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Ayudas Claras
Subvenciones España Servicios sociales
Servicios sociales España Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a ONG para convivencia con personas extranjeras

Subvenciones a ONG para proyectos de convivencia y derechos de personas extranjeras

Lo que significa

Qué es
Subvenciones en concurrencia competitiva de la Dirección General de Gestión Migratoria para proyectos de entidades a favor de personas extranjeras
Para quién
Entidades y organizaciones no gubernamentales que trabajan en defensa de derechos, convivencia y cohesión social de las personas extranjeras
Cuánto
  • Cuantía máxima de solicitud por proyecto según la prioridad
    PrioridadCuantía máxima por proyecto
    A1100.000€
    A2150.000€
    A3 y A4300.000€
    A5200.000€
    B1 (equipamiento)50.000€
    Los proyectos de tipo A deben tener un coste total igual o superior a 50.000€. Superar estas cuantías supone la exclusión del proyecto.
Qué cubre
  • Proyectos de sensibilización y prevención contra el racismo, la xenofobia y los delitos de odio
  • Proyectos de atención a la trata de seres humanos y a la violencia de género
  • Equipamiento y adaptación de inmuebles: equipos informáticos y licencias, mobiliario y materiales inventariables, y obras de acondicionamiento
Requisitos
  • Eres una entidad u organización no gubernamental
  • Cuentas con personal de plantilla con experiencia y formación en la materia de la prioridad elegida
  • Tu proyecto de tipo A tiene un coste total igual o superior a 50.000€
  • Aportas financiación propia de al menos el 2% del coste total del proyecto
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza la actividad y cumple el objetivo en la forma, condiciones y plazo establecidos
  • Justifica los gastos ante la Dirección General de Gestión Migratoria
  • Lleva una contabilidad separada o un código contable específico para el proyecto
  • Presenta la memoria adaptada y las memorias intermedia y final del proyecto
  • Recoge y presenta los indicadores de ejecución y de resultados
  • Da publicidad de la financiación pública del proyecto en tus sedes y materiales
  • Sométete a las actuaciones de control y seguimiento del organismo
  • Conserva los documentos justificativos durante 8 años desde el fin de la ejecución
Cuándo
  • Abre: 18 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 1 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad u organización no gubernamental sin ánimo de lucro
  • Quieres desarrollar proyectos de defensa de derechos de personas extranjeras
  • Tu proyecto trabaja la convivencia y la cohesión social con personas migrantes
  • Quieres actuar contra el racismo, la xenofobia o los delitos de odio
  • Tu proyecto aborda la trata de seres humanos o la violencia de género
  • Necesitas financiar equipamiento o la adaptación de tus inmuebles
  • Eres una persona física que solicita la ayuda a título individual
  • Tu proyecto de tipo A tiene un coste total inferior a 50.000€
  • Quieres presentar más de tres prioridades, sin contar la de equipamiento
  • Quieres presentar más de un proyecto por cada prioridad

Cuánto puedes recibir

La cuantía máxima que puedes solicitar por proyecto depende de la prioridad elegida: 100.000€ en la prioridad A1, 150.000€ en la A2, 300.000€ en las A3 y A4, 200.000€ en la A5 y 50.000€ en la de equipamiento. El importe final de cada proyecto se determina según la puntuación obtenida, la partida presupuestaria y la cuantía solicitada. El pago es anticipado y se efectúa en un solo plazo antes de la justificación.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la memoria de tu entidad, las memorias de cada proyecto y la documentación preceptiva

  2. Cumplimenta la solicitud y los anexos a través de la aplicación informática TAYS

  3. Firma electrónicamente cada documento con el certificado del representante legal de la entidad

  4. Presenta la solicitud dentro del plazo de diez días hábiles desde la publicación del extracto

Documentación necesaria

  • Solicitud con los datos de la entidad y los proyectos solicitados (Anexo I)
  • Memoria de la entidad (Anexo II)
  • Memoria del proyecto, una por cada proyecto solicitado (Anexo III)
  • Memoria del subproyecto, por cada entidad ejecutante distinta de la solicitante (Anexo IV)
  • Declaración responsable sobre la experiencia y formación del personal de plantilla (Anexo V)

Preguntas frecuentes

¿A cuántas prioridades puedo presentar proyectos?
Puedes solicitar subvención para un máximo de tres prioridades, sin contar la de equipamiento y adaptación de inmuebles, y para un solo proyecto por cada una de ellas.
¿Cuándo cobraré la subvención si me la conceden?
El pago tiene carácter anticipado y se efectúa en un solo plazo, entregándose los fondos antes de la justificación para que puedas llevar a cabo el proyecto.
¿Cuánto tarda en resolverse la solicitud?
Las resoluciones se dictan y notifican en un plazo máximo de seis meses desde la publicación de la resolución de convocatoria. Si pasa ese plazo sin notificación, puedes entender desestimada tu solicitud.
¿Qué pasa si mi solicitud tiene errores u omisiones?
El organismo te requerirá para que subsanes las faltas en un plazo máximo de diez días hábiles. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu solicitud.

Fuentes oficiales

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