Subvenciones de turismo y termalismo para personas con discapacidad 2026
Subvenciones para entidades que organizan turnos de turismo y termalismo para personas con discapacidad
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Imserso para entidades que organizan turismo y termalismo para personas con discapacidad
- Para quién
- Entidades no gubernamentales sin ánimo de lucro, con implantación estatal y dedicadas a personas con discapacidad
- Cuánto
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- Se cubre entre el 40% y el 80% del coste por participante y día, sin superar estos módulos diarios máximos
Cuando al menos el 80% de las personas beneficiarias tengan un grado de discapacidad igual o superior al 75%, los módulos de turismo suben a 80,00€ / 121,00€ (Península), 102,00€ / 150,00€ (a Península) y 119,00€ / 187,00€ (Madrid y Barcelona). El 100% del coste de los monitores se cubre aparte. Todo exceso sobre estos módulos lo paga la entidad.Trayecto Beneficiario/acompañante Coordinador/monitor Península o interinsular en cada archipiélago 71,00€ 107,00€ Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla a Península o viceversa 89,00€ 128,00€ Turnos con destino a Madrid y Barcelona 106,00€ 167,00€ Termalismo (cualquier trayecto) 97,00€ 166,00€
- Se cubre entre el 40% y el 80% del coste por participante y día, sin superar estos módulos diarios máximos
- Qué cubre
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- Alojamiento, manutención, transporte y póliza de seguro de los participantes y acompañantes
- En los turnos de termalismo, además, el tratamiento termal básico
- Alojamiento, transporte, seguro y retribuciones del personal monitor del turno
El 100% del coste por participante y día de los monitores (voluntarios y contratados) y el 100% de las retribuciones y costes sociales del monitor coordinador y, en su caso, del monitor ayudante, con el límite de las retribuciones del personal laboral del Grupo M2 del convenio colectivo del personal laboral de la Administración General del Estado.
- Requisitos
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- Tu entidad está legalmente constituida e inscrita en el registro correspondiente al publicarse la convocatoria
- Tu entidad tiene implantación estatal según su título constitutivo
- Tu entidad carece de fines de lucro o reinvierte sus beneficios en sus fines no comerciales
- Tu entidad se dedica de forma habitual a actuaciones a favor de personas con discapacidad
- Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Has justificado debidamente las ayudas que el Ministerio te concedió anteriormente
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Incluye los datos de cada turno en la aplicación informática del Imserso al menos 15 días antes del inicio del viaje
- Presenta antes del inicio de cada turno la póliza de seguros con la relación de participantes
- Cubre íntegramente, como entidad, cualquier exceso de coste por encima de los módulos diarios
- Aplica un descuento por familia numerosa del 20% o del 50% a quien pertenezca a ella
- Aplica una reducción del 80% en la cuota a beneficiarios con ingresos per cápita bajo el umbral fijado para 2026
- Garantiza que cada turno reúna a participantes de al menos ocho Comunidades o Ciudades Autónomas
- Cuándo
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- Abre: 28 de mayo de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 26 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad no gubernamental sin ánimo de lucro
- Tu entidad tiene implantación estatal según su título constitutivo
- Tu entidad se dedica de forma habitual a personas con discapacidad
- Organizas turnos de turismo o termalismo para personas con discapacidad
- Tus turnos reúnen participantes de al menos ocho Comunidades o Ciudades Autónomas
- Eres una persona física que quiere participar en un turno (la ayuda es para entidades)
- Eres una corporación de derecho público, universidad o partido político
- Eres un colegio profesional, sociedad civil, cooperativa o sociedad mercantil
- Tu entidad es generalista y atiende a varios colectivos sin centrarse en discapacidad
- Tu entidad no está legalmente constituida ni inscrita en el registro correspondiente
Cuánto puedes recibir
Como entidad recibes una subvención que cubre entre el 40% y el 80% del coste por participante y día (alojamiento, manutención, transporte y seguro; en termalismo también el tratamiento termal básico), aplicado sobre un coste que no puede superar unos módulos diarios fijados según el trayecto. El coste de los monitores del turno se cubre al 100%. Cualquier exceso sobre esos módulos lo asumes tú como entidad.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación que acredita a tu entidad y las memorias exigidas
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Cumplimenta los Anexos I, II y III en la sede electrónica del Imserso
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Detalla los turnos de turismo y de termalismo en un único Anexo III
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Firma electrónicamente la solicitud y la Declaración de Responsabilidad
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Presenta la solicitud por medios electrónicos en el plazo de 30 días naturales
Documentación necesaria
- Solicitud y memorias explicativas (Anexos I, II y III)
- Declaración de Responsabilidad firmada electrónicamente
- Documento acreditativo de la personalidad del solicitante y poder de representación
- Documento acreditativo del número de identificación fiscal de la entidad
- Estatutos debidamente legalizados
- Documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el registro administrativo
- Certificación con la identificación de los directivos de la entidad y su nombramiento