Ayudas en Menorca para monitores de menores con discapacidad
Ayudas para que organizadores de ocio educativo en Menorca contraten monitores de apoyo.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención del Consejo Insular de Menorca para organizadores de ocio educativo que atienden a menores con dependencia o discapacidad.
- Para quién
- Personas y entidades privadas que organizan actividades de ocio educativo infantil y juvenil en Menorca.
- Cuánto
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- Dos líneas de ayuda con importes máximos por persona y mes
La línea 1 cubre la contratación de monitores; la línea 2 financia la participación del menor. Si el gasto realizado es inferior a la subvención, esta se reduce proporcionalmente. Un mismo solicitante puede recibir una ayuda por cada línea.Concepto Importe máximo Monitor de ocio educativo, jornada completa 1.750€/mes (58,33€/día) Monitor con titulación oficial, jornada completa 1.986€/mes (66,2€/día) Monitor con titulación de grado oficial, jornada completa 2.153€/mes (71,76€/día) Participación del menor con dependencia o discapacidad 450€ por menor y mes (22€/día)
- Dos líneas de ayuda con importes máximos por persona y mes
- Qué cubre
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- Salarios brutos, cotización a la Seguridad Social y servicios profesionales del personal monitor adicional
- Matrícula y cuotas de participación que pagan las familias de los menores con dependencia o discapacidad
- Requisitos
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- Organizas actividades de ocio educativo infantil y juvenil de iniciativa privada en Menorca
- La actividad se realiza en Menorca entre el 16 de septiembre de 2025 y el 15 de septiembre de 2026
- La actividad está regulada por la normativa vigente de ocio educativo infantil y juvenil de las Illes Balears
- Presentas la declaración responsable prevista en esa normativa
- Tienes participantes con dependencia reconocida o discapacidad igual o superior al 33%
- Los monitores contratados cumplen la ratio y la titulación exigidas según el grado de dependencia o discapacidad
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Comunica al Consejo la aceptación de la subvención; se entiende aceptada a los quince días hábiles de la notificación
- Ejecuta la actividad subvencionada en el plazo establecido
- Justifica la realización de la actividad en los plazos y condiciones de las bases
- Mantén la contratación y el pago del salario de los monitores para atender a estos menores
- Acredita estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social cuando el Consejo lo solicite
- En la línea 2, compensa a las familias el importe recibido en el plazo de un mes desde el abono de la ayuda
- Cuándo
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- Abre: 1 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 30 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Organizas actividades de ocio educativo infantil y juvenil en Menorca
- Tienes participantes con dependencia o discapacidad reconocida del 33% o más
- Contratas monitores adicionales para atender a esos menores
- Quieres cubrir la matrícula y cuotas que pagan las familias de esos menores
- Tu actividad se realiza en Menorca entre el 16 de septiembre de 2025 y el 15 de septiembre de 2026
- Eres una entidad de derecho público
- Tu actividad de ocio educativo no se realiza en Menorca
- No tienes participantes con dependencia o discapacidad reconocida
- No has contratado monitores para atender a estos menores
Cuánto puedes recibir
El importe depende de la línea y se calcula según el coste que justifiques. En la línea 1, por cada monitor contratado a jornada completa recibes hasta 1.750€ al mes, o hasta 1.986€ si tiene titulación oficial y hasta 2.153€ si tiene titulación de grado oficial; si el contrato es inferior al mes natural se aplica un importe por día (58,33€, 66,2€ o 71,76€). En la línea 2 recibes hasta 450€ por cada menor y mes natural participante, o 22€ por día con un máximo de 450€ por persona y mes. Si el gasto realizado es inferior al de la subvención, esta se reduce proporcionalmente.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la solicitud en el modelo normalizado y la documentación del anexo 1
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Presenta la declaración responsable prevista para las actividades de ocio educativo
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Presenta la solicitud en la sede electrónica del Consejo Insular de Menorca o en las oficinas de atención al ciudadano de Maó o Ciutadella
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Si te lo requieren, subsana la solicitud en el plazo de diez días hábiles
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Espera la resolución, que se publica en el Boletín Oficial de las Illes Balears
Documentación necesaria
- Modelo normalizado de solicitud (Anexo 1)
- Copia del DNI, solo si te opones a su consulta y has presentado la solicitud presencialmente
- Escritura de constitución o estatutos inscritos, si eres persona jurídica
- Acreditación de la representación, si solicitas en nombre de otra persona (Anexo 2)
- Justificación del alta en el impuesto de actividades económicas, si eres empresa
- Declaración responsable de no estar incurso en circunstancias que impiden obtener la ayuda
- Consentimiento de la familia para solicitar una ayuda de la línea 2 (Anexo 3)