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Ayudas Claras
Subvenciones Asturias Agricultura
Agricultura Asturias Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a explotaciones agrarias por incendios en Asturias

Hasta 30.000€ por beneficiario para reponer cierres, colmenas y bolas de silo

Lo que significa

Qué es
Subvención de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria de Asturias para reponer medios de producción agrarios quemados en incendios
Para quién
Agricultores y ganaderos asturianos, personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones agrarias
Cuánto
  • Según el tipo y las unidades de daños, con un máximo de 30.000€ por beneficiario
    DañoAyuda
    Bola de silo quemada35€ por bola
    Colmena afectada directamente por el incendio150€ por colmena
    Pérdida de producción de colmena afectada directamente166,42€ por colmena
    Colmena hasta 500 m del perímetro83,21€ por colmena
    Colmena entre 501 y 1.000 m del perímetro56,58€ por colmena
    Colmena entre 1.001 y 1.500 m del perímetro33,28€ por colmena
    Colmena entre 1.501 y 2.000 m del perímetro11,65€ por colmena
    Cierre de alambre con estacas de madera8,42€ por metro lineal
    Cierre de malla metálica con postes de madera9,15€ por metro lineal
    Cercado metálico con postes de acero galvanizado20€ por metro lineal
    El límite es de 30.000€ por beneficiario. En cierres medianeros se abona el 50% a cada uno de los solicitantes. Si al aplicar los importes se supera el crédito, se prorratea entre los beneficiarios.
Qué cubre
  • Reposición de los cierres de la explotación dañados por el fuego
  • Colmenas y enjambres dañados y pérdida de producción apícola
  • Bolas de silo quemadas
Requisitos
  • Eres persona física o jurídica titular de una explotación agraria inscrita en el registro administrativo correspondiente
  • Ejerces la actividad agraria, agricultura y/o ganadería
  • Tienes la actividad empresarial radicada en el territorio del Principado de Asturias
  • Has sufrido daños en los medios de producción de tu explotación por los incendios de agosto de 2025 en los concejos de Cabrales, Cangas del Narcea, Caso, Degaña, Ibias, Onís, Ponga y Somiedo, dentro de los perímetros delimitados en la convocatoria
  • No eres deudor de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas, liquidadas y exigibles
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Cumple el objetivo que fundamenta la concesión de la subvención
  • Sométete a las comprobaciones y controles financieros del órgano concedente
  • Aporta cuanta información te requieran en esas comprobaciones
  • Comunica en cuanto lo sepas cualquier otra ayuda o ingreso que financie lo subvencionado
  • Devuelve el dinero percibido si incumples las condiciones de la concesión
  • Devuelve el exceso si las ayudas que cobras superan el valor del daño sufrido
Cuándo

El plazo es de veinte días naturales desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 28 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres titular de una explotación agraria inscrita en el registro correspondiente
  • Ejerces actividad agrícola o ganadera radicada en el Principado de Asturias
  • Los incendios de agosto de 2025 en Cabrales, Cangas del Narcea, Caso, Degaña, Ibias, Onís, Ponga o Somiedo destruyeron medios de producción de tu explotación
  • Perdiste bolas de silo, colmenas o cierres a causa del fuego
  • Tienes colmenas a menos de 2 km del perímetro del incendio
  • Tu explotación agraria no está inscrita en el registro administrativo correspondiente
  • Tu actividad empresarial no está radicada en el Principado de Asturias
  • Tus daños no vienen de los incendios de agosto de 2025 en los concejos de Cabrales, Cangas del Narcea, Caso, Degaña, Ibias, Onís, Ponga y Somiedo
  • Eres deudor de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas
  • Ya has agotado el límite de 50.000€ de ayudas de mínimis en tres años

Cuánto puedes recibir

Cobras en función del tipo y las unidades de medios de producción dañados: 35€ por cada bola de silo quemada, 150€ por colmena afectada directamente por el fuego más 166,42€ por la pérdida de producción, entre 11,65€ y 83,21€ por colmena situada a menos de 2 km del perímetro del incendio, y entre 8,42€ y 20€ por metro lineal de cierre según su tipo. El límite es de 30.000€ por beneficiario y, si el conjunto de solicitudes supera el crédito, los importes se prorratean. El pago se hace efectivo en un único pago en la cuenta bancaria que indiques en la solicitud.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la declaración responsable de tu condición de agricultor o ganadero y de los daños sufridos, con planos o croquis que sitúen los daños y las unidades afectadas

  2. Presenta la solicitud por medios electrónicos en la sede electrónica del Principado de Asturias dentro de los veinte días naturales

  3. Subsana en el plazo improrrogable de diez días lo que te requieran si la documentación está incompleta

  4. Espera las comprobaciones del servicio instructor, que revisa los daños sobre el terreno, con imágenes satelitales y consultando registros oficiales

  5. Consulta la resolución, que se publica en el tablón de anuncios de la sede electrónica y en el boletín oficial del Principado de Asturias

  6. Cobra la ayuda en un único pago en la cuenta bancaria que indicaste

Documentación necesaria

  • Formulario normalizado de solicitud (anejo de la convocatoria)
  • Documento acreditativo de la representación, en su caso
  • Declaración responsable de que no estás incurso en prohibiciones para ser beneficiario, de las subvenciones solicitadas y concedidas con la misma finalidad, de si has justificado ayudas anteriores del Principado de Asturias, de hallarte al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de no ser deudor de la Hacienda asturiana
  • Declaración responsable de las ayudas de mínimis concedidas en los tres últimos años
  • Ficha de acreedores según el modelo
  • Declaración responsable de tu condición de agricultor y/o ganadero, de los medios de producción dañados por los incendios y de su localización
  • Planos o croquis con la ubicación exacta de los daños y su cuantificación en unidades dañadas

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrarla si ya he recibido otra indemnización por los mismos daños?
Sí. Esta ayuda es subsidiaria de cualquier otro sistema de cobertura de daños, público o privado, y se concede con carácter complementario cuando esos sistemas no cubren todo el daño. El importe conjunto de ayudas e indemnizaciones no puede superar el valor del daño que has sufrido.
¿Qué pasa si hay más solicitudes que dinero disponible?
Se prorratea entre los beneficiarios hasta ajustarse a la asignación presupuestaria. No se comparan las solicitudes entre sí: todas las que acrediten los requisitos pueden tener derecho a la ayuda, porque la cuantía sale de módulos fijados de antemano.
¿Qué ocurre si dos personas piden ayuda por el mismo daño?
Se atiende primero la solicitud del titular catastral de los terrenos y después la del titular de los derechos de aprovechamiento declarados en la PAC. Si ninguno de los solicitantes acredita esos derechos, se deniegan las solicitudes.
¿Tengo que justificar después en qué me gasto el dinero?
No. Los daños se acreditan durante la instrucción con la documentación que aportas y las comprobaciones que hace la Administración, y no se exige una justificación posterior de la actividad subvencionada.
¿Cuánto se tarda en resolver?
El plazo concluye a los seis meses contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el boletín oficial del Principado de Asturias. Si pasa ese plazo sin resolución, puedes entender desestimada tu solicitud.

Fuentes oficiales

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