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Ayudas Claras
Subvenciones Comunidad Valenciana Servicios sociales
Servicios sociales Comunidad Valenciana Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Premio a buenas prácticas en residencias de mayores valencianas

Premio a buenas prácticas en residencias de mayores · plazo de un mes

Lo que significa

Qué es
Premio por concurrencia competitiva a las buenas prácticas en residencias de mayores, que concede la Conselleria de Servicios Sociales valenciana
Para quién
Entidades privadas de iniciativa social o mercantil y personas físicas que gestionan residencias de personas mayores en la Comunitat Valenciana
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
  • El reconocimiento de buenas prácticas desarrolladas en el centro residencial
  • Buenas prácticas dirigidas a mejorar las condiciones de vida de personas usuarias, familiares y profesionales
Requisitos
  • Gestionas un centro residencial de personas mayores ubicado en la Comunitat Valenciana
  • Tu entidad es de titularidad privada, de iniciativa social o mercantil, o eres persona física gestora
  • El centro está inscrito en el Registro General de Titulares de Actividades, de Servicios y de Centros de Servicios Sociales
  • El centro forma parte del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales
  • La buena práctica se está ejecutando o se ejecutó en el año de la convocatoria o hasta dos años antes
  • La buena práctica tiene una extensión de entre 3.000 y 5.000 palabras
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Presenta una única buena práctica por solicitante, anonimizada y bajo pseudónimo
  • Acredita estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social antes del pago
  • Aporta una declaración responsable de no ser deudor por reintegro de subvenciones
  • Da publicidad del carácter público de la financiación incluyendo el logotipo de la Generalitat Valenciana
  • Facilita a la administración la información que requiera para la transparencia en el plazo de 15 días hábiles
  • Colabora con el jurado aportando los datos y comprobaciones que solicite para acreditar la buena práctica
Cuándo
  • Abre: 8 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 8 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Gestionas un centro residencial de personas mayores en la Comunitat Valenciana
  • Tu entidad es de titularidad privada, de iniciativa social o mercantil
  • Eres una persona física que gestiona una residencia de mayores
  • Tu centro está inscrito en el Registro de Centros de Servicios Sociales
  • Tu centro forma parte del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales
  • Has desarrollado una buena práctica en tu centro en los últimos años
  • Tu centro residencial no está ubicado en la Comunitat Valenciana
  • Tu centro no está inscrito en el Registro de Centros de Servicios Sociales
  • Tu centro no forma parte del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales
  • La buena práctica no se ha ejecutado en el año de la convocatoria ni en los dos anteriores
  • Quieres presentar más de una buena práctica con el mismo solicitante

Cuánto puedes recibir

El importe del premio por solicitante no está especificado; consulta directamente con la administración. Una vez dictada la resolución de concesión, se paga el importe correspondiente a cada premio mediante transferencia bancaria.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara tu buena práctica en formato PDF, anonimizada e identificada solo con un título y un pseudónimo

  2. Cumplimenta el modelo de solicitud expresando la aceptación de las bases

  3. Presenta la solicitud de forma telemática en la sede electrónica de la Generalitat

  4. Espera la valoración del jurado y la resolución de la convocatoria

Documentación necesaria

  • Modelo de solicitud cumplimentado (Anexo I)
  • Buena práctica en formato PDF con título, identificada con pseudónimo y anonimizada
  • Documentación acreditativa de las facultades de representación, si se actúa por representante
  • Declaración responsable de no ser deudor por resolución de reintegro de subvenciones

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar más de una buena práctica?
No. Cada solicitante solo puede participar con una única buena práctica.
¿Puedo presentar una buena práctica de hace años?
Debe estar ejecutándose o haberse ejecutado en el mismo año de la convocatoria o hasta dos años antes.
¿Es compatible con otros premios o ayudas?
Sí. La participación es compatible con la obtención de otros premios o ayudas por el mismo proyecto.
¿Cómo debo presentar la solicitud?
De forma telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat, con firma electrónica admitida.
¿Qué pasa si mi solicitud tiene errores u olvido algún documento?
Te avisan y dispones de 10 días hábiles para subsanarlo; si no lo haces, se considera que desistes de tu petición.

Fuentes oficiales

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