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Ayudas Claras
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Subvención a clubes de fútbol base de Lanzarote

Subvención para clubes de fútbol base de Lanzarote: cubre costes arbitrales.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Cabildo de Lanzarote para los clubes de fútbol y fútbol sala de categoría de base de la isla.
Para quién
Clubes deportivos de Lanzarote con equipos de fútbol y fútbol sala en categorías de base.
Cuánto
El Cabildo de Lanzarote puede financiar hasta el 100% del coste total de la actividad. El importe por club se calcula según el crédito disponible y el número de equipos que participan.
Qué cubre
Costes arbitrales asumidos por el club en las competiciones oficiales de categorías de base de fútbol y fútbol sala
Requisitos
  • Tu club tiene su domicilio o sede social en la isla de Lanzarote
  • Tu club está inscrito en el Registro de Entidades Deportivas de Canarias
  • Tus equipos participan en competiciones oficiales de categorías de base de fútbol o fútbol sala organizadas por la Federación Interinsular de Fútbol de Las Palmas
  • Compites en las categorías benjamín, alevín, infantil, cadete o juvenil
  • Tus equipos han finalizado la competición de la temporada
  • Estás al corriente de las obligaciones por reintegro de subvenciones con el Cabildo y no tienes deudas en vía de apremio con la corporación
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta la actividad y los gastos subvencionables entre el 1 de agosto de 2025 y el 31 de diciembre de 2026
  • Justifica la subvención mediante cuenta justificativa en el plazo de tres meses desde el fin del periodo de ejecución, hasta el 31 de marzo
  • Aporta las facturas originales de los gastos arbitrales emitidas por el Comité Técnico de Árbitros y los documentos que acrediten su pago
  • Presenta una memoria de la actividad desarrollada firmada por el beneficiario
  • Da publicidad de la colaboración del Cabildo de Lanzarote en lugares visibles, redes sociales, cartelería y página web del club
Cuándo
  • Abre: 17 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 30 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu club deportivo tiene domicilio o sede social en la isla de Lanzarote
  • Tu club está inscrito en el Registro de Entidades Deportivas de Canarias
  • Tus equipos compiten en fútbol o fútbol sala de categoría de base
  • Compites en categorías benjamín, alevín, infantil, cadete o juvenil
  • Participas en competiciones de la Federación Interinsular de Fútbol de Las Palmas
  • No eres un club deportivo (eres persona física o empresa)
  • Tu club no tiene domicilio ni sede social en Lanzarote
  • Tus equipos no han finalizado la competición de esta temporada
  • Compites en categorías que no son de base de fútbol o fútbol sala

Cuánto puedes recibir

El Cabildo de Lanzarote puede financiar hasta el 100% del coste total de la actividad. No hay un importe fijo por club: la cantidad que recibe cada uno se determina repartiendo el crédito de la convocatoria en función del número total de equipos participantes y de los equipos que aporta tu club. La subvención no puede superar, sola o sumada a otras ayudas, el coste total de la actividad subvencionada. El pago se realiza por transferencia bancaria, en un solo plazo y de forma anticipada, sin necesidad de constituir garantía.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación y los anexos exigidos en la convocatoria

  2. Cumplimenta el impreso de solicitud dirigido a la Presidencia del Cabildo de Lanzarote

  3. Firma la solicitud y los anexos con un certificado electrónico reconocido

  4. Presenta la solicitud en el Registro Electrónico del Cabildo a través de la sede electrónica

  5. Conserva el recibo acreditativo que recibes automáticamente al concluir la presentación

Documentación necesaria

  • Impreso de solicitud dirigido a la Presidencia (Anexo I)
  • Copia del Código de Identificación Fiscal (CIF) de la entidad
  • Certificado de estar al corriente con Hacienda Canaria, Hacienda Estatal y la Seguridad Social (para subvenciones de importe igual o superior a 3.000 euros)
  • Certificado de composición de la Junta Directiva emitido por el Registro de Entidades Deportivas de Canarias
  • Declaración responsable (Anexo II)
  • Memoria explicativa del proyecto (Anexo III)
  • Relación de partidos oficiales o recibos arbitrales de cada categoría (Anexo IV)
  • Presupuesto de gastos e ingresos (Anexo V)
  • Documento de alta o modificación de datos de terceros, firmado y sellado por la entidad bancaria (Anexo VI)

Preguntas frecuentes

¿Cómo se decide cuánto recibe cada club?
No hay un importe fijo. El crédito de la convocatoria se reparte entre los clubes según el número total de equipos participantes y los equipos que presenta cada club que cumple las condiciones.
¿Cuándo cobro la subvención?
El pago se hace por transferencia bancaria, en un solo plazo y de forma anticipada, sin que tengas que constituir garantía.
¿Qué pasa si mi solicitud tiene defectos?
Se publica un listado de subsanación y dispones de diez días hábiles desde el día siguiente a su publicación para corregir los defectos. Si no lo haces, se entiende que desistes de la solicitud.
¿Hasta cuándo tengo que justificar la ayuda?
La actividad y los gastos deben realizarse entre el 1 de agosto de 2025 y el 31 de diciembre de 2026, y la justificación se presenta en los tres meses siguientes al fin de ese periodo, hasta el 31 de marzo.

Fuentes oficiales

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