Ayudas a astilleros para construcción naval e I+D+i
Apoyo a astilleros: subvención del interés de créditos navales y ayudas a I+D+i, abierto hasta el 31 de diciembre de 2026.
Lo que significa
- Qué es
- Ayuda directa del Ministerio de Industria y Turismo al sector de construcción naval: subvención del interés de créditos para buques y apoyo a proyectos de I+D+i.
- Para quién
- Astilleros españoles y empresas del sector de construcción naval, y entidades financieras que conceden los créditos para construir buques.
- Cuánto
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- Depende de la línea de ayuda.
El valor del buque no podrá superar el precio del contrato más los intereses del crédito, con un límite de estos intereses del 5% del precio del contrato.Línea de ayuda Importe Subvención al tipo de interés del crédito Diferencia entre el interés del crédito y el de referencia, con un límite de un punto porcentual Crédito subvencionado Como máximo el 80% del valor del buque Gastos indirectos en proyectos de I+D 20% sobre los gastos de personal justificados
- Depende de la línea de ayuda.
- Qué cubre
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- El coste de los intereses de los créditos para construir o transformar buques de casco metálico
- Proyectos de investigación, desarrollo experimental e innovación en la construcción naval
- Inversiones de protección del medio ambiente y de eficiencia energética en el sector naval
- Requisitos
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- Eres una empresa válidamente constituida
- No estás en crisis económica según la definición europea
- No tienes pendientes obligaciones de reintegro de subvenciones o ayudas
- El buque de nueva construcción supera las 200 GT, o el remolcador supera los 1000 kW
- El proyecto de I+D+i se realiza en territorio nacional
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza el proyecto dentro del plazo previsto en la resolución de concesión
- Presenta la certificación de auditor o el informe de procedimientos acordados en el plazo de diez días hábiles desde la notificación de la propuesta provisional
- Justifica los gastos del proyecto con sus documentos correspondientes
- Mantén al corriente tus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social
- Si necesitas cambiar el proyecto, solicita la modificación de la resolución antes de que acabe el plazo de realización de la actividad
- Cuándo
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- Abre: 19 de junio de 2025 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 31 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres un astillero español que construye o transforma buques de casco metálico
- Vas a financiar la construcción de un buque de nueva construcción de más de 200 GT
- Construyes remolcadores de más de 1000 kW de potencia
- Desarrollas proyectos de investigación, desarrollo o innovación en construcción naval
- Tienes un proyecto de protección del medio ambiente o eficiencia energética en el sector naval
- Eres una entidad financiera que concede créditos para construir buques en astilleros españoles
- El buque que financias es militar o está afecto al servicio de la defensa
- Tu buque de nueva construcción no supera las 200 GT
- Tu empresa está en crisis económica
- Tienes pendientes obligaciones de reintegro de subvenciones o ayudas anteriores
- El proyecto de I+D+i no se realiza en territorio nacional
Cuánto puedes recibir
El importe depende de la línea de ayuda y de tu proyecto. En la línea de créditos, se subvenciona la diferencia entre el interés del crédito y el tipo de interés de referencia, con un límite de un punto porcentual, y el crédito subvencionado puede llegar como máximo al 80% del valor del buque. En los proyectos de investigación y desarrollo, los gastos indirectos se calculan aplicando un 20% sobre los gastos de personal justificados. El importe concreto por solicitante no está fijado en una cantidad única; consulta directamente con la administración.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la memoria descriptiva del proyecto y la documentación que acredita tu empresa
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Prepara las declaraciones responsables y los certificados que se te exijan
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Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ministerio de Industria y Turismo
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Atiende la propuesta de resolución provisional y, si te lo piden, presenta alegaciones y la documentación requerida
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Espera la resolución, que se notifica en un plazo máximo de seis meses desde la entrada de tu solicitud
Documentación necesaria
- Memoria descriptiva del proyecto
- Acreditación del poder del firmante de la solicitud
- Cuentas anuales registradas de los dos ejercicios anteriores y, si procede, sus informes de auditoría
- Modelo de declaración de pyme, si optas a esa consideración
- Contrato o acuerdo de colaboración firmado, en proyectos en colaboración
- Declaraciones responsables de estar válidamente constituida, no estar incursa en prohibiciones y no ser empresa en crisis
- Hoja de asiento del Registro Marítimo Español del buque, para astilleros sin la autorización administrativa correspondiente