Ayudas a asociaciones culturales y deportivas de Iznájar
Hasta el 50% del coste del proyecto para asociaciones y cofradías de Iznájar
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Iznájar para proyectos culturales, de ocio y deportivos de entidades locales.
- Para quién
- Asociaciones y colectivos culturales, de ocio, tiempo libre y deportivos, cofradías y hermandades de Semana Santa de Iznájar.
- Cuánto
- Hasta el 50% del coste total del proyecto
- Qué cubre
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- Actividades culturales, de ocio y tiempo libre en el municipio
- Actividades de promoción del deporte
- Restauración del patrimonio de cofradías y hermandades y material promocional de Semana Santa
- Requisitos
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- Tu entidad es una asociación o colectivo cultural, de ocio, tiempo libre o deportivo, una cofradía o una hermandad de Semana Santa de Iznájar
- Tu entidad está inscrita en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Iznájar en la fecha de aprobación de las bases
- Tu entidad está inscrita en el Registro de Asociaciones de la Diputación de Córdoba antes del 31 de diciembre de 2025, o ha pedido la inscripción antes de la aprobación de las bases
- Has justificado correctamente las ayudas y subvenciones que te concedieron en años anteriores
- Tu proyecto tiene proyección local y repercute en el desarrollo del municipio
- Te comprometes a financiar el resto del coste de ejecución del proyecto
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza las actuaciones subvencionadas antes del 31 de diciembre de 2026
- Haz constar en toda la publicidad de las actividades la colaboración y el patrocinio del Ayuntamiento de Iznájar
- Presenta la justificación del gasto por vía electrónica en los tres meses siguientes a la finalización de la actividad
- Devuelve el exceso cobrado si no justificas el total de la actividad subvencionada
- Sométete a las comprobaciones del Ayuntamiento y al control financiero de la Intervención municipal
- Conserva los documentos justificativos del uso de los fondos recibidos, también los electrónicos
- Cuándo
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El plazo es de un mes desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 29 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Representas una asociación cultural, de ocio o tiempo libre de Iznájar
- Tu entidad es una asociación deportiva del municipio de Iznájar
- Eres una cofradía o hermandad de Semana Santa de Iznájar
- Tienes un proyecto cultural o deportivo con proyección local
- Puedes comprometerte a financiar el resto del coste del proyecto
- Tu asociación no está inscrita en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento
- No estás inscrito ni has pedido inscripción en el Registro de la Diputación de Córdoba
- No justificaste correctamente las subvenciones que recibiste en años anteriores
- Tu entidad discrimina por razón de sexo, religión u opinión
- Tu proyecto no tiene repercusión en el municipio de Iznájar
Cuánto puedes recibir
La subvención no puede superar el 50% del coste total de tu proyecto, salvo en las actuaciones que la Corporación Municipal pueda asumir como propias. Tienes que comprometerte a financiar el resto del coste. La resolución puede contemplar pagos a cuenta y pagos anticipados antes de justificar, y el abono se hace una vez presentas la aceptación de la subvención.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu entidad está inscrita en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento y en el de la Diputación de Córdoba
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Rellena la solicitud del Anexo I indicando el importe que pides y el proyecto al que se destina
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Prepara el proyecto con el presupuesto de gastos y el de ingresos desglosados
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Presenta la solicitud por vía electrónica en la sede electrónica del Ayuntamiento de Iznájar
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Subsana la solicitud en cinco días hábiles si apareces en la lista de excluidos
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Presenta la aceptación de la subvención (Anexo IV) en los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la resolución definitiva
Documentación necesaria
- Solicitud según el modelo del Anexo I, con declaración responsable y compromiso de justificación
- Certificado acreditativo de la condición que ostenta la persona física que firma la solicitud
- Fotocopia del NIF de quien firma la solicitud
- Fotocopia del CIF de la entidad
- Certificado bancario acreditativo de la titularidad
- Proyecto con denominación y fundamento, objetivos, actuaciones, metodología, destinatarios, lugares, fechas y recursos propios
- Presupuesto de gastos desglosado
- Presupuesto de ingresos desglosado