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Ayudas Claras
Subvenciones Lugo Educación
Educación Lugo Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a asociaciones culturales de Burela 2026

Hasta 6.000€ por entidad para actividades culturales de asociaciones de Burela

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Burela para actividades culturales organizadas por asociaciones del municipio.
Para quién
Asociaciones culturales sin ánimo de lucro del municipio de Burela.
Cuánto
Hasta 6.000€ por entidad; la cuantía se reparte según los puntos obtenidos
Qué cubre
  • Material fungible, seguros de responsabilidad civil y accidentes y otros gastos de organización de las actividades
  • Retribuciones del personal técnico, los monitores y los colaboradores esporádicos
  • Mantenimiento del local donde se realizan las actividades: alquiler, agua, luz, teléfono y consumibles
  • Alimentos y productos de primera necesidad destinados a los socios o usuarios, siempre que sean no perecederos y se adquieran en lotes
Requisitos
  • Tu asociación cultural está legalmente constituida e inscrita en el registro municipal de asociaciones de Burela, con los datos actualizados
  • Tu entidad tiene domicilio social y sede en Burela, o al menos un centro de trabajo operativo en el municipio
  • Tu asociación carece de ánimo de lucro y sus estatutos recogen fines coincidentes con el objeto de la subvención
  • No tienes pendiente de justificar ninguna ayuda anterior del Ayuntamiento, salvo que te hayan concedido una prórroga
  • Tu proyecto alcanza la puntuación mínima del baremo para entrar en el reparto

    Hacen falta al menos 5 puntos en los criterios relacionados con la asociación (antigüedad y número de socios) y un mínimo de 30 puntos en la suma de todos los criterios.

  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza la actividad subvencionada y destina los fondos a la finalidad para la que se concedieron
  • Presenta la justificación como máximo el 19 de noviembre de 2026, con la memoria justificativa, las facturas y los justificantes bancarios de pago
  • Comunica con al menos quince días de antelación cualquier cambio de lugar o fecha de la actividad
  • Incluye el logotipo del Ayuntamiento de Burela y haz constar la colaboración de la Concejalía de Cultura en carteles y publicaciones
  • Difunde la actividad en lengua gallega
  • Sométete a las comprobaciones que acuerde el Ayuntamiento sobre el destino de la subvención
Cuándo

El plazo es de diez días naturales desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 23 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu asociación cultural está inscrita en el registro municipal de asociaciones de Burela
  • Tu entidad tiene su sede en Burela o un centro de trabajo operativo allí
  • Organizas actividades culturales en Burela durante 2026
  • Tu asociación no tiene ánimo de lucro
  • Vas a realizar gastos culturales entre enero y noviembre de 2026
  • Tu asociación no figura en el registro municipal de asociaciones de Burela
  • Tu entidad no tiene sede ni centro de trabajo en Burela
  • Tienes pendiente de justificar una ayuda anterior del Ayuntamiento sin prórroga
  • Tu actividad ya se ejecuta mediante un contrato o convenio con el Ayuntamiento
  • Tu proyecto consiste principalmente en una comida entre socios de la entidad
  • Tu actividad recibe una subvención nominativa del Ayuntamiento

Cuánto puedes recibir

La ayuda no puede superar los 6.000€ por entidad. El importe se calcula dividiendo el crédito de la convocatoria entre la suma de los puntos de todas las solicitudes admitidas, lo que da el valor del punto, y multiplicando ese valor por los puntos de tu proyecto. En ningún caso puede superar el 100% del presupuesto que tu asociación prevé para el año objeto de subvención.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la memoria del proyecto y el resto de la documentación exigida en las bases

  2. Rellena la solicitud del Anexo I y la declaración responsable del Anexo II

  3. Presenta la solicitud en el registro electrónico del Ayuntamiento de Burela dentro de los 10 días naturales siguientes a la publicación del anuncio en el boletín oficial de la provincia

  4. Aporta los documentos que falten en el plazo de diez días si el órgano instructor te lo requiere

  5. Espera la resolución, que se dicta como máximo 150 días después del fin del plazo de presentación

  6. Presenta la memoria justificativa y las facturas como máximo el 19 de noviembre de 2026

Documentación necesaria

  • Solicitud de subvención (Anexo I)
  • Declaración responsable del presidente o presidenta de la entidad (Anexo II)
  • Breve memoria del proyecto o actividades desarrolladas en el año anterior
  • Memoria explicativa y detallada del proyecto o actividad para el que se solicita la subvención
  • Imágenes de carteles o trípticos y enlaces a publicaciones en prensa o redes sociales donde se mencione a la Concejalía de Cultura como colaboradora
  • Copia del documento nacional de identidad del representante de la entidad
  • Copia del número de identificación fiscal de la entidad
  • Copia de los estatutos de la entidad
  • Certificación de la entidad firmada por el secretario o secretaria que acredite la sede central o delegación permanente en Burela
  • Resolución de inscripción de la junta directiva en el registro de asociaciones de Galicia
  • Declaración jurada del representante legal de no haber recibido otra ayuda, subvención o patrocinio para la misma actividad
  • Certificación bancaria de la cuenta en la que se ingresará la subvención
  • Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar esta subvención si ya tengo otra ayuda para la misma actividad?
Es compatible con ayudas de otras administraciones públicas siempre que el total no supere el coste de la actividad. En cambio, la actividad para la que pides esta aportación no puede acogerse a otras convocatorias del Ayuntamiento de Burela.
¿Qué gastos no se admiten?
Quedan fuera las actividades cuyo único o principal objetivo sea una comida entre los miembros de la asociación, los viajes que no acrediten carácter cultural, las obras, los gastos de publicidad, de protocolo o representación y los impuestos, intereses, recargos y sanciones. Tampoco se permiten pagos en efectivo. Sí se admiten, en cambio, los alimentos no perecederos adquiridos en lotes para los socios o usuarios.
¿Qué pasa si no justifico la subvención como exigen las bases?
Pierdes la subvención concedida y no puedes optar a nuevas convocatorias durante un periodo de dos años.
¿Tengo que confirmar que acepto la ayuda concedida?
No. Si no comunicas por escrito tu no aceptación en los cinco días naturales siguientes a la publicación de la resolución, se entiende aceptada.
¿Qué ocurre si falta algún documento en mi solicitud?
El órgano instructor te lo comunicará y te dará un plazo de diez días para aportarlo. Si no lo haces, pueden excluirte de la convocatoria y archivar tu petición.

Fuentes oficiales

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