Ayudas a inversiones en explotaciones agrarias valencianas
Subvención del 40% de la inversión para modernizar explotaciones agrarias valencianas
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria para invertir en explotaciones agrarias.
- Para quién
- Agricultores individuales, entidades de titularidad compartida y personas jurídicas que sean pyme con actividad agraria.
- Cuánto
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- El 40% de la inversión subvencionable, ampliable hasta el 75%; 80% para inversiones de recuperación tras desastres naturales.
El porcentaje puede incrementarse un 20% para jóvenes agricultores y un 15% adicional en zonas con limitaciones naturales o por compromisos medioambientales, sin superar el 75%.Concepto Valor Porcentaje base de ayuda 40% de la inversión subvencionable Tope máximo con incrementos 75% Recuperación tras desastres naturales 80% de los gastos elegibles Inversión subvencionable máxima por persona física 125.000€ por UTA, con límite de 250.000€ por explotación en todo el periodo Inversión subvencionable mínima 6.000€
- El 40% de la inversión subvencionable, ampliable hasta el 75%; 80% para inversiones de recuperación tras desastres naturales.
- Qué cubre
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- Construcción o adquisición de inmuebles, compra de terrenos y cultivos permanentes
- Instalaciones de riego, energías renovables para autoconsumo y otras instalaciones
- Maquinaria, vehículos de carga y transporte, equipos informáticos y programas informáticos
- Requisitos
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- Eres titular de una explotación agraria y agricultor activo
- Presentas un plan de mejora de la explotación con un estudio económico que acredite su viabilidad
- La renta unitaria de trabajo de tu explotación supera el 20% de la renta de referencia, antes y después del plan de mejora
Las explotaciones que quieran la calificación de prioritarias deben acreditar una renta unitaria de trabajo igual o superior al 35% e inferior al 120% de la renta de referencia. Las prioritarias que además sean entidades de titularidad compartida deben acreditar una renta igual o superior al 20% e inferior al 180%.
- Tu solicitud alcanza una puntuación mínima de 18 puntos en la baremación
- Tu inversión subvencionable es de al menos 6.000€
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecutas las inversiones aprobadas y acreditas su pago con facturas y comprobantes
- Comunicas la finalización de las inversiones y solicitas el pago antes del 30 de junio del ejercicio previsto y siempre antes del 31 de diciembre de 2028
- Mantienes las condiciones valoradas en la baremación desde la solicitud hasta la certificación de la ejecución de las inversiones
- Llevas una contabilidad separada o un código contable para las operaciones subvencionadas cuando proceda
- Das publicidad al carácter público de la financiación de las actividades subvencionadas
- Facilitas en todo momento los controles necesarios y comunicas cualquier variación de los datos aportados
- Cuándo
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- Abre: 4 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 3 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres agricultor individual con una explotación en la Comunitat Valenciana
- Tu entidad de titularidad compartida tiene una explotación agraria
- Tu persona jurídica es una pyme cuyo objeto principal es la actividad agraria
- Vas a invertir en modernizar o mejorar tu explotación
- Quieres recuperar el potencial productivo dañado por desastres naturales
- Tu explotación no alcanza una renta unitaria de trabajo superior al 20% de la renta de referencia
- Tu inversión subvencionable es inferior a 6.000€
- No eres titular de la explotación ni agricultor activo
- No presentas un plan de mejora de tu explotación
Cuánto puedes recibir
Recibes una subvención equivalente al 40% de la inversión subvencionable incluida en tu solicitud, que puede ampliarse con incrementos adicionales hasta un máximo del 75%. Si la inversión va ligada a recuperar el potencial productivo de explotaciones afectadas por desastres naturales, la ayuda es del 80% de los gastos elegibles. La inversión subvencionable mínima en un plan de mejora es de 6.000€ y, para una persona física, el volumen máximo es de 125.000€ por UTA con un límite de 250.000€ por explotación para todo el periodo. La ayuda se abona de una sola vez tras justificar la realización y el pago de las inversiones aprobadas.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación general y elabora el plan de mejora de tu explotación a través de la aplicación informática de la conselleria
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Da de alta o modifica la cuenta bancaria para el cobro de la ayuda en la sede electrónica de la Generalitat
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Presenta la solicitud telemáticamente en la sede electrónica de la Generalitat firmada con certificado digital
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Espera a que la oficina comarcal agraria instruya el expediente y la comisión de valoración baremo tu solicitud
Documentación necesaria
- Plan de mejora de la explotación con el estudio económico de viabilidad
- Documentación general del Anexo I (DNI-NIF-NIE, acreditación de la representación legal, datos de contacto)
- Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias, estatales y autonómicas, y con la Seguridad Social
- Informe de Vida Laboral con tramos de autónomos, para personas físicas o socios que sean agricultores profesionales
- Para personas jurídicas: escrituras, estatutos, nombramiento de representante, impuesto de sociedades del último ejercicio y acta de la asamblea
- Documentación específica según el tipo de inversión (proyecto o memoria agronómica, licencia de obra, certificado de tasador, etc.)
- Tres ofertas de distintos proveedores para las inversiones que no figuren en el anexo de costes unitarios