Subvenciones para entidades animalistas de Esparreguera
Subvención municipal para proyectos de protección y bienestar animal en Esparreguera
Lo que significa
- Qué es
- Subvención municipal en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Esparreguera para proyectos de protección y bienestar animal.
- Para quién
- Asociaciones y fundaciones animalistas sin ánimo de lucro de Esparreguera.
- Cuánto
- No hay cuantía fija por entidad: el importe se calcula en proporción a los puntos obtenidos en la valoración y nunca supera el importe solicitado ni el coste de la actividad
- Qué cubre
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- Material para la actividad: juegos para animales, camas, casetas, comederos y material de difusión
- Trabajos de empresas o profesionales externos: ponencias, dinamización de talleres y atención veterinaria
- Costes indirectos y generales de funcionamiento, hasta el 5% del presupuesto subvencionable
- Requisitos
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- Eres una asociación o fundación animalista sin ánimo de lucro de Esparreguera
- Tu entidad está inscrita en el Registro Municipal de Entidades
- Vas a realizar tú la actividad para la que pides la subvención
- Estás al corriente de justificar las subvenciones municipales de ejercicios anteriores
- Presentas una declaración responsable de que cumples los requisitos para ser beneficiaria
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecuta las actividades subvencionadas y justifícalas: el presupuesto que presentaste con la solicitud es vinculante, aunque se admiten compensaciones entre los distintos gastos que lo forman
- Justifica los gastos en el plazo de un mes desde que termina el periodo de ejecución
- Mantente al corriente de tus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la hacienda municipal
- Comunica al ayuntamiento cualquier otra subvención que pidas u obtengas para la misma finalidad
- Conserva los justificantes del dinero recibido durante al menos 6 años
- Haz constar la colaboración del ayuntamiento en la documentación impresa y en los medios de difusión
- Cuándo
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El plazo es de veinte días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 14 de julio de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación o fundación animalista sin ánimo de lucro de Esparreguera
- Tu entidad está inscrita en el Registro Municipal de Entidades
- Quieres hacer una campaña de sensibilización sobre el bienestar animal
- Colaboras en la gestión de las colonias de gatos ferales del municipio
- Difundes las ventajas de la adopción frente a la compraventa de animales
- Vas a desarrollar el proyecto durante el año natural de la convocatoria
- Eres una persona física: solo pueden pedirla personas jurídicas
- Tu entidad tiene ánimo de lucro
- Tu asociación o fundación no es de Esparreguera
- Tu entidad no está inscrita en el Registro Municipal de Entidades
- Tienes subvenciones municipales de ejercicios anteriores sin justificar
Cuánto puedes recibir
La convocatoria de 2026 reparte un presupuesto total de 3.500 euros entre todas las solicitudes, así que no hay una cuantía fija por entidad. El importe de cada entidad se fija en proporción a los puntos que obtiene en la valoración: con los puntos totales de todas las entidades y el crédito consignado se calcula un valor por punto, y el importe resultante se reparte luego entre las actividades presentadas según el déficit que cada una representa sobre lo solicitado. La subvención de cada actividad nunca supera el importe solicitado ni el coste de la actividad, y si la suma de las entidades con derecho a subvención supera el crédito disponible se prorratea. Cobras un anticipo del 50% del importe concedido cuando se otorga la subvención, siempre que la hayas aceptado expresamente, y el 50% restante una vez justificada la actividad.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Descarga los modelos normalizados de solicitud y anexos en la web municipal
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Prepara la solicitud con la declaración responsable y los datos bancarios de la entidad
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Redacta una memoria descriptiva por cada actividad para la que pides subvención
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Rellena la autoevaluación de los criterios generales
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Presenta una sola solicitud por entidad dentro del plazo de veinte días hábiles
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Acepta la subvención con el modelo normalizado cuando te comuniquen la concesión
Documentación necesaria
- Solicitud con declaración responsable (modelo normalizado)
- Autoevaluación de los criterios generales
- Memoria descriptiva del proyecto o actividad (Anexo 1)
- Datos bancarios de la entidad
- Acreditación de la inscripción en el Registro Municipal de Entidades, de su vigencia y de la representación; si la entidad está inscrita, los documentos de identificación y representación se sustituyen por una declaración jurada de que la documentación del registro sigue vigente
- Solo si la entidad no está inscrita en el Registro Municipal de Entidades: fotocopia del DNI del representante legal, fotocopia del número de identificación fiscal de la entidad, escritura de constitución y estatutos, y poderes de representación o certificado del secretario que acredite la representación legal