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Ayudas Claras
Subvenciones Burgos Económico
Económico Burgos Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a servicios itinerantes en pueblos de Burgos

Ayuda para autónomos y empresas con servicios itinerantes en pueblos de Burgos

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de SODEBUR para fomentar servicios itinerantes en los pueblos de la provincia de Burgos.
Para quién
Autónomos y empresas que venden productos o prestan servicios de forma itinerante en el medio rural de Burgos.
Cuánto
  • Depende de si pides ayuda por gastos del servicio o por inversión.
    Tipo de ayudaCuantía
    Gastos del servicio en al menos 6 pueblosHasta 3.500€
    Gastos del servicio en más de 12 pueblosHasta 4.500€
    Inversión, domicilio fiscal en pueblo de menos de 200 habitantes80% de la inversión, hasta 20.000€
    Inversión, domicilio fiscal en pueblo de más de 200 habitantes60% de la inversión, hasta 15.000€
Qué cubre
  • Gastos relacionados con la venta de productos o la prestación de servicios de forma itinerante
  • Inversiones para mejorar el servicio itinerante, como la compra de vehículos eléctricos
Requisitos
  • Ser persona física autónoma o persona jurídica que venda productos o preste servicios de forma itinerante
  • Realizar esa actividad al menos desde el 1 de enero de 2025
  • Haber prestado servicio durante todo 2025 en al menos seis pueblos de Burgos de menos de 20.000 habitantes
  • Si pides ayuda por inversión, no haber sido subvencionado por inversión en la convocatoria de 2025
  • Presentar una sola solicitud: no puedes pedir ayuda por gastos y por inversión a la vez
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Aceptar la subvención y comunicarlo en el plazo de quince días hábiles desde la publicación de la resolución definitiva
  • Entregar el informe de alcaldía de cada pueblo donde prestas servicio
  • Justificar la subvención con los gastos e inversiones realizados y pagados
  • Si la ayuda es por inversión, mantener la prestación del servicio durante al menos dos años desde la concesión
  • Facilitar las inspecciones para verificar que prestas el servicio y cumples los requisitos
  • Tener las licencias y autorizaciones administrativas necesarias para tu actividad
Cuándo
  • Abre: 29 de mayo de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 25 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres autónomo o tienes una empresa que vende productos o presta servicios en itinerancia
  • Realizas esa actividad al menos desde el 1 de enero de 2025
  • Prestas servicio en al menos seis pueblos de Burgos de menos de 20.000 habitantes
  • Vas a invertir en mejorar tu servicio itinerante, por ejemplo en vehículos eléctricos
  • Tu actividad mejora la calidad de vida en el medio rural, sobre todo de las personas mayores
  • Tu actividad es de construcción, reformas o mantenimiento de instalaciones
  • Te dedicas al transporte discrecional de pasajeros, como taxis o autobuses sin ruta fija
  • Te dedicas al transporte de mercancías para autónomos o empresas
  • Tu actividad son ferias o mercadillos
  • Pides ayuda por inversión y ya te la subvencionaron en la convocatoria de 2025

Cuánto puedes recibir

Si pides la ayuda por los gastos de tu servicio, puedes recibir hasta 3.500€ si prestas servicio en al menos seis pueblos, o hasta 4.500€ si lo prestas en más de doce. Si la pides por una inversión, cubre el 80% con un tope de 20.000€ cuando tu domicilio fiscal está en un pueblo de menos de 200 habitantes, o el 60% con un tope de 15.000€ si está en un pueblo de más de 200 habitantes. El pago se hace una vez revisada y aprobada la justificación; no hay pagos anticipados.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que prestas servicio en al menos seis pueblos de Burgos de menos de 20.000 habitantes

  2. Reúne la documentación: solicitud, declaración jurada y, si es por inversión, una memoria descriptiva

  3. Presenta la solicitud en la sede electrónica de la Diputación; si eres persona física también puedes hacerlo de forma presencial

  4. Espera la resolución provisional y, si quieres, presenta alegaciones en el plazo de diez días hábiles

  5. Tras la resolución definitiva, acepta la subvención y entrega los informes de alcaldía

  6. Justifica los gastos o la inversión con las facturas y justificantes de pago

Documentación necesaria

  • Solicitud con las declaraciones responsables (Anexo I)
  • NIF o CIF del solicitante
  • Justificante de estar al corriente de pago con la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria
  • Modelo 036 o 037 del Censo de Empresarios
  • Memoria descriptiva de la inversión, en caso de pedir ayuda por inversión
  • Declaración jurada de la prestación de servicios en los pueblos (Anexo II)

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ayuda por gastos y por inversión a la vez?
No. Cada persona o empresa solo puede presentar una solicitud. No puedes ser beneficiario por inversión y por prestación de servicios en la misma convocatoria. Si presentas más de una solicitud, solo se tiene en cuenta la última.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, es compatible con ayudas de otras administraciones o entidades públicas o privadas para la misma finalidad, excepto las de la Diputación de Burgos y sus organismos. En ningún caso la suma de ayudas puede superar el 100% del coste del proyecto.
¿Qué pasa si no presento la justificación a tiempo?
La administración te requerirá para que la presentes en un plazo improrrogable de quince días hábiles. Si no lo haces, deberás reintegrar la subvención o perderás el derecho a cobrarla, además de otras responsabilidades.
¿Cuándo cobro la subvención?
El pago se realiza una vez que el equipo técnico de SODEBUR revisa tu justificación y la aprueba la Presidencia. No se hacen pagos anticipados ni abonos a cuenta.

Fuentes oficiales

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