Subvenciones a asociaciones y grupos de Sigüenza 2026
Subvención por concurrencia para actividades de asociaciones de Sigüenza.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Sigüenza para gastos corrientes de actividades de asociaciones del municipio.
- Para quién
- Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro de Sigüenza y personas que representan a un grupo en una iniciativa esporádica.
- Cuánto
- Consulta directamente con la administración
- Qué cubre
-
- Gastos de organización de actos y actividades deportivas o de promoción del deporte
- Espectáculos de música, corales y agrupaciones musicales, y actividades de artes, ciencias y letras
- Programas de juventud, infancia y servicios sociales, incluidas actividades de verano y cursos de formación
- Requisitos
-
- Tu entidad está domiciliada o tiene su residencia en el municipio de Sigüenza
- Estás inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones y en los demás registros que te correspondan
- Estás al corriente de tus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento
- Has justificado, o devuelto si procedía, las subvenciones que te concedieron antes
- Dispones de una estructura organizativa mínima para poder ejecutar la actividad
-
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
-
- Realiza la actividad dentro del año en curso
- Acredita ante el Ayuntamiento que has realizado la actividad y cumplido las condiciones
- Sométete a las actuaciones de comprobación y de control financiero
- Haz constar la colaboración del Ayuntamiento e incluye su logotipo en la publicidad
- Comunica cualquier modificación del proyecto para que te la autoricen
- Presenta la justificación antes del 30 de noviembre del año en curso
- Cuándo
-
El plazo es de treinta días naturales desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 17 de junio de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación o entidad sin ánimo de lucro domiciliada en Sigüenza
- Representas a un grupo que organiza una iniciativa esporádica en el municipio
- Organizas actos deportivos, espectáculos de música o actividades culturales
- Tienes un programa de juventud, infancia o servicios sociales
- Vas a realizar la actividad este año dentro del municipio
- Tu entidad recibe una subvención nominativa o una transferencia específica del Ayuntamiento
- Tu asociación no está domiciliada en el municipio
- La actividad está subvencionada en su totalidad por la Diputación, la comunidad autónoma u otro organismo
- Lo que quieres financiar son comidas, meriendas o actividades similares
- La actividad se realiza fuera del término municipal de Sigüenza
Cuánto puedes recibir
El importe por solicitante no está especificado; consulta directamente con la administración. La Concejalía resuelve la cuantía a partir del informe técnico de puntuación y queda limitada por las consignaciones presupuestarias existentes. Se abona en un pago único por el importe concedido, una vez que has justificado la actividad. Sumando esta y otras ayudas no puedes superar el 100% del coste final acreditado de la actividad.
Cómo solicitarla, paso a paso
-
Reúne el proyecto detallado de la actividad con objetivos, plazos, participantes y presupuesto
-
Presenta la solicitud con el modelo oficial en la sede electrónica del Ayuntamiento de Sigüenza, dentro de los 30 días naturales siguientes a la publicación de la convocatoria en el boletín provincial
-
Subsana en 10 días los defectos de la documentación si el Ayuntamiento te lo pide
-
Justifica la actividad antes del 30 de noviembre con la memoria, la certificación del gasto y las facturas originales
Documentación necesaria
- Proyecto detallado con objetivos, actividades, plazos, participantes y presupuesto
- Declaración sobre otras ayudas o subvenciones recibidas
- Declaración responsable de estar al corriente con el Ayuntamiento, la Seguridad Social y la Agencia Tributaria
- Ficha de terceros cumplimentada
- Fotocopia del DNI del solicitante
- Fotocopia del CIF