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Ayudas Claras
Ayudas Badajoz Servicios sociales
Servicios sociales Badajoz Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas de respiro familiar a personas cuidadoras

Ayuda para contratar profesionales de respiro a cuidadores no profesionales.

Lo que significa

Qué es
Ayuda económica directa del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena para contratar profesionales que den respiro a cuidadores no profesionales.
Para quién
Personas que cuidan de forma habitual y no profesional a familiares en situación de dependencia o con discapacidad reconocida.
Cuánto
  • El importe depende del servicio de respiro que contrates
    ServicioLímite máximo
    Acompañamiento y asistencia a domicilioHasta 65 horas al año (coste por hora según convenio)
    Acompañamiento puntual y actividades de ocioHasta 36 horas al año (coste por hora según convenio)
    Asistencia en establecimiento no socio-sanitarioHasta 504,00€ por persona, máximo 72,00€ al día (mínimo 2 días)
    Estancia en establecimiento socio-sanitarioHasta 10 días al año: 70,00€/día residencial o 40,00€/día de día o noche
Qué cubre
  • Acompañamiento y asistencia en el domicilio de la persona cuidada
  • Acompañamiento puntual y actividades de ocio dentro y fuera de casa
  • Estancias temporales en establecimientos para que el cuidador descanse
Requisitos
  • Cuidas de forma habitual y no profesional a la persona dependiente o con discapacidad
  • La persona cuidada tiene grado de dependencia I, II o III y discapacidad reconocida del 33% o más, o bien una discapacidad del 75% o más
  • La persona cuidada no tiene plaza pública residencial ni prestación económica vinculada al servicio residencial
  • Tú y la persona cuidada estáis empadronados en Villanueva de la Serena
  • El profesional contratado tiene la titulación o certificado exigido para estos cuidados
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Comunica en un plazo máximo de diez días cualquier cambio en tu convivencia o circunstancias que afecte a la ayuda
  • Destina la totalidad de la ayuda a la finalidad para la que se concedió
  • Justifica el gasto realizado antes del 31 de diciembre de 2026
  • Reintegra el dinero cobrado indebidamente o no aplicado a su finalidad
  • Consiente que tus datos se transmitan a las entidades que prestan el servicio para tramitar y pagar la ayuda
Cuándo
  • Abre: 19 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 15 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Cuidas habitualmente y sin cobrar a una persona dependiente o con discapacidad
  • La persona a la que cuidas tiene grado de dependencia I, II o III
  • La persona a la que cuidas tiene un grado de discapacidad reconocido del 33% o más
  • Tú y la persona cuidada estáis empadronados en Villanueva de la Serena
  • Necesitas contratar a un profesional para descansar puntualmente del cuidado
  • La persona cuidada tiene una plaza pública en un servicio de atención residencial
  • La persona cuidada recibe una prestación económica vinculada al servicio residencial
  • Ni tú ni la persona cuidada estáis empadronados en Villanueva de la Serena

Cuánto puedes recibir

La cantidad que recibes depende del servicio de respiro que contrates y de sus límites: por ejemplo, hasta 504,00€ por persona en establecimientos no socio-sanitarios (máximo 72,00€ al día) o hasta 10 días al año en establecimientos socio-sanitarios a 70,00€ diarios en régimen residencial y 40,00€ diarios en régimen de día o noche. El pago se hace directamente a ti después de la resolución favorable, presentando las facturas del gasto.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación que acredita que cumples los requisitos

  2. Rellena la solicitud del servicio de respiro familiar (Anexo I)

  3. Presenta la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

  4. Espera la resolución, que se dicta en un plazo de tres meses

  5. Presenta las facturas del gasto para cobrar la ayuda

Documentación necesaria

  • DNI, documento de identidad o tarjeta de residencia en vigor del cuidador y de la persona cuidada
  • Libro de familia
  • Alta de terceros con los datos de la cuenta bancaria del solicitante
  • Certificado de empadronamiento y convivencia (si no autorizas a obtenerlo)
  • Presupuesto del servicio solicitado
  • Acreditación del grado de dependencia reconocido
  • Certificado de valoración de la discapacidad emitido por el CADEX

Preguntas frecuentes

¿Quién recibe el dinero de la ayuda?
El abono se realiza directamente a la persona beneficiaria, previa presentación de las facturas del gasto. No se aceptan pagos en metálico.
¿Qué pasa si se acaba el dinero antes del 15 de diciembre?
El plazo de solicitud finalizará una vez agotado el crédito disponible. Las solicitudes presentadas después no se admitirán a trámite.
¿Puede prestar el servicio una empresa o una entidad social?
Sí. El servicio puede prestarlo una empresa privada o una entidad del Tercer Sector en colaboración con la Administración.
¿Hasta cuándo tengo para justificar el gasto?
Debes justificar la realización del gasto antes del 31 de diciembre de 2026.

Fuentes oficiales

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