Ayudas de respiro familiar a personas cuidadoras
Ayuda para contratar profesionales de respiro a cuidadores no profesionales.
Lo que significa
- Qué es
- Ayuda económica directa del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena para contratar profesionales que den respiro a cuidadores no profesionales.
- Para quién
- Personas que cuidan de forma habitual y no profesional a familiares en situación de dependencia o con discapacidad reconocida.
- Cuánto
-
- El importe depende del servicio de respiro que contrates
Servicio Límite máximo Acompañamiento y asistencia a domicilio Hasta 65 horas al año (coste por hora según convenio) Acompañamiento puntual y actividades de ocio Hasta 36 horas al año (coste por hora según convenio) Asistencia en establecimiento no socio-sanitario Hasta 504,00€ por persona, máximo 72,00€ al día (mínimo 2 días) Estancia en establecimiento socio-sanitario Hasta 10 días al año: 70,00€/día residencial o 40,00€/día de día o noche
- El importe depende del servicio de respiro que contrates
- Qué cubre
-
- Acompañamiento y asistencia en el domicilio de la persona cuidada
- Acompañamiento puntual y actividades de ocio dentro y fuera de casa
- Estancias temporales en establecimientos para que el cuidador descanse
- Requisitos
-
- Cuidas de forma habitual y no profesional a la persona dependiente o con discapacidad
- La persona cuidada tiene grado de dependencia I, II o III y discapacidad reconocida del 33% o más, o bien una discapacidad del 75% o más
- La persona cuidada no tiene plaza pública residencial ni prestación económica vinculada al servicio residencial
- Tú y la persona cuidada estáis empadronados en Villanueva de la Serena
- El profesional contratado tiene la titulación o certificado exigido para estos cuidados
-
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
-
- Comunica en un plazo máximo de diez días cualquier cambio en tu convivencia o circunstancias que afecte a la ayuda
- Destina la totalidad de la ayuda a la finalidad para la que se concedió
- Justifica el gasto realizado antes del 31 de diciembre de 2026
- Reintegra el dinero cobrado indebidamente o no aplicado a su finalidad
- Consiente que tus datos se transmitan a las entidades que prestan el servicio para tramitar y pagar la ayuda
- Cuándo
-
- Abre: 19 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 15 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Cuidas habitualmente y sin cobrar a una persona dependiente o con discapacidad
- La persona a la que cuidas tiene grado de dependencia I, II o III
- La persona a la que cuidas tiene un grado de discapacidad reconocido del 33% o más
- Tú y la persona cuidada estáis empadronados en Villanueva de la Serena
- Necesitas contratar a un profesional para descansar puntualmente del cuidado
- La persona cuidada tiene una plaza pública en un servicio de atención residencial
- La persona cuidada recibe una prestación económica vinculada al servicio residencial
- Ni tú ni la persona cuidada estáis empadronados en Villanueva de la Serena
Cuánto puedes recibir
La cantidad que recibes depende del servicio de respiro que contrates y de sus límites: por ejemplo, hasta 504,00€ por persona en establecimientos no socio-sanitarios (máximo 72,00€ al día) o hasta 10 días al año en establecimientos socio-sanitarios a 70,00€ diarios en régimen residencial y 40,00€ diarios en régimen de día o noche. El pago se hace directamente a ti después de la resolución favorable, presentando las facturas del gasto.
Cómo solicitarla, paso a paso
-
Reúne la documentación que acredita que cumples los requisitos
-
Rellena la solicitud del servicio de respiro familiar (Anexo I)
-
Presenta la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena
-
Espera la resolución, que se dicta en un plazo de tres meses
-
Presenta las facturas del gasto para cobrar la ayuda
Documentación necesaria
- DNI, documento de identidad o tarjeta de residencia en vigor del cuidador y de la persona cuidada
- Libro de familia
- Alta de terceros con los datos de la cuenta bancaria del solicitante
- Certificado de empadronamiento y convivencia (si no autorizas a obtenerlo)
- Presupuesto del servicio solicitado
- Acreditación del grado de dependencia reconocido
- Certificado de valoración de la discapacidad emitido por el CADEX