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Ayudas Claras
Subvenciones Almería Económico
Económico Almería Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a protectoras de animales en Almería

Subvención municipal para asociaciones que protegen y dan en adopción animales

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Almería para programas de protección y adopción de animales abandonados
Para quién
Asociaciones sin ánimo de lucro dedicadas a la protección de animales abandonados y perdidos
Cuánto
El importe de cada asociación se calcula de forma proporcional a la puntuación que obtenga, sin superar lo que hayas solicitado ni el coste de la actividad
Qué cubre
  • Gastos de las adopciones de animales procedentes del centro municipal de protección y adopción animal
  • Manutención, transporte y alojamiento de los animales adoptados
  • Asistencia veterinaria, castración y esterilización de los animales
Requisitos
  • Eres una asociación sin ánimo de lucro legalmente constituida y domiciliada en Almería
  • Estás inscrita en el Registro de Asociaciones de la Junta de Andalucía
  • Estás inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Almería
  • Tus estatutos recogen como finalidad principal la defensa y protección de los animales
  • Desarrollas la actividad subvencionada en el municipio de Almería
  • Mantienes estos requisitos durante todo el periodo de realización del programa
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Cuenta con las licencias y autorizaciones municipales necesarias para tu actividad
  • Lleva un libro o sistema de registro de los animales entregados en adopción y esterilizados
  • Entrega los animales desparasitados, vacunados e identificados antes de cederlos en adopción
  • Promueve e incentiva el apadrinamiento de los animales acogidos en el centro municipal
  • Incluye la marca del Ayuntamiento de Almería y la mención a la financiación pública en tus materiales de difusión
  • Justifica la subvención en los dos meses siguientes al fin del plazo de ejecución de la actividad
Cuándo

El plazo es de diez días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 27 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación sin ánimo de lucro legalmente constituida
  • Tu asociación está domiciliada en Almería
  • Tus estatutos recogen como fin principal la defensa de los animales
  • Estás inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Almería
  • Desarrollas tu actividad en el municipio de Almería
  • Gestionas adopciones de animales del centro municipal de protección y adopción animal
  • Eres una empresa o un profesional con ánimo de lucro
  • Tu entidad tiene el domicilio fuera de Almería
  • No estás inscrita en el Registro de Asociaciones de la Junta de Andalucía
  • La protección de los animales no es la finalidad principal de tus estatutos
  • Solo quieres financiar costes indirectos o gastos de inversión
  • Te han sancionado por resolución firme por infracciones graves de protección animal

Cuánto puedes recibir

La convocatoria no fija una cuantía individual: lo que recibes se calcula de forma proporcional a la puntuación que obtengas respecto a la suma de puntos de todas las entidades beneficiarias, así que a más puntuación, más subvención. En ningún caso puede ser superior al importe que hayas solicitado ni al coste de la actividad. Del total concedido cobras un 90 % por anticipado y el 10 % restante se te abona tras la aprobación de la justificación.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Descarga el modelo de solicitud del tablón de anuncios de la web del Ayuntamiento de Almería

  2. Reúne los estatutos, las inscripciones en los registros y los certificados de estar al corriente de pagos

  3. Describe en la solicitud la actividad subvencionable, su presupuesto, tu aportación y el plazo de ejecución dentro de 2026

  4. Presenta la solicitud en los 10 días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería

  5. Subsana la documentación en 5 días hábiles si el Ayuntamiento te lo requiere

  6. Reformula tu solicitud en 5 días hábiles si la subvención propuesta es inferior a la pedida

Documentación necesaria

  • Solicitud según el modelo de la convocatoria (Anexo I), con el número de socios colaboradores voluntarios y el personal remunerado
  • Copia electrónica de la escritura de constitución o de la última modificación de los estatutos
  • Copia electrónica de la inscripción en el Registro de Asociaciones de la Junta de Andalucía y en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Almería
  • Fotocopia compulsada de la tarjeta de identificación fiscal
  • Fotocopia compulsada del DNI de quien ostenta la representación legal de la entidad
  • Memoria descriptiva y económica de los proyectos realizados en el ejercicio anterior
  • Certificado del secretario que acredite la personalidad del presidente, la fecha de la asamblea en que fue nombrado y el número de socios
  • Certificados de estar al corriente con la Seguridad Social, la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Agencia Tributaria de Andalucía y el Ayuntamiento de Almería
  • Declaración responsable de no haber recibido otras subvenciones o ayudas (Anexo III)

Preguntas frecuentes

¿Cómo se puntúan las solicitudes?
Se valoran dos cosas. Por número de socios: 2 puntos si tienes entre 1 y 29, y 5 puntos si tienes 30 o más. Y por animales adoptados en el centro municipal durante 2026: cada animal mayor de seis meses suma 0,3 puntos hasta un máximo de 65, y cada menor de seis meses suma 0,1 puntos hasta un máximo de 30.
¿Qué gastos no me van a aceptar?
No son subvencionables los costes indirectos ni los gastos de inversión. Solo cuentan los gastos realizados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 que estén directamente relacionados con el objeto de la subvención.
¿Qué pasa si recibo otra ayuda para la misma actividad?
Tienes que comunicarlo al órgano que concede la subvención en cuanto lo sepas y, en todo caso, antes de justificar los fondos. La subvención se reduce en proporción a los ingresos recibidos y nunca puede superar el coste de la actividad.
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo máximo para resolver y notificar es de tres meses desde el día siguiente al fin del plazo de presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin respuesta, puedes entender que tu solicitud ha sido desestimada.
¿Puedo tener que devolver la subvención?
Sí. Procede el reintegro si falseas las condiciones, incumples total o parcialmente la actividad, no justificas o justificas de forma insuficiente, te niegas a las actuaciones de comprobación o recibes más dinero que el coste de la actividad. También se revoca si te sancionan por resolución firme por infracciones graves o muy graves de protección animal.

Fuentes oficiales

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