Ayudas a asociaciones de vecinos por fiestas en Blanes
Subvención a asociaciones de vecinos de Blanes por sus fiestas de barrio de 2026
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Blanes para los gastos de las fiestas de barrio de asociaciones de vecinos.
- Para quién
- Asociaciones de vecinos del municipio de Blanes.
- Cuánto
- Cobras los gastos que acredites, con el límite del reparto de la dotación entre todas las solicitudes presentadas.
- Qué cubre
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- Gastos para cumplir la normativa de espectáculos y actividades recreativas: certificaciones eléctricas, cabinas sanitarias, controladores de acceso, vigilantes de seguridad, ambulancia medicalizada y seguro de responsabilidad civil
- Otros gastos justificados de infraestructura y funcionamiento de la fiesta, a modo de ejemplo: generadores eléctricos, consumo de energía, estructuras no permanentes desmontables, vigilantes nocturnos y otros debidamente acreditados
- Requisitos
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- Tu asociación de vecinos está domiciliada en el municipio
- Tu asociación está legalmente constituida
- Tu asociación está inscrita en el Registro Municipal de Entidades
- Organizó fiestas de barrio durante el ejercicio 2026
- Puedes acreditar los gastos de la fiesta con facturas u otros medios admitidos
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Presenta con la solicitud la documentación que acredite que celebraste las fiestas
- Justifica con facturas u otros medios los gastos por los conceptos subvencionables
- Mantente al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Si deniegas la autorización de consulta, aporta tú los certificados de esas administraciones
- Acredita el motivo de fuerza mayor si incluyes gastos de actividades que no pudiste realizar
- Cuándo
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- Abre: 27 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 17 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu asociación de vecinos está domiciliada en el municipio de Blanes
- Tu asociación está inscrita en el Registro Municipal de Entidades
- Organizaste una fiesta de barrio durante el ejercicio 2026
- Pagaste gastos para cumplir la normativa de espectáculos en tu fiesta
- Puedes acreditar esos gastos con facturas
- Tu asociación no está domiciliada en el municipio
- Tu asociación no está inscrita en el Registro Municipal de Entidades
- No organizaste ninguna fiesta de barrio durante 2026
- Quieres financiar la contratación de artistas para los espectáculos
- Buscas pagar la compra de alimentos y bebidas de la fiesta
- Pretendes comprar bienes de inversión con vida útil superior a un año
Cuánto puedes recibir
La dotación de la convocatoria se reparte entre todas las solicitudes presentadas, después de descontar los gastos acreditados por motivos de fuerza mayor. Cobras el importe de los gastos que justifiques, con el límite máximo del resultado de ese reparto. Si queda remanente, se distribuye por puntos según las actividades de tu fiesta. El pago íntegro se hace efectivo en un plazo máximo de dos meses desde la fecha de resolución.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne las facturas y los justificantes de los gastos de tu fiesta de barrio
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Rellena la solicitud en el modelo normalizado del Ayuntamiento de Blanes
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Presenta la solicitud con la documentación que acredita la celebración de las fiestas, hasta el 17 de noviembre de 2026
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Espera la resolución de la Junta de Gobierno Local, previa propuesta de la Comisión Calificadora
Documentación necesaria
- Solicitud en modelo normalizado
- Documentación que acredite la realización de las fiestas de barrio
- Facturas u otros medios que acrediten los gastos subvencionables
- Certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, solo si deniegas la autorización de consulta al Ayuntamiento