Subvenciones del Imserso para entidades de mayores
Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro por sus actuaciones para personas mayores.
Lo que significa
- Qué es
- Subvenciones por concurrencia competitiva del Imserso para actuaciones sociales dirigidas a personas mayores.
- Para quién
- Entidades sin ánimo de lucro de ámbito estatal que trabajan con personas mayores.
- Cuánto
- Consulta directamente con la administración
- Qué cubre
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- Costes directos de las actuaciones (personal, bienes y servicios, viajes y dietas): hasta el 100%
- Costes indirectos (sede, gestión, administración y personal de apoyo): hasta el 30% del importe concedido para los costes directos
- Requisitos
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- Tu entidad está legalmente constituida e inscrita en su registro a la fecha de publicación de la convocatoria
- Tiene implantación estatal según su título constitutivo
- Carece de fines de lucro o reinvierte todos sus beneficios en sus fines institucionales
- Se dedica según sus estatutos a actuaciones en favor de las personas mayores
- Dispone de estructura, capacidad y experiencia operativa para cumplir los objetivos
- Tus actuaciones benefician a personas mayores de al menos seis comunidades o ciudades autónomas
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecuta las actuaciones desde el día siguiente a la concesión y hasta el 31 de diciembre de 2027
- Acredita tanto los costes directos como los indirectos en la cuenta justificativa de cada actuación
- Mantén los gastos imputados dentro de su valor de mercado y vinculados a la actividad subvencionada
- Responde de la veracidad de los datos declarados, bajo riesgo de denegación o reintegro de la subvención
- Cuándo
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- Abre: 28 de mayo de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 26 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad sin ánimo de lucro que trabaja con personas mayores
- Tu organización está legalmente constituida e inscrita en su registro
- Tu entidad tiene implantación estatal según sus estatutos
- Realizas actuaciones que benefician a mayores de al menos seis comunidades autónomas
- Eres una confederación, federación o agrupación que integra a varias entidades
- Eres una persona física y no una entidad
- Tu entidad persigue fines de lucro
- Eres una universidad, un partido político o un colegio profesional
- Eres una sociedad civil, cooperativa o mercantil
- Eres una corporación o entidad de derecho público
Cuánto puedes recibir
Puedes concurrir a un máximo de tres actuaciones. Los costes directamente vinculados a cada actuación se pueden subvencionar hasta el 100%, y los costes indirectos hasta el 30% del importe concedido para los costes directos. El importe que recibe cada entidad no aparece especificado; consulta directamente con la administración.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación de tu entidad y la memoria explicativa de cada actuación a la que concurras
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Cumplimenta los Anexos I, II y III en la sede electrónica del Imserso
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Firma electrónicamente la solicitud y la declaración de responsabilidad mediante el representante legal
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Presenta todo por medios electrónicos en una única solicitud dentro de los treinta días naturales
Documentación necesaria
- Solicitud y memoria explicativa de la entidad (Anexos I y II)
- Memoria explicativa de cada actuación a la que se concurra (Anexos III)
- Documento acreditativo de la personalidad del solicitante y poder para actuar en su nombre
- Documento acreditativo del número de identificación fiscal de la entidad
- Estatutos debidamente legalizados
- Documento acreditativo de la inscripción de la entidad en su registro administrativo
- Certificación con la identificación de los directivos de la entidad y su nombramiento
- Declaración de responsabilidad firmada electrónicamente por el representante legal