Ayudas a entidades para asesoramiento digital agrario
Subvención para entidades que asesoran en digitalización al sector agrario y forestal
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del FEGA para entidades que prestan o crean servicios de asesoramiento digital al sector agroalimentario y forestal
- Para quién
- Entidades privadas sin ánimo de lucro y entidades de economía social, en solitario o en agrupación, con ámbito nacional o supraautonómico
- Cuánto
- Consulta directamente con la administración
- Qué cubre
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- Costes de personal propio y externo que realiza el asesoramiento
- Costes de personal técnico y administrativo de gestión y organización
- Requisitos
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- Eres una entidad sin ánimo de lucro o de economía social
- Tu entidad tiene ámbito nacional o supraautonómico y vinculación con el sector agroalimentario o forestal
- Tu entidad se constituyó al menos 2 años antes de presentar la solicitud
- Estás legalmente constituida en España y, si eres empresa, tienes domicilio social y fiscal en España
- Tienes 2 años de experiencia en asesoramiento al sector y en digitalización del sector (o subcontratas a quien la tenga)
- Dispones de al menos tres personas a tiempo completo y de recursos materiales y económicos suficientes para ejecutar la ayuda
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecuta la propuesta de actividades en las anualidades 2027 y 2028
- Presenta las solicitudes de pago entre el 1 y el 15 de junio de 2027 y entre el 1 y el 15 de junio de 2028
- Aporta una memoria económica y técnica justificativa acompañada de un informe de un auditor de cuentas
- Aporta los datos e información de seguimiento en un plazo máximo de 15 días hábiles cuando te los requieran
- No solicites otras subvenciones para la misma finalidad de otras administraciones o entidades
- Cuándo
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- Abre: 21 de diciembre de 2025 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: Consulta directamente con la administración
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad privada sin ánimo de lucro
- Eres una entidad de economía social
- Prestas servicios de asesoramiento al sector agroalimentario o forestal
- Tienes ámbito de actuación nacional o supraautonómico
- Tienes al menos 2 años de experiencia asesorando en digitalización del sector
- Eres una persona física o un agricultor a título individual
- Tu entidad se constituyó hace menos de 2 años
- Tu entidad no está legalmente constituida en España
- Concurres como agrupación al Programa de creación de servicios
- Tu empresa está en situación de crisis o tiene una orden de recuperación pendiente
Cuánto puedes recibir
El importe por entidad beneficiaria no está especificado en la convocatoria; se determina en la resolución de concesión según la propuesta de actividades aprobada. Consulta directamente con la administración. En el caso del personal externo, la financiación tiene un máximo de 90 euros la hora, sin IVA.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu entidad cumple los requisitos de la convocatoria
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Prepara tu propuesta de actividades con su presupuesto y cronograma
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Reúne la documentación que acredita tu entidad y su experiencia
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Presenta la solicitud por vía electrónica en la sede electrónica del organismo
Documentación necesaria
- Propuesta de actividades con su presupuesto y cronograma de ejecución
- Relación de personal (Anexo IX)
- Estatutos, escrituras de constitución o documentos similares de la entidad
- Documentos que acreditan la experiencia en asesoramiento y en digitalización del sector
- Declaración de hipótesis contrafactual (Anexo X), en los casos que la requieren