Subvenciones a entidades sociales sin ánimo de lucro en Cantabria
Ayuda de hasta el 90% del coste para programas sociales de entidades sin ánimo de lucro
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Instituto Cántabro de Servicios Sociales para programas de entidades sociales sin ánimo de lucro
- Para quién
- Entidades privadas sin ánimo de lucro que trabajan en servicios sociales en Cantabria
- Cuánto
- La subvención cubre como máximo el 90% del coste del programa; tu entidad aporta como mínimo el 10% restante
- Qué cubre
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- Gastos de personal contratado para el programa y sus dietas y gastos de viaje
- Material no inventariable del programa
- Gastos de gestión y administración para implementar el programa (hasta el 10% del coste total)
- En programas de mantenimiento: alquiler del local, suministros, comunicaciones, tributos y seguros del local, limpieza y conservación
- Requisitos
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- Ser una entidad privada sin ánimo de lucro de Cantabria
- Estar inscrita en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales en la fecha de fin del plazo de solicitudes
- Tener ámbito de actuación en Cantabria y desarrollar allí el proyecto de forma real y efectiva
- No tener una subvención nominativa para el mismo objeto en los presupuestos de Cantabria
- No tener otra subvención directa del Gobierno de Cantabria para el mismo objeto
- Las fundaciones obligadas deben haber presentado sus cuentas si el plazo estaba vencido al publicarse la convocatoria
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realizar todas las actividades del programa íntegramente durante el año 2026
- Presentar la documentación justificativa como máximo hasta el 15 de febrero de 2027
- Cuando se justifique con informe de auditor, presentar la documentación hasta el 31 de marzo de 2027
- Si el coste del programa supera los 100.000 euros, justificarlo mediante cuenta justificativa con informe de auditor de cuentas
- Incluir el logotipo del Instituto Cántabro de Servicios Sociales en la difusión de los programas subvencionados
- Certificar que la subvención se ha destinado a la finalidad para la que se concedió
- Cuándo
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- Abre: 20 de mayo de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 19 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad privada sin ánimo de lucro
- Tu entidad desarrolla programas de servicios sociales en Cantabria
- Estás inscrita en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales
- Tu entidad tiene ámbito de actuación en Cantabria
- Puedes aportar al menos el 10% del coste del programa
- Eres una empresa o entidad con ánimo de lucro
- Tu entidad no está inscrita en el Registro de Entidades de Servicios Sociales
- Ya tienes una subvención nominativa para el mismo objeto en los presupuestos de Cantabria
- Ya tienes otra subvención directa del Gobierno de Cantabria para el mismo objeto
- Tu entidad no actúa en Cantabria
Cuánto puedes recibir
No hay un importe fijo por entidad: la subvención cubre como máximo el 90% del coste del programa y tu entidad debe aportar al menos el 10% restante. La cuantía concreta depende del programa presentado y de la disponibilidad presupuestaria. Para conocer el importe que te correspondería, consulta directamente con la administración.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la memoria de la entidad y la memoria del programa con su presupuesto y plan de financiación
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Cumplimenta la solicitud según el modelo del Anexo 1-A de la convocatoria
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Presenta la solicitud, firmada por el representante legal con certificado electrónico, en la sede electrónica del Gobierno de Cantabria
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Si te requieren subsanar la solicitud, completa lo que falte en el plazo de diez días hábiles
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Una vez concedida, ejecuta el programa durante 2026 y presenta la documentación justificativa en plazo
Documentación necesaria
- Solicitud (Anexo 1-A)
- Memoria de la entidad (Anexo 2)
- Memoria del programa (Anexo 3.a) o memoria de mantenimiento (Anexo 3.b)
- Memoria de actuación justificativa (Anexo 4.a y 4.b)
- Memoria económica justificativa (Anexo 5.a y 5.b)
- Certificado de imputación de facturas (Anexo 5.a.1 y 5.b.1)
- Anexo de dietas por desplazamiento (Anexo 6)
- Informe de Vida Laboral del Código de Cuenta de Cotización de la entidad del periodo 01-01-2025 a 31-12-2025
- Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para obtener subvenciones