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Ayudas Claras
Subvenciones Tarragona Cultura
Cultura Tarragona Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a asociaciones de Roda de Berà 2026

Hasta el 75% del proyecto para asociaciones culturales, deportivas y vecinales

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Roda de Berà para proyectos y actividades de las entidades del municipio.
Para quién
Entidades culturales y festivas, entidades deportivas y asociaciones de vecinos de Roda de Berà.
Cuánto
Hasta el 75% del coste de la actividad o proyecto que presentas
Qué cubre
  • Organización de actividades culturales y festivas, programaciones estables y actividades puntuales
  • Promoción deportiva en el municipio y proyectos o actividades de ocio de las asociaciones de vecinos
  • Gastos de mantenimiento del funcionamiento de la entidad para llevar a cabo esas actividades
Requisitos
  • Tu entidad o asociación es del municipio de Roda de Berà
  • Tu entidad no tiene ánimo de lucro
  • Estás inscrito en el registro municipal de entidades de Roda de Berà cuando acaba el plazo de solicitud
  • Presentas un proyecto o actividad que se desarrolla entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • Tu proyecto es de difusión cultural y festiva, de fomento del deporte o de participación vecinal
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Acepta expresamente la subvención en el plazo de un mes desde la publicación de la resolución
  • Dispón de los seguros necesarios y adecuados para el tipo de actividad que organizas
  • Haz constar en el material de difusión y publicitario que el acto se celebra con el apoyo del Ayuntamiento de Roda de Berà
  • Declara al ayuntamiento las demás subvenciones, ayudas, patrocinios y aportaciones que recibas para la actividad
  • Justifica la subvención con la memoria de la actuación, la relación de gastos y la relación de ingresos
  • Facilita al ayuntamiento la comprobación de la actividad y conserva la documentación contable que te puedan exigir
Cuándo

El plazo es de un mes desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 29 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad cultural o festiva del municipio de Roda de Berà
  • Eres una entidad deportiva de Roda de Berà
  • Eres una asociación de vecinos de Roda de Berà
  • Vas a organizar un proyecto o actividad durante 2026
  • Tu entidad está inscrita en el registro municipal de entidades
  • Tu actividad tiene carácter lucrativo
  • Tu actividad es confesional o política
  • Solo quieres comprar material de uso personal y privado
  • Tu entidad no está inscrita en el registro municipal de entidades
  • Tu actividad excluye a parte de la población

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo el 75% del coste de la actividad o proyecto que presentas. El reparto se hace por puntos: el importe consignado se divide entre el total de puntos que obtienen las entidades beneficiarias. Si eres una asociación de vecinos, cobras primero una cantidad fija inicial equivalente al 30% del importe consignado repartido entre los solicitantes que cumplen los requisitos, y el 70% restante se reparte según la puntuación obtenida. Puedes cobrar un anticipo de hasta el 75% de la cantidad concedida y el 25% restante se abona cuando se acepta la justificación.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara el proyecto o la actividad que quieres que te subvencionen

  2. Presenta la solicitud en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el boletín oficial de la provincia de Tarragona

  3. Aporta la documentación que te requiera el ayuntamiento si falta algo en tu solicitud

  4. Espera la valoración de la comisión calificadora, que puntúa tu proyecto según el baremo

  5. Consulta la resolución en el tablón electrónico del ayuntamiento

  6. Acepta expresamente la subvención en el plazo de un mes desde la publicación de la resolución

Documentación necesaria

  • Memoria del proyecto, con la descripción detallada de las actividades y de los recursos humanos y materiales
  • Certificado del acuerdo de solicitud de la subvención
  • Declaración de las subvenciones o ayudas recibidas o solicitadas
  • Impreso de transferencia bancaria sellado por la entidad
  • Declaración responsable de que la actividad no supone contacto habitual con menores o, en caso contrario, de que se dispone de los certificados de delitos contra la libertad e indemnidad sexuales
  • Declaración responsable sobre las retribuciones anuales de los órganos de dirección o administración, si eres persona jurídica y resultas beneficiario de una subvención de importe superior a 10.000 euros
  • Documentación adicional complementaria que estimes oportuno acompañar

Preguntas frecuentes

¿Puedo recibir otras ayudas para la misma actividad?
Sí, esta subvención es compatible con otras subvenciones, ayudas o ingresos. Eso sí, el importe de las ayudas recibidas para la misma finalidad no puede superar el coste total de la actividad o proyecto.
¿Hasta cuándo tengo para justificar la subvención?
El plazo lo fija la convocatoria correspondiente. Si no lo especifica, el plazo es el 31 de marzo del año siguiente al de la concesión.
¿Tengo que presentar las facturas si me conceden poco dinero?
Cuando el importe concedido es inferior a 5.000 euros no es obligatorio presentar las facturas ni los documentos justificantes del gasto.
¿Qué pasa si gasto menos de lo que había presupuestado?
Si el coste final de la actividad es inferior al presupuestado, la cuantía de la subvención se reduce en la misma proporción. Si no llegas al gasto mínimo establecido, la subvención se revoca.
¿Qué pasa si no resuelven mi solicitud a tiempo?
El plazo para resolver y notificar no puede exceder de tres meses desde la publicación de la convocatoria en el boletín. Si vence sin notificación, puedes entender desestimada tu petición por silencio administrativo.

Fuentes oficiales

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