Ayudas a entidades de víctimas del terrorismo
Subvenciones para entidades que defienden a las víctimas del terrorismo
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ministerio del Interior para entidades que defienden a las víctimas del terrorismo
- Para quién
- Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro dedicadas a representar y defender a las víctimas del terrorismo
- Cuánto
- Hasta el 80% del coste total de cada actividad subvencionada
- Qué cubre
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- Gastos generales de funcionamiento y gestión de la entidad
- Actividades de información y sensibilización social
- Asistencia directa a las víctimas del terrorismo y sus familiares
- Requisitos
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- Ser una asociación, fundación o entidad sin ánimo de lucro cuyo objeto sea representar y defender a las víctimas del terrorismo
- Que el coste total de cada programa sea igual o superior a 5.000€
- Estar al corriente en tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Haber justificado correctamente las ayudas recibidas antes del Ministerio del Interior y no tener obligaciones de reintegro pendientes
- No estar incurso en prohibiciones para obtener la condición de beneficiario
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Presentar la cuenta justificativa en un plazo máximo de 2 meses
- Hacer constar y dar publicidad de la subvención recibida del Ministerio del Interior
- En los programas de asistencia directa, remitir los partes de asistencia fechados y firmados por la víctima y el profesional
- Ejecutar las actividades previstas en el programa subvencionado
- Cuándo
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- Abre: 9 de abril de 2025 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: Consulta directamente con la administración
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación, fundación o entidad sin ánimo de lucro
- Tu objeto es representar y defender a las víctimas del terrorismo
- Quieres financiar tu funcionamiento, sensibilización social o asistencia directa
- El coste total de tu programa es igual o superior a 5.000€
- Estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social
- Eres una persona física o una empresa con ánimo de lucro
- Tu entidad no tiene como objeto defender a las víctimas del terrorismo
- Tu programa cuesta menos de 5.000€
- No has justificado correctamente ayudas anteriores del Ministerio del Interior
- Tienes pendientes obligaciones de reintegro
Cuánto puedes recibir
La cuantía no es fija: se calcula de forma proporcional a la puntuación que obtenga tu programa y al presupuesto que solicites, y nunca puede superar el 80% del coste total de la actividad subvencionada. Solo se financian programas cuyo coste total sea igual o superior a 5.000€. Las solicitudes que no alcancen 40 puntos de valoración global no se subvencionan.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación de tu entidad y de cada programa que vayas a presentar
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Cumplimenta el modelo de solicitud para entidades cuyo objeto sea la atención a víctimas del terrorismo
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Presenta la solicitud en el Registro Electrónico del Ministerio del Interior
Documentación necesaria
- Modelo de solicitud (Anexo II)
- Memoria explicativa de las características principales de la entidad solicitante (Anexo I), con las declaraciones responsables
- Relación de asociados a efectos de representatividad