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Ayudas Claras
Subvenciones Zamora Servicios sociales
Servicios sociales Zamora Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a Casas de Zamora para cultura y locales

Subvención por concurrencia a Casas de Zamora para cultura y arreglo de sus locales.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Diputación de Zamora para actividades culturales y el arreglo de los locales de las Casas de Zamora.
Para quién
Casas de Zamora sin ánimo de lucro con personalidad jurídica.
Cuánto
El importe se reparte por puntos entre las solicitudes aceptadas; no hay una cantidad fija por entidad. Consulta directamente con la administración.
Qué cubre
  • Actividades culturales: teatro, música, literatura, artes plásticas, cine, conferencias, coloquios y difusión de la cultura tradicional zamorana
  • Reparación, mantenimiento, conservación o equipamiento del local que usas como sede social
Requisitos
  • Ser una Casa de Zamora sin ánimo de lucro
  • Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar, acreditadas por escrito
  • Estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y la Diputación de Zamora
  • No tener subvenciones de la Diputación concedidas y pendientes de justificar
  • No haber renunciado a subvenciones anteriores ni estar en un expediente de pérdida del derecho al cobro
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza la actividad que justificó la concesión de la subvención
  • Acredita ante la Diputación que has hecho la actividad y cumples las condiciones
  • Comunica a la Diputación si pides u obtienes otras ayudas para lo mismo
  • Haz constar en tus actividades y materiales la colaboración de la Diputación de Zamora
  • Justifica la subvención antes del 30 de septiembre de 2026
  • Sométete a las comprobaciones y al control financiero de la Diputación
  • Devuelve los fondos si no cumples la finalidad o las condiciones
Cuándo
  • Abre: 4 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 24 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una Casa de Zamora sin ánimo de lucro
  • Tienes personalidad jurídica y puedes acreditarla por escrito
  • Vas a organizar actividades culturales durante el año
  • Quieres reparar, mantener o equipar tu local social
  • Estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social
  • No eres una Casa de Zamora
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • No puedes acreditar tu personalidad jurídica
  • Tienes subvenciones de la Diputación pendientes de justificar
  • Has renunciado a subvenciones anteriores o pierdes el derecho a cobrarlas

Cuánto puedes recibir

No recibes una cantidad fija. El presupuesto se reparte según los puntos que obtengas: se divide entre el total de puntos de todas las Casas de Zamora aceptadas y eso da el valor de cada punto, que se multiplica por tus puntos para fijar tu subvención. El cobro se hace tras justificar el gasto, aunque puedes pedir un anticipo en los diez días siguientes a la concesión.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara la memoria o proyecto de las actividades culturales y el presupuesto de las obras que vayas a hacer

  2. Reúne el presupuesto del programa o actividad para el que pides la subvención

  3. Presenta la solicitud en el registro telemático de la sede electrónica de la Diputación de Zamora

  4. Hazlo dentro de los 15 días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el boletín de la provincia

  5. Si te lo requieren, aporta documentación complementaria en los diez días hábiles siguientes

  6. Espera la resolución de la Junta de Gobierno, que se dicta en un plazo de tres meses

Documentación necesaria

  • Memoria o proyecto detallado de las actividades culturales para las que pides la subvención
  • Memoria valorada, presupuesto o factura proforma de las actuaciones de mantenimiento, reparación, conservación o equipamiento, justificando su necesidad
  • Presupuesto del programa o actividad para el que solicitas la subvención
  • Copia compulsada de los estatutos y del documento de identificación fiscal de la asociación (solo si no se han presentado antes)
  • Ficha de terceros con los datos bancarios para la transferencia (solo si no se ha presentado antes o ha cambiado tu cuenta)

Preguntas frecuentes

¿Cuánto dinero voy a recibir exactamente?
No hay una cantidad fija. La subvención se calcula repartiendo el presupuesto entre los puntos obtenidos por todas las Casas de Zamora aceptadas, según los criterios de valoración de las bases.
¿Puedo cobrar antes de justificar el gasto?
Sí. Puedes pedir un anticipo total o parcial en los diez días siguientes a la notificación de la concesión, justificando que no tienes liquidez suficiente para ejecutar las actividades.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, salvo que se diga lo contrario, es compatible con otras ayudas para la misma finalidad, siempre que entre todas no superes el coste de la actividad subvencionada.
¿Qué gastos no se subvencionan?
No se cubren premios en metálico, viajes y excursiones, nóminas y seguridad social del personal, gastos financieros y bancarios, comidas y bebidas, ni obras de primer establecimiento, reforma o gran reparación.
¿Qué pasa si no justifico la subvención a tiempo?
Si pasa el plazo de justificación sin presentarla, se tramita la pérdida del derecho al cobro; si ya habías cobrado, deberás reintegrar las cantidades con el interés de demora.

Fuentes oficiales

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