Ayudas a entidades sociales sin ánimo de lucro en Menorca
Hasta 80.000€ por beneficiario para programas de atención social en Menorca
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Consell Insular de Menorca para programas de atención social de entidades sin ánimo de lucro
- Para quién
- Entidades privadas sin ánimo de lucro que prestan servicios sociales en Menorca
- Cuánto
- Hasta 80.000€ por beneficiario en la línea de financiación de programas y hasta 3.000€ por beneficiario en la línea de actividades formativas y de ocio
- Qué cubre
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- Línea 1: financiación de programas de atención social
Concepto Porcentaje máximo Contratación directa (nóminas, impuestos incluidos) 100% Contratación indirecta (facturas y minutas, impuestos incluidos) 100% Voluntariado (seguros, impuestos incluidos) 100% Arrendamientos de bienes inmuebles (alquileres) 50% Hipotecas de bienes inmuebles (amortización e intereses) 50% Otros gastos financieros (amortización e intereses) 50% - Línea 2: cursos, jornadas, seminarios, conferencias y otras actividades formativas
- Línea 2: actividades de ocio accesible e inclusivo
- Línea 1: financiación de programas de atención social
- Requisitos
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- Eres una entidad privada sin ánimo de lucro legalmente constituida
- Estás inscrita desde hace al menos dos años como entidad prestadora de servicios sociales en el Registro Unificado de Servicios Sociales de las Illes Balears
La antigüedad mínima de dos años se cuenta desde la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
- Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Tu entidad actúa dentro del ámbito territorial de Menorca; si tu ámbito es más amplio, debes justificar la repercusión en Menorca o presentar un programa específico para la isla
- Estás al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones con el Consell Insular de Menorca en el momento de solicitar
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Comunica por escrito al Consell Insular la aceptación de la subvención; se entiende aceptada de forma tácita pasados quince días hábiles desde la publicación de la concesión
- Realiza los proyectos o actividades subvencionados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año
- Justifica de forma completa y correcta la aplicación de los fondos como tarde hasta el 1 de febrero de 2027
- Comunica por escrito la solicitud u obtención de otras ayudas para la misma necesidad en un plazo máximo de dos días hábiles
- Haz constar de forma expresa el apoyo del Consell Insular de Menorca en la publicidad de los proyectos o actividades
- Si un gasto en suministros o servicios supera los 15.000€ sin IVA, pide previamente tres ofertas a distintos proveedores
- Cuándo
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- Abre: 23 de mayo de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 22 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad privada sin ánimo de lucro legalmente constituida
- Desarrollas programas de atención social en Menorca
- Estás inscrita en el Registro Unificado de Servicios Sociales de Baleares desde hace dos años
- Quieres financiar programas de servicios sociales durante 2026
- Organizas cursos, jornadas o actividades de ocio accesible e inclusivo
- Eres una federación, confederación, coordinadora o unión de asociaciones
- Eres una fundación con personas jurídicas públicas entre sus fundadoras
- Tu entidad lleva inscrita en el registro menos de dos años
- Tu entidad no actúa en el ámbito territorial de Menorca
- Tienes deudas pendientes por reintegro de subvenciones con el Consell Insular de Menorca
Cuánto puedes recibir
El importe máximo que puede concederse por beneficiario es de 80.000€ si pides la línea de financiación de programas y de 3.000€ si pides la línea de actividades formativas y de ocio; ambas líneas son excluyentes. El pago se hace fraccionado en dos: un 75% por adelantado dentro de los 60 días siguientes a la resolución y el 25% restante una vez hayas justificado la subvención de forma completa y correcta.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación: solicitud normalizada, memoria descriptiva del programa o actividad y presupuesto desglosado
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Elige una sola línea de ayuda, ya que la línea 1 y la línea 2 son excluyentes entre sí
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Presenta la solicitud de forma electrónica en la sede electrónica del Consell Insular de Menorca dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación de la convocatoria
Documentación necesaria
- Modelo normalizado de solicitud (Anexo 1), según la línea 1 o la línea 2
- Memoria descriptiva del programa o actividad
- Presupuesto desglosado
- Modelo normalizado de designación de datos bancarios (Anexo 3)
- Modelo normalizado de representación voluntaria para actuar ante el Consell Insular (Anexo 2)