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Ayudas Claras
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Ayudas a entidades canarias en el exterior 2026

Subvención de hasta 7.000€ para gastos de funcionamiento de entidades canarias en el exterior

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Gobierno de Canarias para gastos de funcionamiento de entidades canarias en el exterior
Para quién
Entidades canarias establecidas en el exterior inscritas en su Registro
Cuánto
Hasta un máximo de 7.000€
Qué cubre
  • Alquiler de los locales donde la entidad tiene su sede
  • Salarios y seguros sociales del personal, suministros de teléfono y correo y material de oficina
  • Mantenimiento, limpieza, reparaciones menores y seguro de los inmuebles de la sede
Requisitos
  • Ser una entidad canaria establecida en el exterior inscrita en su Registro
  • Que los recursos propios de la entidad sean insuficientes para cubrir sus gastos de funcionamiento
  • No estar inhabilitada para recibir subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias
  • No tener pendiente de justificar subvenciones anteriores del mismo órgano cuando ya venció su plazo
  • No tener pendiente de reintegro subvenciones concedidas por la Administración Pública de Canarias
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destinar la ayuda únicamente a los gastos generales de funcionamiento de la entidad
  • Ejecutar las actividades subvencionadas entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2026
  • Justificar los gastos con fecha límite del 15 de noviembre de 2026 mediante la cuenta justificativa simplificada
  • Declarar cualquier otra ayuda o subvención recibida para la misma finalidad
Cuándo
  • Abre: 23 de mayo de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 19 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Representas a una entidad canaria establecida en el exterior
  • Tu entidad está inscrita en el Registro de Entidades Canarias en el Exterior
  • Necesitas cubrir gastos de funcionamiento como alquiler, salarios o suministros de tu sede
  • Los recursos propios de tu entidad son insuficientes para esos gastos
  • Representas a la Casa de Canarias en Madrid
  • Tu entidad no figura en el Registro de Entidades Canarias en el Exterior
  • Tu entidad está inhabilitada para recibir subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias
  • Tienes pendiente de justificar o reintegrar subvenciones anteriores del mismo órgano

Cuánto puedes recibir

Cada entidad puede recibir como máximo 7.000€. La subvención cubre los gastos generales de funcionamiento que la entidad detalle en su memoria, sin que el importe concedido pueda superar ese límite.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la memoria descriptiva de tus gastos de funcionamiento y la previsión de ingresos y gastos

  2. Rellena el formulario de solicitud (Anexo I) indicando el importe que pides, hasta 7.000€

  3. Si tu entidad tiene sede en España, presenta la solicitud por medios electrónicos en la sede electrónica del Gobierno de Canarias

  4. Si tu entidad está fuera de España, presenta la solicitud por medios electrónicos o presencialmente en los registros admitidos

Documentación necesaria

  • Solicitud con memoria descriptiva de los gastos de funcionamiento (Anexo I)
  • Previsión de ingresos y gastos de la entidad
  • Las entidades con sede en Venezuela: documento de la entidad financiera que acredite que la cuenta está activa y puede recibir transferencias
  • Cuenta justificativa simplificada para la justificación posterior (Anexo II)

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el importe máximo que puedo solicitar?
Cada entidad puede solicitar como máximo 7.000€. Conviene tenerlo en cuenta al pedir la ayuda para evitar tener que reformular la solicitud.
¿Pueden pedir esta ayuda todas las entidades canarias en el exterior?
Sí, salvo la Casa de Canarias en Madrid, que queda excluida de esta convocatoria porque tiene prevista una subvención propia para la misma finalidad.
¿Hasta cuándo tengo que justificar la subvención?
La justificación del cumplimiento y de las actividades tiene como fecha límite el 15 de noviembre de 2026, mediante el modelo de cuenta justificativa simplificada.
¿Qué pasa si presento la solicitud en papel teniendo sede en España?
Si tu entidad tiene sede en España y presentas la solicitud presencialmente, te pedirán que la subsanes por vía electrónica; la fecha que cuenta será la de esa subsanación.

Fuentes oficiales

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