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Ayudas Claras
Subvenciones Sevilla Económico
Económico Sevilla Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a asociaciones de Utrera para proyectos

Hasta el 100% del proyecto para asociaciones y entidades ciudadanas de Utrera

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Utrera para proyectos y actividades de utilidad pública o interés social.
Para quién
Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro de Utrera: vecinales, culturales, sociales, juveniles, deportivas, de medio ambiente o de salud.
Cuánto
Hasta el 100% del presupuesto de la actividad o proyecto
Qué cubre
  • Gastos corrientes propios de la actividad o el proyecto subvencionado
  • Actividades y mantenimiento de sedes sociales
  • Reparaciones, mantenimiento y conservación de la sede social que no cubra el seguro, como roturas de cristales, fugas de agua, pintura o desperfectos
Requisitos
  • Tu entidad está inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas
  • Presentas un proyecto o actividad de medio ambiente, salud pública o participación ciudadana
  • Tienes en vigor una póliza de responsabilidad civil que da a las personas asociadas la condición de terceros
  • Declaras que tu entidad tiene fines sociales y cumple la normativa laboral y los convenios colectivos
  • Cumples los requisitos antes de que acabe el plazo de solicitudes y los mantienes hasta justificar la subvención
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza la actividad que fundamenta la subvención en los términos concedidos y dentro del plazo establecido
  • Justifica la subvención con el modelo de cuenta justificativa establecido (Anexo VI)
  • Sométete a las comprobaciones del Ayuntamiento y facilita los datos y documentos que te pida
  • Conserva los documentos justificativos del destino de los fondos durante al menos cinco años
  • Da difusión de que la actividad está subvencionada por el Ayuntamiento de Utrera con su identidad corporativa
  • Comunica en un plazo máximo de quince días cualquier otra ayuda que solicites u obtengas para la misma finalidad
Cuándo

El plazo es de siete días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 29 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu entidad está inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas
  • Quieres financiar un proyecto o actividad de medio ambiente
  • Organizas actividades de promoción de la salud pública
  • Necesitas costear el mantenimiento de tu sede social
  • Promueves proyectos de fomento de la participación ciudadana
  • Presentas la solicitud fuera del plazo fijado en la convocatoria
  • Ya has solicitado al Ayuntamiento de Utrera otra ayuda para el mismo proyecto
  • Tu entidad no está inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas
  • Presentas varias solicitudes a una misma línea de subvención, porque entonces se desestiman todas

Cuánto puedes recibir

La subvención puede llegar a cubrir el 100% del presupuesto de la actividad o el proyecto que presentes. En ningún caso el importe concedido puede superar, solo o sumado a otras ayudas, el coste de la actividad. El pago es anticipado: cobras el 100% del importe otorgado con la resolución de concesión, antes de justificar el gasto, y no se te exige ningún tipo de garantía.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne el proyecto de actividades, los autobaremos y los certificados que pide la convocatoria

  2. Presenta la solicitud firmada por la presidencia o la representación legal en la sede electrónica del Ayuntamiento, dentro de los siete días hábiles

  3. Subsana la solicitud en cinco días hábiles si el Ayuntamiento te lo requiere

  4. Responde al trámite de audiencia en cinco días hábiles para aceptar, alegar o reformular la subvención propuesta

Documentación necesaria

  • Solicitud (Anexo I)
  • Proyecto de actividades (Anexo II)
  • Certificado de representación legal de la entidad (Anexo III)
  • Declaración responsable de fines sociales, cumplimiento de la normativa laboral y de los convenios colectivos y cuenta bancaria (Anexo IV)
  • Autobaremo de criterios generales (Anexo VII)
  • Autobaremo de criterios específicos de la línea por la que optes (Anexos IX, XI, XIII o XV)
  • Póliza del seguro de responsabilidad civil en vigor, donde conste que las personas asociadas tienen la condición de terceros, y justificante de su pago
  • Certificado de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  • Certificado de la cuenta bancaria, salvo si ya recibiste subvención del Ayuntamiento de Utrera y no han cambiado los datos

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya tengo otra ayuda para el mismo proyecto?
No, si esa otra ayuda la has solicitado u obtenido del Ayuntamiento de Utrera para la misma actividad o proyecto. Sí es compatible con ayudas de otras administraciones o entidades públicas o privadas para la misma finalidad, siempre que entre todas no superen el coste de la actividad.
¿Qué pasa si mi solicitud está incompleta?
El Ayuntamiento te requerirá para que la subsanes en cinco días hábiles. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu petición.
¿Cuánto tarda en resolverse?
El plazo de resolución y notificación es de dos meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el diario oficial. Si pasa ese plazo sin notificación, tu solicitud se entiende desestimada.
¿Qué ocurre si justifico menos gasto del presupuesto aceptado?
Tendrás que reintegrar la parte proporcional de la subvención correspondiente al gasto que no hayas ejecutado.
¿Qué pasa si no presento los formularios de autobaremo?
Esos criterios no se podrán puntuar y recibirás cero puntos en el proceso de valoración. Tampoco se tienen en cuenta los criterios que no hayas autobaremado.

Fuentes oficiales

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