Ayudas de comunicación para la ciudadanía en el exterior
Subvención para empresas que comunican con los españoles en el exterior; plazo de 15 días hábiles
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva para acciones de comunicación dirigidas a los españoles en el exterior, del Ministerio de Inclusión
- Para quién
- Empresas privadas radicadas en España dedicadas a actividades de comunicación
- Cuánto
- La subvención cubre el coste total de la actividad aprobada, sin superar los 30.000€
- Qué cubre
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- Acciones de comunicación en prensa, radio, cine, televisión e Internet
- Distribución de publicaciones periódicas especializadas de prensa entre centros y asociaciones de españoles en el exterior
- Requisitos
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- Eres una empresa privada radicada en España
- Entre los fines de tu empresa están las actividades de comunicación de este programa
- El coste total de cada actividad es igual o superior a 1.500€
- Aportas como mínimo un 2% de financiación propia del coste de la actividad
- Si distribuyes prensa escrita especializada, la publicación tiene al menos un año de antigüedad
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Identifica el origen público de la ayuda e incorpora el logotipo en el material de difusión
- Justifica el cumplimiento y los gastos en los 3 meses siguientes a la finalización de la actividad
- Presenta una memoria de actuación y una memoria económica del coste de las actividades
- Ejecuta las actividades hasta el 31 de mayo de 2027 como máximo
- Si distribuyes prensa, justifica las peticiones recibidas de los centros y asociaciones de españoles en el exterior
- Cuándo
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- Abre: 10 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 30 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una empresa privada radicada en España
- Entre tus fines está realizar acciones de comunicación
- Difundes contenidos en prensa, radio, cine, televisión o Internet
- Te diriges a la ciudadanía española en el exterior
- Distribuyes publicaciones de prensa especializada entre centros de españoles fuera del país
- No eres una empresa privada
- Tu empresa no está radicada en España
- El coste total de la actividad es inferior a 1.500€
- La publicación de prensa que distribuyes tiene menos de un año de antigüedad
Cuánto puedes recibir
La subvención es de cuantía variable según el interés y las características del proyecto, y puede llegar hasta el coste total de la actividad aprobada, con un máximo de 30.000€. De ese coste se descuenta tu financiación propia, que debe ser como mínimo del 2%, y las demás ayudas que recibas para la misma actividad. Solo se subvencionan actividades con un coste total igual o superior a 1.500€. El pago se realiza por anticipado, en un solo plazo en el momento de la concesión.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne las memorias y la documentación que se piden en la convocatoria
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Cumplimenta los modelos normalizados de los anexos, disponibles en la sede electrónica del Ministerio
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Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ministerio o en el Registro Electrónico Común
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Si te lo requieren, subsana los errores de tu solicitud en el plazo de 10 días
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Espera la resolución, que se notifica a través de la sede electrónica
Documentación necesaria
- Solicitud en el modelo normalizado (Anexo I), con un máximo de dos actividades
- Memoria explicativa de las características del solicitante (Anexo II)
- Memoria explicativa por cada actividad, con su presupuesto detallado (Anexo III)
- Declaración responsable de estar al corriente en el pago de reintegros de subvenciones (Anexo IV)
- Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para obtener subvenciones (Anexo V)
- Acreditación de otras subvenciones, ayudas o ingresos recibidos para la misma actividad
- Documentos constitutivos de la empresa y su inscripción en el registro correspondiente
- Documento que acredite el poder de la persona representante de la empresa
- Tarjeta de identificación fiscal de la empresa solicitante
- Acreditación o declaración responsable de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social