Subvenciones de asesoramiento digital al sector agrario
Subvención por concurrencia a entidades que asesoran en digitalización al sector agrario y forestal
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Fondo Español de Garantía Agraria para servicios de asesoramiento digital al sector agrario y forestal
- Para quién
- Entidades privadas sin ánimo de lucro y entidades de economía social, de ámbito nacional o supraautonómico, vinculadas al sector agroalimentario o forestal
- Cuánto
- El importe por entidad beneficiaria no está especificado; consulta directamente con la administración. El personal externo se financia como máximo a 90€/hora, IVA excluido.
- Qué cubre
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- Costes directos de personal propio y externo, incluido el personal de asesoría y el técnico y administrativo
- Servicios de asesoramiento en digitalización a las explotaciones agrarias (Programa III)
- Creación de servicios de asesoramiento en digitalización (Programa IV)
- Requisitos
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- Tu entidad está legalmente constituida en España y tiene capacidad jurídica y de obrar
- Tu entidad tiene ámbito nacional o supraautonómico y está vinculada al sector agroalimentario o forestal
- Tu entidad se constituyó al menos 2 años antes de presentar la solicitud
- Tienes 2 años de experiencia en asesoramiento a profesionales del sector agroalimentario y forestal
- Tienes 2 años de experiencia en digitalización del sector, o subcontratas a una entidad que la tenga
- Dispones de al menos tres personas a tiempo completo, una con grado universitario y experiencia en digitalización
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecuta las actividades dentro del periodo previsto, que termina como máximo el 31 de mayo de 2028
- Presenta las solicitudes de pago entre el 1 y el 15 de junio de 2027 y entre el 1 y el 15 de junio de 2028
- Presenta una memoria económica y técnica justificativa acompañada de un informe de un auditor de cuentas
- Conserva la documentación que acredite la moderación de costes de los gastos superiores a 5.000€
- Aporta los datos e información no confidencial que te requieran para evaluar las actividades, en 15 días hábiles
- No obtener otras subvenciones para la misma finalidad de otras administraciones o entes públicos o privados
- Cuándo
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- Abre: 18 de diciembre de 2025 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: Consulta directamente con la administración
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad privada sin ánimo de lucro de ámbito nacional o supraautonómico
- Eres una entidad de economía social vinculada al sector agroalimentario o forestal
- Tu entidad presta servicios de asesoramiento a profesionales del sector agrario o forestal
- Tu entidad asesora en digitalización a explotaciones agrarias
- Te interesa crear un servicio de asesoramiento digital para el campo (Programa IV)
- Concurres en agrupación de hasta 8 miembros para el Programa III
- Eres una persona física o una entidad con ánimo de lucro
- Tu entidad tiene ámbito territorial inferior al nacional o supraautonómico
- Tu entidad se constituyó hace menos de 2 años
- Eres una agrupación de beneficiarios y solicitas el Programa IV
- Ya has percibido una subvención para asesoramiento digital y solicitas el Programa IV
- Tu empresa está en crisis o tiene una orden de recuperación de ayudas pendiente
Cuánto puedes recibir
El importe que recibe cada entidad no aparece especificado en la convocatoria; consulta directamente con la administración. La fuente sí fija un límite para un concepto concreto: el personal externo se financia como máximo a 90€ la hora, IVA excluido. El pago se solicita en dos periodos, entre el 1 y el 15 de junio de 2027 y entre el 1 y el 15 de junio de 2028.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu entidad cumple los requisitos y que presentas la propuesta para el programa que te corresponde (III o IV)
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Prepara la Propuesta de Actividades plurianual y su presupuesto, con cronograma de ejecución
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Presenta la solicitud por vía electrónica en la sede electrónica asociada del organismo
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Si te requieren subsanar, aporta los documentos que falten en el plazo de diez días hábiles
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Si tu solicitud se propone para concesión, aporta la documentación adicional en diez días naturales desde su publicación
Documentación necesaria
- Propuesta de Actividades con su presupuesto y cronograma de ejecución
- Relación de personal con titulación, perfil y experiencia (Anexo IX)
- Estatutos, escrituras de constitución o documentos similares que acrediten el ámbito de la entidad
- Documentos que acrediten tener entre los objetivos el asesoramiento al sector agroalimentario o forestal
- Documentos que acrediten la constitución hace al menos 2 años y la experiencia en asesoramiento y digitalización
- Solicitud de pago (Anexo XI) y memoria económica recapitulativa (Anexo XIII)
- Declaración de hipótesis contrafactual (Anexo X), si la propuesta se dirige a productos fuera del Anexo I del Tratado