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Ayudas Claras
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Ayudas al sector de la moda en la provincia de Córdoba

Subvención de hasta 3.000€ al sector de la moda para autónomos y pymes de Córdoba

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Instituto Provincial de Desarrollo Económico de Córdoba para proyectos del sector de la moda
Para quién
Autónomos y sociedades limitadas del sector de la moda con domicilio en la provincia de Córdoba
Cuánto
Hasta el 100% de los gastos subvencionables, con un importe máximo de 3.000€ (mínimo 1.500€ si se agota el crédito)
Qué cubre
  • Asistencia y participación en ferias o eventos comerciales de promoción
  • Participación en pasarelas, tiendas efímeras y showrooms de moda
  • Creación y desarrollo de la marca comercial y campañas de promoción o publicidad
Requisitos
  • Ser persona física o jurídica de naturaleza privada, autónomo o sociedad de responsabilidad limitada
  • Si eres persona física, estar dado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos
  • Tener la consideración de pyme y estar legalmente constituida, sin estar disuelta ni en liquidación
  • Estar de alta en el censo del impuesto de actividades económicas en alguno de los epígrafes del anexo A
  • Tener el domicilio social en algún municipio de la provincia de Córdoba, incluida la capital
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Diputación de Córdoba
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realizar los gastos del proyecto entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • Justificar la totalidad del presupuesto del proyecto subvencionado
  • Presentar la justificación en los tres meses siguientes a la finalización del plazo de ejecución
  • Presentar una memoria de actuación y la relación clasificada de los gastos con sus facturas
  • Cumplir las medidas de difusión y acreditarlas con una declaración responsable
  • Devolver el exceso si las ayudas recibidas superan el coste de la actividad subvencionada
Cuándo
  • Abre: 16 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 6 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres autónomo dado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos
  • Tienes una sociedad de responsabilidad limitada del sector de la moda
  • Tu actividad es diseño, confección, calzado, joyería, complementos o artesanía textil
  • Tienes el domicilio social en algún municipio de la provincia de Córdoba
  • Quieres financiar tu participación en ferias, pasarelas o campañas de promoción
  • Eres una sociedad civil, comunidad de bienes o entidad sin personalidad jurídica
  • Eres una asociación, fundación u otra entidad sin ánimo de lucro
  • Tu actividad es el arreglo de productos o pertenece al ámbito del comercio
  • Eres autónomo económicamente dependiente o autónomo colaborador
  • Tienes deudas en periodo ejecutivo con la Diputación de Córdoba sin garantizar

Cuánto puedes recibir

Recibes hasta el 100% de los gastos subvencionables de tu proyecto, con un importe máximo de 3.000€. Si las solicitudes agotan el crédito, la última ayuda concedida puede ser inferior, pero nunca por debajo de 1.500€. El abono se realiza de forma anticipada por el 100% del importe concedido, antes de la justificación y mediante transferencia bancaria.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación que acredita tu actividad y el cumplimiento de los requisitos

  2. Prepara el proyecto con el presupuesto desglosado de los gastos subvencionables

  3. Cumplimenta el formulario electrónico y los anexos de la convocatoria

  4. Fírmalos electrónicamente y preséntalos en la sede electrónica del organismo

  5. Si te lo requieren, subsana los defectos en el plazo de diez días hábiles

Documentación necesaria

  • Formulario electrónico de solicitud con el proyecto (Anexo I)
  • Declaración responsable de otras ayudas (Anexo II), en su caso
  • Informe de vida laboral, si eres autónomo y te opones a su consulta
  • Estatutos y escritura de constitución, si eres persona jurídica
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y la Diputación de Córdoba
  • Certificado de situación en el censo de actividades económicas
  • Documento bancario de titularidad de la cuenta para el abono

Preguntas frecuentes

¿Puedo compatibilizar esta ayuda con otras subvenciones para lo mismo?
Sí, puedes compatibilizarla con otras ayudas para la misma finalidad, siempre que en conjunto no superen el coste de la actividad subvencionada. Si lo superan, deberás devolver el exceso con sus intereses.
¿Cuántas solicitudes puedo presentar?
Solo se admite una solicitud por interesado, que debes presentar telemáticamente a través de la sede electrónica del organismo.
¿Qué gastos no se pueden subvencionar?
No son subvencionables los gastos de inversión ni el IVA. Solo se cubren gastos corrientes directamente relacionados con el proyecto.
¿Qué pasa si presento la solicitud fuera de plazo?
La presentación fuera del plazo establecido y el no uso de los formularios normalizados obligatorios son causa de inadmisión de la solicitud.

Fuentes oficiales

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