Subvenciones a entidades sociales para centros en Baleares
Ayudas a entidades sociales de Baleares para invertir en centros de inclusión social.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva de la Consejería de Familias y Bienestar Social de Baleares para invertir en centros de inclusión social.
- Para quién
- Entidades privadas sin ánimo de lucro del tercer sector de acción social de las Illes Balears.
- Cuánto
- Consulta directamente con la administración
- Qué cubre
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- Adquisición, construcción, reforma, rehabilitación, adaptación o ampliación de centros
- Mejora de los servicios actuales en terrenos o edificios destinados a inclusión social
- Requisitos
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- Ser una entidad privada sin ánimo de lucro del tercer sector de acción social
- Tener sede o delegación permanente y activa en las Illes Balears
- Destinar la inversión a un centro o servicio de inclusión social en Baleares
- Presentar como máximo dos solicitudes, cada una para un único proyecto de centro
- Estar al corriente con Hacienda estatal, la Seguridad Social y la Hacienda autonómica
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Destinar el centro o servicio a la finalidad concedida durante un mínimo de 30 años
- Mantener la actividad subvencionada y acreditar que sigues cumpliendo los requisitos
- Comunicar cualquier otra subvención o ayuda que recibas para la misma finalidad
- Asumir con fondos propios o de terceros la diferencia entre lo concedido y el coste total
- Conservar los documentos justificativos durante un mínimo de ocho años
- Colocar placas o carteles que anuncien la subvención y comunicar los actos públicos relacionados
- Cuándo
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- Abre: 21 de mayo de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 20 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad privada sin ánimo de lucro del tercer sector de acción social
- Tu entidad tiene sede o delegación activa en las Illes Balears
- Quieres adquirir, construir, reformar o ampliar un centro de inclusión social
- Necesitas financiar la mejora o adaptación de un servicio social ya existente
- Vas a destinar el centro a servicios de inclusión social
- Tu entidad tiene ánimo de lucro o no pertenece al tercer sector social
- El centro se destina a personas en situación de dependencia o salud mental grave
- El proyecto atiende solo a colectivos excluidos de esta convocatoria
- Tu entidad no tiene sede ni delegación activa en las Illes Balears
- Ya obtuviste el 100% de lo solicitado en la convocatoria de servicios residenciales 2022-2031
Cuánto puedes recibir
El importe que recibe cada entidad no está fijado de antemano: se determina en la resolución de concesión y no puede superar la cuantía que hayas solicitado ni el coste total de la actividad. Para conocer tu cuantía concreta, consulta directamente con la administración.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne el proyecto técnico del centro y el estudio económico y financiero de viabilidad
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Indica si presentas una o dos solicitudes y, en su caso, la preferencia de cada proyecto
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Presenta la solicitud de forma electrónica en la sede electrónica de la comunidad autónoma
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Si te lo requieren, subsana los defectos o aporta la documentación que falte en diez días hábiles
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Espera la propuesta de resolución y comunica si aceptas o renuncias a la subvención
Documentación necesaria
- Solicitud firmada por la persona representante legal (impreso 1)
- Proyecto técnico del centro con el estudio económico y financiero de viabilidad (impreso 2)
- Acreditación de estar al corriente con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y la Hacienda autonómica
- Declaración responsable de la veracidad de los datos bancarios (impreso 3)
- Certificado con la dirección de la sede o delegación de la entidad en las Illes Balears
- Declaración responsable sobre el IVA (impreso 4)