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Ayudas Claras
Subvenciones Extremadura · Andalucía Agricultura
Agricultura Extremadura · Andalucía Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda por daños de las borrascas a explotaciones agrarias

Ayuda para explotaciones agrarias y acuícolas de Andalucía y Extremadura dañadas por las borrascas

Lo que significa

Qué es
Ayuda directa del organismo de garantía agraria para explotaciones agrarias dañadas por las borrascas
Para quién
Personas físicas, jurídicas o entidades sin personalidad titulares de explotaciones agrarias afectadas
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
Compensación de la pérdida de renta de la explotación agraria afectada
Requisitos
  • Ser titular de una explotación agraria localizada en el ámbito de aplicación de la medida
  • Que tu explotación esté en un municipio de Andalucía o Extremadura afectado por las borrascas
  • Cumplir los límites cuantitativos previstos para ajustarse al régimen de ayudas de Estado
Obligaciones
  • Comunicar por medios electrónicos los errores de identificación o de datos personales que veas en la lista publicada
  • Si no quieres la ayuda, renunciar a ella dentro del plazo indicado tras la publicación de la lista
  • Devolver la ayuda y los intereses de demora si después se comprueba que no cumplías los requisitos
Cuándo
  • Abre: 18 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: Consulta directamente con la administración

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres titular de una explotación agraria afectada por las borrascas
  • Tu explotación está en un municipio de Andalucía o Extremadura
  • Eres persona física, jurídica o entidad sin personalidad propia
  • Tu actividad agraria se vio dañada por los fenómenos meteorológicos adversos
  • Tu explotación no está en Andalucía ni en Extremadura
  • Tu explotación no figura en el ámbito de aplicación de la medida
  • Renuncias expresamente a la ayuda en el plazo establecido

Cuánto puedes recibir

El importe por beneficiario no está especificado; consulta directamente con la administración. La ayuda tiene límites cuantitativos para ajustarse al régimen de ayudas de Estado. No tienes que pedirla: el organismo de garantía agraria publica la lista de personas y entidades beneficiarias junto con la cuantía que percibe cada una, y el pago se hace en la cuenta bancaria comunicada.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba si figuras en la lista de beneficiarios que publica el organismo de garantía agraria en su sede electrónica

  2. Revisa la cuantía que te corresponde y, si hay errores en tus datos, comunícalos por los medios electrónicos indicados

  3. Si no quieres la ayuda, presenta tu renuncia dentro del plazo señalado tras la publicación

  4. Espera el pago en la cuenta bancaria comunicada una vez transcurrido el plazo

Preguntas frecuentes

¿Tengo que presentar una solicitud para recibir esta ayuda?
No. El organismo de garantía agraria publica la lista de beneficiarios y la cuantía de cada uno; solo tienes que revisar tus datos o renunciar si no la quieres.
¿Qué hago si no estoy de acuerdo con la cantidad que me han asignado?
Si no estás de acuerdo con la cuantía, puedes interponer un recurso de alzada ante el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
¿Qué pasa si no aparezco en ninguna de las listas publicadas?
Una vez publicada la última lista, quienes no figuren en ninguna pueden entender denegada la ayuda y recurrir esa denegación.
¿En qué cuenta me pagan la ayuda?
El pago se abona en la cuenta bancaria facilitada al organismo de garantía agraria por la Agencia Tributaria.

Fuentes oficiales

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