Subvenciones a asociaciones de Jimena de la Frontera
Hasta 2.000€ por asociación para proyectos culturales, deportivos y sociales
Lo que significa
- Qué es
- Subvención municipal por concurrencia competitiva para el funcionamiento y los proyectos de las asociaciones de Jimena de la Frontera.
- Para quién
- Asociaciones sin ánimo de lucro, clubes deportivos, hermandades y cofradías de Jimena de la Frontera.
- Cuánto
- Hasta 2.000€ por asociación, a razón de 20€ por punto obtenido
- Qué cubre
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- Gastos de las actividades del proyecto
Alquiler de espacios y equipos, actuaciones y servicios profesionales, material fungible, trofeos y premios, cartelería y difusión, seguros y transporte vinculado a las actividades.
- Gastos de personal
- Gastos de funcionamiento de la asociación
Suministros de la sede, gestoría, cuotas federativas y similares.
- Gastos de las actividades del proyecto
- Requisitos
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- Tu asociación o club deportivo tiene sede en el municipio de Jimena de la Frontera
- Estás inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento
- El fin estatutario principal de tu entidad es uno de los admitidos
Actividades sociales o asistenciales, culturales, deportivas, educativas, juveniles, medioambientales, de patrimonio, turísticas, recreativas o de ocio. También pueden solicitarla las hermandades y cofradías.
- Presentas copia de la tarjeta de identificación fiscal y de los estatutos
- Aportas una memoria del funcionamiento de los tres últimos años, o desde que se constituyó la entidad
- Has justificado y, en su caso, reintegrado las ayudas municipales que recibiste antes
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza la actividad por la que te conceden la subvención
- Justifica el gasto como máximo el 28 de febrero de 2027
- Justifica al menos un gasto igual al importe que te concedan
- Comunica al Ayuntamiento cualquier otra ayuda que financie las mismas actividades
- Publica en redes sociales, en tu web o en un medio de comunicación que el Ayuntamiento apoya el proyecto
- Sométete a las actuaciones de comprobación y control financiero del Ayuntamiento
- Cuándo
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El plazo es de quince días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 29 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu asociación sin ánimo de lucro tiene sede en Jimena de la Frontera
- Eres un club deportivo con sede en el municipio
- Tu entidad está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones
- Formas parte de una hermandad o cofradía del municipio
- Vas a realizar actividades culturales, deportivas, sociales o de ocio en 2026
- Necesitas financiar el funcionamiento ordinario de tu asociación
- Tu entidad no está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones
- Tu asociación no tiene sede en Jimena de la Frontera
- Tienes pendiente justificar una subvención municipal anterior
- No has reintegrado una ayuda anterior que te reclamaron
- Solo quieres financiar inversiones o bienes inventariables
Cuánto puedes recibir
Cada asociación puede recibir como máximo 2.000€. La cantidad depende de la puntuación que obtengas en el baremo: 100 puntos equivalen a 2.000€ y el resto de puntuaciones cobran la parte proporcional, a 20€ por punto. Si la suma de todas las solicitudes admitidas supera los fondos de la convocatoria, el valor del punto se reduce proporcionalmente, y en ningún caso cobrarás más que el importe del proyecto que presentaste. La subvención es prepagable: se abona una vez resuelta la convocatoria.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la tarjeta de identificación fiscal, los estatutos y la memoria de los tres últimos años
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Rellena el proyecto y el presupuesto de gastos e ingresos del Anexo II
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Completa la autobaremación de tu puntuación del Anexo VII
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Pide los certificados de estar al corriente con la Seguridad Social y con Hacienda
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Presenta la solicitud con firma electrónica en la sede electrónica del Ayuntamiento
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Subsana en 10 días hábiles si el Ayuntamiento te requiere documentación
Documentación necesaria
- Copia del documento de identificación fiscal de la asociación
- Copia de los estatutos
- Memoria que justifique el funcionamiento en los tres últimos años, o desde la constitución de la entidad
- Proyecto para cuya financiación pides la subvención (Anexo II)
- Presupuesto pormenorizado de gastos e ingresos del proyecto (apartado 7 del Anexo II)
- Certificados de estar al corriente con la Seguridad Social y con las obligaciones tributarias estatales, autonómicas y locales
- Declaración responsable de no estar incursa en las prohibiciones para ser beneficiaria (Anexo V)
- Relación de otras subvenciones o ayudas para las mismas actividades, o declaración de no haberlas obtenido (Anexo V)
- Certificado del número de socios (Anexo III)
- Certificado del acuerdo de la Junta Directiva para solicitar la subvención (Anexo IV)
- Declaración responsable de aceptación de las bases y de no tener pendiente la justificación de subvenciones anteriores (Anexo V)
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria a nombre de la asociación
- Autobaremación de la puntuación (Anexo VII)