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Ayudas Claras
Subvenciones Barcelona Educación
Educación Barcelona Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a centros educativos de Montornès del Vallès

Hasta el 100% del coste de los proyectos de inclusión de los centros públicos

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Montornès del Vallès para proyectos de inclusión del alumnado
Para quién
Centros públicos de educación infantil de segundo ciclo, primaria y secundaria de Montornès del Vallès
Cuánto
Hasta el 100% del coste de la actividad o proyecto
Qué cubre
  • Gastos de proyectos, servicios y actuaciones de inclusión del alumnado con necesidades educativas especiales de tipo A
  • Actuaciones del horario lectivo y de las salidas escolares
  • Servicios complementarios como la acogida o el comedor escolar
Requisitos
  • Eres un centro público de educación infantil de segundo ciclo, primaria o secundaria de Montornès del Vallès
  • Presentas la solicitud dentro del plazo establecido en la convocatoria
  • Tu proyecto se desarrolla en Montornès del Vallès, salvo en el caso de las salidas escolares
  • Tu proyecto no tiene ánimo de lucro y los ingresos que genere revierten en las propias actividades
  • Tu proyecto complementa la competencia municipal en materia educativa
  • No presentas la misma actividad a más de una convocatoria municipal
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta el proyecto y cumple la finalidad por la que se concede la subvención
  • Justifica el 100% de la actividad o proyecto subvencionado antes del 31 de julio de 2027
  • Haz constar la colaboración del ayuntamiento, con su logotipo, en todas las actividades subvencionadas
  • Conserva los documentos justificativos durante un período no inferior a 6 años
  • Comunica al ayuntamiento cualquier otra subvención que obtengas y no hayas declarado en la solicitud
  • Devuelve los fondos recibidos si incurres en alguno de los supuestos que dan lugar a la devolución
Cuándo

El plazo es de siete días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 30 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres un centro público de primaria o secundaria de Montornès del Vallès
  • Eres un centro público de educación infantil de segundo ciclo del municipio
  • Tienes alumnado con necesidades educativas especiales de tipo A en el curso 2026-2027
  • Quieres financiar proyectos y actividades de inclusión de ese alumnado
  • Desarrollas las actividades entre septiembre de 2026 y junio de 2027
  • Tu centro de enseñanza no es público
  • Tu centro educativo está fuera de Montornès del Vallès
  • Tu actividad tiene ánimo de lucro
  • Presentas la misma actividad a otra convocatoria municipal
  • Tu proyecto se desarrolla fuera del período establecido en la convocatoria

Cuánto puedes recibir

Como norma general se subvenciona hasta el 100% del coste de la actividad o proyecto. El importe que recibe cada centro se determina de forma proporcional al número ponderado de alumnos con necesidades educativas especiales de tipo A del centro respecto al número ponderado total de los centros solicitantes, y en función del crédito presupuestario disponible. El ayuntamiento abona hasta el 100% de la subvención otorgada una vez dictada la resolución de concesión, y esa cuantía tiene carácter de anticipo.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara la memoria del proyecto según el modelo normalizado

  2. Reúne los datos de la cuenta bancaria y las declaraciones responsables exigidas

  3. Presenta la solicitud firmada por el representante legal del centro en la sede electrónica del ayuntamiento, mediante la instancia genérica

  4. Subsana la solicitud o la documentación en 10 días hábiles si el ayuntamiento te lo requiere

  5. Presenta la justificación por medios electrónicos antes del 31 de julio de 2027

Documentación necesaria

  • Memoria del proyecto a subvencionar según modelo normalizado
  • Datos de la cuenta bancaria donde debe efectuarse el pago de la subvención
  • Declaración responsable de otras subvenciones obtenidas para la misma finalidad o que puedan obtenerse en el futuro
  • Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones fiscales y de la Seguridad Social
  • Pronunciamiento expreso sobre la autorización o negativa a que el ayuntamiento acredite directamente que estás al corriente de tus obligaciones
  • Declaración responsable de reunir todos los requisitos exigidos en la convocatoria y en las bases reguladoras

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya tengo otra ayuda para el mismo proyecto?
Sí. Las actuaciones subvencionables son compatibles con ayudas de otras administraciones o entes privados, pero el importe total de las subvenciones no puede superar el coste de las actividades subvencionables. Estás obligado a informar de las otras subvenciones solicitadas u obtenidas.
¿Qué pasa si no justifico todo el gasto?
El ayuntamiento revoca la parte de la subvención no justificada, con la obligación de reintegro si ya te habían adelantado el pago. Si al acabar el plazo de justificación solo se había pagado parte de una factura, se aplica el principio de proporcionalidad.
¿Cuándo me comunicarán si me la han concedido?
El plazo máximo para resolver y notificar es de 6 meses desde el día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria, y la resolución se notifica en 10 días hábiles desde su aprobación. Si no hay resolución ni notificación en plazo, la solicitud se entiende desestimada.
¿Qué periodo tienen que cubrir las actividades?
Las subvenciones se destinan a financiar actividades y proyectos desarrollados entre el 1 de septiembre de 2026 y el 30 de junio de 2027.
¿Puedo reclamar si me deniegan la subvención?
Puedes presentar un recurso de reposición potestativo ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación en la página web, o directamente un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los juzgados de lo contencioso administrativo de la provincia de Barcelona.

Fuentes oficiales

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