Ayuda por daños de las borrascas a explotaciones agrarias
Ayuda para explotaciones agrarias y acuícolas de Andalucía y Extremadura dañadas por las borrascas
Lo que significa
- Qué es
- Ayuda directa del organismo de garantía agraria para explotaciones agrarias dañadas por las borrascas
- Para quién
- Personas físicas, jurídicas o entidades sin personalidad titulares de explotaciones agrarias afectadas
- Cuánto
- Consulta directamente con la administración
- Qué cubre
- Compensación de la pérdida de renta de la explotación agraria afectada
- Requisitos
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- Ser titular de una explotación agraria localizada en el ámbito de aplicación de la medida
- Que tu explotación esté en un municipio de Andalucía o Extremadura afectado por las borrascas
- Cumplir los límites cuantitativos previstos para ajustarse al régimen de ayudas de Estado
- Obligaciones
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- Comunicar por medios electrónicos los errores de identificación o de datos personales que veas en la lista publicada
- Si no quieres la ayuda, renunciar a ella dentro del plazo indicado tras la publicación de la lista
- Devolver la ayuda y los intereses de demora si después se comprueba que no cumplías los requisitos
- Cuándo
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- Abre: 18 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: Consulta directamente con la administración
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres titular de una explotación agraria afectada por las borrascas
- Tu explotación está en un municipio de Andalucía o Extremadura
- Eres persona física, jurídica o entidad sin personalidad propia
- Tu actividad agraria se vio dañada por los fenómenos meteorológicos adversos
- Tu explotación no está en Andalucía ni en Extremadura
- Tu explotación no figura en el ámbito de aplicación de la medida
- Renuncias expresamente a la ayuda en el plazo establecido
Cuánto puedes recibir
El importe por beneficiario no está especificado; consulta directamente con la administración. La ayuda tiene límites cuantitativos para ajustarse al régimen de ayudas de Estado. No tienes que pedirla: el organismo de garantía agraria publica la lista de personas y entidades beneficiarias junto con la cuantía que percibe cada una, y el pago se hace en la cuenta bancaria comunicada.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba si figuras en la lista de beneficiarios que publica el organismo de garantía agraria en su sede electrónica
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Revisa la cuantía que te corresponde y, si hay errores en tus datos, comunícalos por los medios electrónicos indicados
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Si no quieres la ayuda, presenta tu renuncia dentro del plazo señalado tras la publicación
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Espera el pago en la cuenta bancaria comunicada una vez transcurrido el plazo