Si eres una asociación sin ánimo de lucro, puedes solicitar hasta 750€ por el programa desarrollado en 2026, con una sola solicitud por entidad. Estas ayudas son compatibles con otras, pero el total recibido no puede superar el coste de la actividad.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación que te corresponda según solicites como familia o como asociación
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Cumplimenta la solicitud general (Anexo I) y la ficha de terceros (Anexo II)
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Presenta la solicitud en los Servicios de Atención Ciudadana del Ayuntamiento o en la sede electrónica si estás obligado a relacionarte electrónicamente
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Si te lo requieren, subsana los errores de tu solicitud en un plazo de 10 días hábiles
Documentación necesaria
- Solicitud General (Anexo I)
- Ficha de terceros (Anexo II)
- Si solicitas como familia, certificado de la asociación que confirme la identidad del menor y de la persona o familia que acoge
- Si solicitas como familia, certificado de la asociación sobre la idoneidad de la familia y su participación en el programa
- Si solicitas como familia, certificado de que la asociación tiene al menos un año de experiencia gestionando estos programas
- Si solicitas como asociación, proyecto detallado del programa a desarrollar en 2026 para el que pides la subvención