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Ayudas Claras
Subvenciones Lanzarote Servicios sociales
Servicios sociales Lanzarote Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones deportivas del Cabildo de Lanzarote

Ayudas para entidades deportivas que organizan competiciones en Lanzarote y La Graciosa

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Cabildo de Lanzarote para gastos de organización de competiciones deportivas
Para quién
Entidades deportivas de Lanzarote y Federaciones Deportivas Canarias
Cuánto
  • El importe depende de la línea: las líneas 2 y 3 tienen un tope máximo por entidad.
    LíneaTope máximo por entidad
    Línea 1 · costes de arbitraje en competiciones oficialesSegún reparto del crédito entre entidades
    Línea 2 · Juegos Insulares de Promoción Deportiva y Deporte Base6.000€
    Línea 3 · gestión de federaciones que organizan ligas10.000€
    El importe nunca puede superar el reflejado en tu presupuesto inicial.
Qué cubre
  • Costes de arbitraje de las competiciones
  • Coordinación, publicidad, medallas y trofeos de las competiciones organizadas
  • Gastos de gestión y administración de las federaciones: combustible, material de oficina y seguros de la liga
Requisitos
  • Ser una entidad deportiva de Lanzarote o una Federación Deportiva Canaria
  • Estar inscrita en el Registro de Entidades Deportivas de Canarias
  • Participar u organizar las competiciones en tu modalidad deportiva dentro de las líneas convocadas
  • Presentar una única solicitud por entidad deportiva
  • Si el importe a subvencionar es de 3.000€ o más, estar al corriente con Hacienda estatal, Hacienda canaria y la Seguridad Social
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecutar las actividades entre el 1 de agosto de 2025 y el 31 de diciembre de 2026
  • Justificar los gastos mediante cuenta justificativa en el plazo de un mes desde el fin del periodo de ejecución
  • Presentar las facturas originales y los documentos que acrediten el pago
  • Pagar en efectivo como máximo el 20% del total de la subvención concedida
  • Acreditar la difusión y publicidad de la colaboración del Cabildo de Lanzarote
Cuándo
  • Abre: 17 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 30 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad deportiva de Lanzarote inscrita en el Registro de Entidades Deportivas de Canarias
  • Tu entidad participa en competiciones oficiales y asume costes de arbitraje
  • Organizas competiciones dentro de los Juegos Insulares de Promoción Deportiva o el Deporte Base
  • Eres una Federación Deportiva Canaria que organiza ligas oficiales en Lanzarote
  • Tu entidad practica fútbol, fútbol sala o deportes y juegos motores autóctonos de Canarias
  • No estás inscrito en el Registro de Entidades Deportivas de Canarias
  • Organizas competiciones por jornadas o copas sueltas en lugar de ligas
  • Tus competiciones no encajan en las modalidades de los proyectos reconocidos

Cuánto puedes recibir

El importe que recibes depende de la línea a la que te presentes. En las líneas 1 y 3 el crédito disponible se reparte entre las entidades según el coste de los arbitrajes o el número de categorías convocadas; en la línea 2 se reparte según la puntuación obtenida en el baremo. Las líneas 2 y 3 tienen un tope máximo por entidad de 6.000€ y 10.000€ respectivamente. El pago se hace por transferencia bancaria en un solo plazo y previa justificación.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba en qué línea de subvención encaja tu entidad y reúne la documentación que te corresponde

  2. Cumplimenta y firma con certificado electrónico la instancia de solicitud, la declaración responsable y la memoria del proyecto

  3. Presenta la solicitud de forma telemática en la sede electrónica del Cabildo de Lanzarote

  4. Guarda el recibo acreditativo que recibes automáticamente al concluir la presentación

  5. Si te lo requieren, subsana los defectos en los 10 días hábiles indicados

Documentación necesaria

  • Instancia de solicitud indicando la línea a la que optas (Anexo I)
  • Declaración responsable (Anexo II)
  • Memoria explicativa del proyecto (Anexo III)
  • Para la línea 1, certificado de la federación con la relación de costes arbitrales asumidos
  • Para la línea 2, certificado de la entidad con la relación de costes de arbitrajes, coordinación, publicidad, medallas y trofeos
  • Presupuesto desglosado de ingresos y gastos (Anexo V)
  • Documento de alta o modificación de datos de terceros sellado por la entidad bancaria (Anexo VI)
  • Copia del Código de Identificación Fiscal de la entidad
  • Copia del DNI del representante de la entidad
  • Certificado de composición de la junta directiva del Registro de Entidades Deportivas de Canarias
  • Si el importe es de 3.000€ o más, certificados de estar al corriente con Hacienda estatal, Hacienda canaria y la Seguridad Social

Preguntas frecuentes

¿Cuántas solicitudes puedo presentar por entidad?
Solo una solicitud por entidad deportiva. Si presentas más de una, no se admitirán.
¿Cómo presento la solicitud?
Obligatoriamente de forma telemática a través de la sede electrónica del Cabildo de Lanzarote, usando un certificado electrónico reconocido o cualificado de firma electrónica.
¿Qué pasa si mi equipo no termina la competición?
En la línea 1, si algún equipo no finaliza la competición o campeonato de cualquier categoría, sea cual sea la causa, no podrás acogerte a la subvención de los gastos arbitrales.
¿Puedo pagar los gastos en efectivo?
Sí, pero solo hasta un máximo del 20% del total de la subvención concedida; el resto debe justificarse por otros medios de pago.
¿Qué pasa si no me responden a tiempo?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde la publicación de la convocatoria. Si pasa ese plazo sin resolución, puedes entender desestimada tu solicitud por silencio administrativo.

Fuentes oficiales

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