Subvenciones a entidades sociales en Murcia (0,7% IRPF)
Subvenciones a entidades del Tercer Sector que hacen programas sociales en Murcia
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva de la Comunidad Autónoma de Murcia para programas sociales de entidades del Tercer Sector
- Para quién
- Entidades del Tercer Sector de Acción Social que atienden a personas en situación de vulnerabilidad
- Cuánto
- Cada proyecto recibe como máximo 300.000€ en gasto corriente y 50.000€ en inversión, y nunca menos del 40% de lo solicitado
- Qué cubre
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- Gastos corrientes del proyecto, como las retribuciones del personal contratado vinculado al mismo
- Gastos de inversión: ampliación, reforma, rehabilitación o adquisición de equipamiento
- Requisitos
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- Eres una entidad del Tercer Sector de Acción Social
- Tus actividades, servicios y centros están autorizados en el registro autonómico de servicios sociales antes de la propuesta de concesión
- Presentas el proyecto a través de medios electrónicos con certificado de representante de persona jurídica
- Cada solicitud incluye un único proyecto
- En la línea B el proyecto se ejecuta solo en municipios de hasta 20.000 habitantes; en la línea C el coste total no supera los 50.000€
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Justifica la subvención en los tres meses siguientes a la finalización del periodo de ejecución del proyecto
- La justificación abarca la totalidad del coste del proyecto
- Si el proyecto cuesta 5.000€ o más, presenta la cuenta justificativa con informe de auditor
- Comunica si has recibido otras financiaciones públicas o privadas para el mismo proyecto
- Conserva la documentación justificativa para posibles comprobaciones y controles
- Cuándo
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- Abre: 6 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 6 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
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- Eres una entidad del Tercer Sector de Acción Social
- Desarrollas programas de interés social en la Región de Murcia
- Atiendes a personas en situación de pobreza, exclusión o vulnerabilidad
- Tus servicios o centros están autorizados en el registro autonómico de servicios sociales
- Vas a presentar un proyecto que incluye gasto corriente o de inversión
- No eres una entidad del Tercer Sector de Acción Social
- Tu proyecto se desarrolla fuera de la Región de Murcia
- Tus actividades, servicios o centros no están autorizados en el registro autonómico
- Presentas más de 25 proyectos por entidad ejecutante entre las líneas A y B
Cuánto puedes recibir
El importe que recibe cada entidad se fija de forma individualizada según la valoración del proyecto y el crédito disponible. La subvención no puede ser inferior al 40% de la cantidad solicitada y, como máximo, no supera los 300.000€ para proyectos de gasto corriente ni los 50.000€ para proyectos de inversión.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tus actividades, servicios y centros están autorizados en el registro autonómico de servicios sociales
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Reúne la documentación de la entidad y la memoria del proyecto en los anexos exigidos
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Presenta la solicitud electrónicamente en la sede electrónica de la Región de Murcia (procedimiento 2448) con el certificado de representante de persona jurídica
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Incluye un único proyecto en cada solicitud
Documentación necesaria
- Documento acreditativo de la personalidad de la persona solicitante y poder para actuar en nombre de la entidad
- Tarjeta de identificación fiscal
- Estatutos debidamente legalizados
- Documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el registro administrativo correspondiente
- Memoria del proyecto de gasto corriente (Anexo III)
- Memoria del proyecto de gasto de inversión (Anexo IV)
- Declaración responsable de la entidad ejecutante (Anexo V)