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Ayudas Claras
Subvenciones Valencia Educación
Educación Valencia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para AMPA de centros escolares de Carcaixent

Hasta el 100% de los gastos de actividades de las AMPA de Carcaixent

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Carcaixent para actividades y suministros para la comunidad educativa
Para quién
Asociaciones de madres y padres de alumnado de los centros de Carcaixent sostenidos con fondos públicos
Cuánto
Hasta el 100% de los gastos subvencionables solicitados, con el límite del crédito disponible
Qué cubre
  • Gastos de las actividades que organizáis en beneficio de la comunidad educativa
  • Suministros en beneficio de la comunidad educativa
  • Productos de alimentación que uséis en actividades y talleres relacionados con esas actividades
Requisitos
  • Tu asociación es de madres y padres de alumnado de un centro de Carcaixent sostenido con fondos públicos
  • Estáis legalmente constituidos
  • Estáis inscritos en el registro municipal de asociaciones
  • Tu asociación tiene como finalidad los objetivos que recoge la convocatoria

    Fomento de la integración y de la convivencia; promoción de actividades culturales, sociales, deportivas, lúdicas, medioambientales, científicas y artísticas donde participe la comunidad educativa; recuperación de tradiciones y costumbres populares; difusión de valores de solidaridad e igualdad; fomento de actividades que favorezcan la inclusión educativa y la compensación de desigualdades.

  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica al menos el importe total de la subvención concedida con facturas y justificantes de pago
  • Presenta la cuenta justificativa con una memoria final detallada de todas las actividades
  • Aporta material gráfico en el que conste la colaboración del Ayuntamiento
  • Detalla otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada
  • Presenta la justificación como fecha máxima el 31 de enero de 2027
Cuándo

El plazo es de veinte días naturales desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 29 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu asociación de madres y padres es de un centro de Carcaixent sostenido con fondos públicos
  • Organizas actividades culturales, deportivas o lúdicas con la comunidad educativa
  • Has hecho gastos de actividades entre septiembre de 2025 y junio de 2026
  • Tu asociación está inscrita en el registro municipal de asociaciones
  • Pertenecéis a la Escuela Infantil Municipal la Vieta o al Conservatorio Mestre Vert
  • Tu asociación no está legalmente constituida
  • No estáis inscritos en el registro municipal de asociaciones
  • Tu centro educativo está fuera de Carcaixent
  • Tu centro no se sostiene con fondos públicos
  • Formáis una agrupación de personas sin personalidad jurídica

Cuánto puedes recibir

Puedes recibir hasta el 100% de los gastos subvencionables que solicites, con el límite del crédito disponible en la convocatoria. El 25% de la subvención se reparte de manera igualitaria entre las asociaciones que se presentan y el resto en proporción a los gastos realizados y justificados adecuadamente. La cuantía concreta de tu asociación es la que señale la resolución aprobada, y nunca puede superar el coste de la actividad subvencionada.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación de tu asociación y la relación de actividades de septiembre de 2025 a junio de 2026

  2. Firma la solicitud y el resto de documentos con el certificado de persona jurídica o con el certificado digital de quien os represente

  3. Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento de Carcaixent, dirigida a la Alcaldía o a la concejalía correspondiente

  4. Rectifica la solicitud en el plazo máximo e improrrogable de 10 días si la comisión de valoración te lo requiere

  5. Espera la resolución, que se notifica en un plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria

Documentación necesaria

  • Solicitud firmada por el representante legal de la entidad solicitante
  • Información sobre quien presenta la documentación
  • Información sobre la asociación
  • Relación de miembros de la junta directiva
  • Relación de actividades de septiembre de 2025 a junio de 2026
  • Relación de las facturas que justifican la actividad subvencionada, sin adjuntar las facturas ni los justificantes de pago
  • Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento y de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Documentos de estar al corriente con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social, si la subvención es superior a 3.000 €

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir esta subvención si ya tengo otras ayudas para lo mismo?
Sí. Esta subvención es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos de otras entidades públicas o privadas, en los términos de la ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento. La suma nunca puede superar el coste de la actividad subvencionada.
¿Qué pasa si mi solicitud tiene errores o le falta algo?
La comisión de valoración puede pedirte que la rectifiques en un plazo máximo e improrrogable de 10 días. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de la solicitud.
¿Hasta cuándo tengo para justificar el gasto?
El plazo de justificación de las subvenciones concedidas finaliza el 31 de enero de 2027. Si la justificación presentada en plazo tiene defectos corregibles, te dan 10 días más para arreglarlos.
¿Qué ocurre si no me notifican la resolución?
Si vence el plazo máximo de seis meses sin notificarte la resolución, puedes entender desestimada tu solicitud por silencio administrativo.
¿Vale un pago en efectivo para justificar un gasto?
Se admite solo en gastos inferiores a 1.000,00 euros, con un documento conformado y firmado por el proveedor en el que consten la palabra PAGADO, la firma y el nombre, apellido y DNI de quien firma.

Fuentes oficiales

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