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Ayudas Claras
Subvenciones La Gomera Servicios sociales
Servicios sociales La Gomera Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a entidades sociales en La Gomera

Subvención para asociaciones sociales de La Gomera, hasta 30.000€ por entidad

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Cabildo Insular de La Gomera para proyectos sociales de entidades sin ánimo de lucro
Para quién
Entidades privadas del sector social sin ánimo de lucro: asociaciones, fundaciones y análogas
Cuánto
Hasta el 50% del coste de cada proyecto, con un máximo de 30.000€ por entidad
Qué cubre
  • Proyectos sociales de prevención, intervención e integración para personas con limitaciones funcionales o de salud mental
  • Actuaciones dirigidas a personas en riesgo o situación de exclusión social, atención a mayores y a mujeres especialmente vulnerables
  • Gastos directamente relacionados con la actividad subvencionada y estrictamente necesarios
Requisitos
  • Tu entidad es privada del sector social y no tiene ánimo de lucro
  • Tu proyecto es de carácter social y se desarrolla en el ámbito territorial de la isla de La Gomera
  • El proyecto se dirige a grupos de población que residen en la isla de La Gomera
  • Tu proyecto encaja en alguna de las líneas de acción social de la convocatoria
  • Presentas el Proyecto recogido en el formulario Anexo III de las bases
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Presenta toda la documentación del procedimiento de forma electrónica, incluida la justificación de la subvención
  • Si te lo requieren, subsana o completa la documentación en un plazo máximo de diez días hábiles
  • Acepta la subvención mediante el formulario Anexo III en el plazo de diez días hábiles; si no lo haces se entiende que renuncias
  • Justifica que los gastos están directamente relacionados con la actividad y que fueron necesarios
  • Mantén la correspondencia entre las personas beneficiarias declaradas en la memoria y las atendidas realmente
Cuándo
  • Abre: 2 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 29 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación o fundación privada sin ánimo de lucro del sector social
  • Tu entidad desarrolla proyectos sociales en la isla de La Gomera
  • Trabajas con personas en riesgo o situación de exclusión social
  • Atiendes a mayores, mujeres víctimas de violencia de género o jóvenes extutelados
  • Realizas actuaciones de prevención de drogodependencias o de igualdad entre mujeres y hombres
  • Eres una persona física o una empresa con ánimo de lucro
  • Tu proyecto se dirige a población que no reside en la isla de La Gomera
  • Tu actividad no tiene carácter social
  • No presentas el Proyecto exigido en el formulario Anexo III

Cuánto puedes recibir

La cantidad que recibes se determina según la baremación de tu proyecto y se reparte entre las entidades mejor valoradas hasta agotar el crédito. En ningún caso se subvenciona más del 50% del coste total de cada proyecto, ni se supera la cuantía de 30.000€ por entidad, ni el importe que solicitaste. Si quedan solicitudes sin atender, las cantidades asignadas pueden reducirse de forma lineal en un 20% para repartir entre más entidades.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne tu proyecto y la documentación exigida en las bases, incluido el formulario Anexo III

  2. Presenta la solicitud de forma electrónica en la sede electrónica del Cabildo Insular de La Gomera, en el trámite de Servicios Sociales

  3. Hazlo dentro de los veinte días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el boletín de la provincia

  4. Si te requieren subsanar la documentación, complétala en el plazo de diez días hábiles

  5. Consulta la propuesta de resolución provisional y, si procede, presenta alegaciones en diez días hábiles

  6. Acepta la subvención mediante el Anexo III en el plazo de diez días hábiles tras la resolución

Documentación necesaria

  • Solicitud suscrita por el representante legal de la entidad
  • Proyecto de carácter social (formulario Anexo III)

Preguntas frecuentes

¿Cómo se reparte el dinero entre las entidades?
Las solicitudes se ordenan por la puntuación obtenida según los criterios de valoración y el crédito se reparte entre las mejor valoradas hasta agotarse, sin superar el 50% del coste de cada proyecto ni 30.000€ por entidad.
¿Qué pasa si hay empate en la puntuación?
Primero se prioriza el criterio de calidad de los proyectos. Si el empate continúa, se tiene en cuenta la fecha de registro de entrada de la solicitud.
¿Qué ocurre si no me admiten todo el crédito por falta de fondos?
Las solicitudes que no puedan atenderse forman una lista de reserva. Si algún beneficiario renuncia y se libera crédito suficiente, se concede a la siguiente entidad según el orden de puntuación, sin nueva convocatoria.
¿Qué pasa si presento la solicitud fuera de plazo o sin el proyecto exigido?
El instructor propondrá la inadmisión de la solicitud. Si el Proyecto del Anexo III se presenta incompleto, sí se admite a trámite pero solo se valoran los apartados que hayas cumplimentado.
¿Cuánto tarda en resolverse?
El plazo máximo para resolver es de seis meses desde el inicio del plazo de presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin resolución expresa, puedes entender desestimada tu solicitud por silencio administrativo.

Fuentes oficiales

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