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Ayudas Claras
Subvenciones Fuerteventura Económico
Económico Fuerteventura Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a protectoras de animales en Puerto del Rosario

Hasta el 100% del coste del proyecto de bienestar animal de tu asociación, con tope del 25% del crédito

Lo que significa

Qué es
Subvención municipal en concurrencia competitiva para proyectos de protección y bienestar animal en Puerto del Rosario
Para quién
Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro dedicadas a la protección y defensa de los animales de compañía
Cuánto
Según la puntuación de tu proyecto, hasta el 100% de su coste y nunca más del 25% del crédito de la convocatoria
Qué cubre
  • Gastos veterinarios: identificación, tratamientos preventivos, desparasitación y esterilización
  • Alimentación, materiales de propaganda o publicidad y seguros de las actividades
  • Mantenimiento del núcleo zoológico registrado o de la sede de la asociación

    Incluye agua, luz y alquiler. El mantenimiento de la sede es incompatible con el del núcleo zoológico registrado para el albergue temporal de animales de compañía abandonados.

Requisitos
  • Tu entidad es una asociación sin ánimo de lucro con fines de bienestar animal
  • Tiene domicilio social y ámbito de actuación en Puerto del Rosario
  • Está inscrita en el Registro Canario de Asociaciones y en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas al terminar el plazo de solicitud
  • Lleva constituida legalmente al menos seis meses antes de publicarse la convocatoria
  • Has justificado las subvenciones que te concedió antes el Ayuntamiento
  • El proyecto se ejecuta en el municipio entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza el proyecto y cumple la finalidad por la que te concedieron la subvención
  • Justifica la subvención como máximo el 31 de enero de 2027, con memoria técnica y memoria económica
  • Comunica al Ayuntamiento cualquier otra subvención o ingreso que financie la misma actividad
  • Indica en la información y la publicidad del proyecto que está subvencionado por la Concejalía de Bienestar Animal
  • Avisa al Ayuntamiento de cualquier eventualidad que surja durante el desarrollo de la actividad
  • Conserva los justificantes de la actividad mientras puedan ser objeto de comprobación y control
Fechas estimadas
  • Abre: 29 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 12 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu asociación trabaja en la protección y defensa de los animales de compañía
  • Tienes el domicilio social de la entidad en Puerto del Rosario
  • Vas a desarrollar un proyecto de bienestar animal en el municipio durante 2026
  • Gestionas colonias felinas con captura, esterilización y retorno
  • Dispones de instalaciones inscritas como núcleo zoológico para acoger animales
  • Haces campañas educativas para reducir el abandono y fomentar las adopciones
  • Tu entidad persigue ánimo de lucro
  • El proyecto se desarrolla fuera del término municipal de Puerto del Rosario
  • Tu entidad lleva constituida menos de seis meses
  • Las actividades se dirigen solo a las personas asociadas de la entidad
  • Presentas actividades recreativas como comidas o cenas de la entidad
  • Existe una convocatoria específica del Ayuntamiento para ese mismo objetivo

Cuánto puedes recibir

La cuantía individual se calcula repartiendo el crédito total de 20.000 € entre las entidades beneficiarias de forma proporcional a la puntuación que obtenga cada una. Esa cuantía no puede superar en ningún caso el importe que hayas solicitado, el coste total del proyecto ni el 25% del crédito total de la convocatoria, un límite previsto para que el crédito no se concentre en una sola entidad. Dentro de esos límites la subvención puede llegar a cubrir hasta el 100% del coste del proyecto. Si por aplicación de esos topes queda crédito sobrante, se redistribuye entre el resto de entidades beneficiarias que no hayan alcanzado su importe solicitado. Solo puedes presentar un proyecto o programa por cada entidad. La suma de todas las ayudas que recibas no puede superar el coste total de la actividad subvencionada.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara la memoria del proyecto con el cronograma y el presupuesto de gastos e ingresos

  2. Reúne los estatutos, los certificados de inscripción en los registros y las declaraciones responsables

  3. Presenta la solicitud dirigida a la Alcaldía en el registro electrónico del Ayuntamiento, dentro de los 15 días naturales siguientes a la publicación en el boletín de la provincia

  4. Subsana la documentación que te requieran en el plazo de diez días hábiles

  5. Consulta la propuesta de resolución provisional en el tablón de anuncios y presenta alegaciones en diez días hábiles si procede

  6. Acepta expresamente la subvención concedida en los diez días hábiles siguientes a su notificación

Documentación necesaria

  • Solicitud dirigida a la Alcaldía (Anexo I)
  • Fotocopia del DNI del presidente o representante legal de la entidad
  • Certificado de la entidad que acredite el cargo del presidente o representante legal
  • Certificación del acta de la Junta Directiva o de la Asamblea General del nombramiento vigente
  • Documento de identificación fiscal de la entidad
  • Estatutos vigentes de la asociación debidamente registrados
  • Certificado actualizado de inscripción en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas o en el Registro de Asociaciones de Canarias
  • Registro como asociación colaboradora para la protección y defensa de animales de compañía de Canarias
  • Registro de explotaciones ganaderas de Canarias, si dispones de instalaciones para el alojamiento temporal de animales
  • Memoria explicativa del carácter de la subvención y de su incidencia social, con el contenido mínimo del Anexo III
  • Memoria del proyecto con cronograma y descripción de las actuaciones
  • Presupuesto de gastos e ingresos del proyecto (Anexo IV)
  • Presupuesto anual o cuentas anuales aprobadas por el órgano competente de la entidad
  • Declaración responsable de las subvenciones obtenidas para la misma finalidad (Anexo II)
  • Certificados de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Agencia Tributaria Canaria y la Tesorería General de la Seguridad Social
  • Certificado de la Secretaría de la entidad con el número de personas asociadas y voluntarias activas
  • Certificación del acuerdo de la Junta Directiva por el que se acordó solicitar la subvención
  • Certificación o declaración responsable de carecer de fines de lucro y de tener el bienestar animal entre los fines estatutarios
  • Alta a terceros del Ayuntamiento de Puerto del Rosario
  • Convenio, acuerdo de colaboración o documento de compromiso de las entidades participantes

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar más de un proyecto?
No. Solo puede presentarse un proyecto o programa por cada entidad, y no se autorizan cambios de destino de la subvención concedida.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, con subvenciones de otras administraciones públicas o de instituciones privadas, pero no con otras del propio Ayuntamiento para la misma finalidad. La suma de todas las ayudas no puede superar el coste total de la actividad.
¿Qué pasa si falta algún documento en mi solicitud?
El Ayuntamiento te requerirá para que subsanes las faltas en diez días hábiles. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de la solicitud.
¿Cuánto tardan en resolver la convocatoria?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde la publicación de la convocatoria. Si vence sin notificación, la solicitud se entiende desestimada.
¿Puedo pedir que me paguen la subvención por adelantado?
Puedes pedirlo, pero no es automático: tienen que concurrir razones de interés público o social que lo justifiquen y debes acreditar ante el Ayuntamiento que no puedes desarrollar la actividad sin recibir antes los fondos. Si se acepta, el anticipo puede ser del 100% de la subvención concedida. La solicitud se presenta en los diez días hábiles que se abren con la propuesta de resolución provisional.

Fuentes oficiales

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