Subvenciones a protectoras de animales en Almería
Subvención municipal para asociaciones que protegen y dan en adopción animales
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Almería para programas de protección y adopción de animales abandonados
- Para quién
- Asociaciones sin ánimo de lucro dedicadas a la protección de animales abandonados y perdidos
- Cuánto
- El importe de cada asociación se calcula de forma proporcional a la puntuación que obtenga, sin superar lo que hayas solicitado ni el coste de la actividad
- Qué cubre
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- Gastos de las adopciones de animales procedentes del centro municipal de protección y adopción animal
- Manutención, transporte y alojamiento de los animales adoptados
- Asistencia veterinaria, castración y esterilización de los animales
- Requisitos
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- Eres una asociación sin ánimo de lucro legalmente constituida y domiciliada en Almería
- Estás inscrita en el Registro de Asociaciones de la Junta de Andalucía
- Estás inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Almería
- Tus estatutos recogen como finalidad principal la defensa y protección de los animales
- Desarrollas la actividad subvencionada en el municipio de Almería
- Mantienes estos requisitos durante todo el periodo de realización del programa
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Cuenta con las licencias y autorizaciones municipales necesarias para tu actividad
- Lleva un libro o sistema de registro de los animales entregados en adopción y esterilizados
- Entrega los animales desparasitados, vacunados e identificados antes de cederlos en adopción
- Promueve e incentiva el apadrinamiento de los animales acogidos en el centro municipal
- Incluye la marca del Ayuntamiento de Almería y la mención a la financiación pública en tus materiales de difusión
- Justifica la subvención en los dos meses siguientes al fin del plazo de ejecución de la actividad
- Cuándo
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El plazo es de diez días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 27 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación sin ánimo de lucro legalmente constituida
- Tu asociación está domiciliada en Almería
- Tus estatutos recogen como fin principal la defensa de los animales
- Estás inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Almería
- Desarrollas tu actividad en el municipio de Almería
- Gestionas adopciones de animales del centro municipal de protección y adopción animal
- Eres una empresa o un profesional con ánimo de lucro
- Tu entidad tiene el domicilio fuera de Almería
- No estás inscrita en el Registro de Asociaciones de la Junta de Andalucía
- La protección de los animales no es la finalidad principal de tus estatutos
- Solo quieres financiar costes indirectos o gastos de inversión
- Te han sancionado por resolución firme por infracciones graves de protección animal
Cuánto puedes recibir
La convocatoria no fija una cuantía individual: lo que recibes se calcula de forma proporcional a la puntuación que obtengas respecto a la suma de puntos de todas las entidades beneficiarias, así que a más puntuación, más subvención. En ningún caso puede ser superior al importe que hayas solicitado ni al coste de la actividad. Del total concedido cobras un 90 % por anticipado y el 10 % restante se te abona tras la aprobación de la justificación.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Descarga el modelo de solicitud del tablón de anuncios de la web del Ayuntamiento de Almería
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Reúne los estatutos, las inscripciones en los registros y los certificados de estar al corriente de pagos
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Describe en la solicitud la actividad subvencionable, su presupuesto, tu aportación y el plazo de ejecución dentro de 2026
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Presenta la solicitud en los 10 días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería
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Subsana la documentación en 5 días hábiles si el Ayuntamiento te lo requiere
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Reformula tu solicitud en 5 días hábiles si la subvención propuesta es inferior a la pedida
Documentación necesaria
- Solicitud según el modelo de la convocatoria (Anexo I), con el número de socios colaboradores voluntarios y el personal remunerado
- Copia electrónica de la escritura de constitución o de la última modificación de los estatutos
- Copia electrónica de la inscripción en el Registro de Asociaciones de la Junta de Andalucía y en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Almería
- Fotocopia compulsada de la tarjeta de identificación fiscal
- Fotocopia compulsada del DNI de quien ostenta la representación legal de la entidad
- Memoria descriptiva y económica de los proyectos realizados en el ejercicio anterior
- Certificado del secretario que acredite la personalidad del presidente, la fecha de la asamblea en que fue nombrado y el número de socios
- Certificados de estar al corriente con la Seguridad Social, la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Agencia Tributaria de Andalucía y el Ayuntamiento de Almería
- Declaración responsable de no haber recibido otras subvenciones o ayudas (Anexo III)